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Documento BOE-A-2000-4086

Resolución de 17 de febrero de 2000, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se convocan becas en España para profesores norteamericanos de origen hispano de Enseñanzas Primaria y Secundaria, que impartan sus clases en los Estados Unidos, durante el mes de julio de 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2000, páginas 8912 a 8913 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-4086

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, con los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria, con la Orden 16225/94, de 13 de junio, «Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones y ayudas de DGRCC y con su programación para el desarrollo de la lengua, cultura y civilización españolas en el extranjero, convoca becas para profesores norteamericanos de origen hispano, que impartan sus clases en los Estados Unidos, para asistir, del 1 al 30 de julio de 2000, a los siguientes cursos organizados por el Centro de Estudios Norteamericanos de la Universidad de Alcalá:

Curso general para profesors hispanos de Norteamérica (25 becas).

Curso de especialización para profesores hispanos de Norteamérica (15 becas), que hayan superado el curso general.

Los cursos tendrán lugar en la Universidad de Alcalá, en Alcalá de Henares, y en el museo del Prado y Centro de Arte Reina Sofía, en Madrid.

Las becas estarán dotadas, con cargo al crédito presupuestario 12.03.134-B 491 de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, correspondiente al ejercicio económico 2000, con el coste del alojamiento y la manutención en las residencias universitarias de la Universidad de Alcalá, que será abonado directamente por la DGRCC a las citadas residencias universitarias, y seguro médico, no farmacéutico, durante el período de las mismas, con excepción de odontología y enfermedades preexistentes. El coste máximo previsto para ambos conceptos será de 3.244.000 pesetas (alojamiento y manutención) y 110.000 pesetas (seguro médico).

Requisitos de admisión

Para el curso general: Residir en cualquiera de los estados de Estados Unidos, ser hispano o que parte de su herencia cultural sea hispana, estar en posesión de un título universitario, disponer de un certificado vigente de profesor y tener fluidez en español.

Para el curso de especialización: Además de los indicados para el curso general, haber completado satisfactoriamente el curso general y presentar una propuesta de trabajo de investigación a realizar durante el curso en una de las tres asignaturas teóricas que se ofrecen.

Presentación de candidaturas

Se presentarán en la Oficina Cultural de la Embaja de España en Washington, 2375 Pennsylvania, avenida N. W. 6.ª floor, Washington D. C. 20037, teléfono 202 728 23 34, fax 202 728 23 12, o se remitirá a dicha oficina cultural a través de los registros, oficinas o representaciones previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, finalizando el plazo el día 17 de marzo de 2000.

Documentación

a) Impreso de solicitud debidamente cumplimentado por el interesado (se obtiene en la Oficina Cultural de la Embajada de España en Washington o en el Centro de Estudios Norteamericanos de la Universidad de Alcalá).

b) Fotocopia compulsada del pasaporte o acreditación de nacionalidad.

c) Currículum vitae.

d) Certificado de estudios con especificación de calificaciones obtenidas (original o fotocopia compulsada).

e) Constancia del título universitario, debidamente traducido al español y legalizado (con la Apostilla de La Haya o por legalizacíon diplomática).

f) Documento acreditativo de fluidez en español.

g) Constancia de ser profesor en ejercicio de la profesión.

h) Carta del Director del centro docente en el que trabaje el candidato enviada, en sobre cerrado, a la Oficina Cultural de la Embajada de España en Washington.

i) Carta en español del solicitante explicando su experiencia profesional y los motivos por los que desea acceder a la beca y haciendo constar que no se ha beneficiado anteriormente de esta misma beca.

j) Para el curso de especialización, propuesta específica de trabajo de investigación.

k) Declaración jurada del solicitante acreditando estar al corriente de sus obligaciones fiscales y ante la Seguridad Social.

Selección

Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, se conferirá a los interesados un plazo de diez días para subsanar errores o completar documentación. Si así no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de su petición. Transcurrido este plazo, los servicios culturales de la Embajada de España en Washington enviarán a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas la lista de solicitantes de beca para los dos cursos y los expedientes de todos ellos. La selección será efectuada por una comisión bipartita formada por dos miembros de la citada Dirección General, en representación de la Administración General del Estado, y dos miembros del Centro de Estudios Norteamericanos, a propuesta del Rector Magnífico de la Universidad de Alcalá y en representación de la misma. En el proceso de selección, que se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, se tendrán en cuenta los siguientes méritos:

Experiencia docente en Enseñanzas Primaria y Secundaria con alumnos hispanos.

Repercusión que la asistencia a este curso pueda tener en la actividad futura del solicitante y, en el caso de los aspirantes al curso de especialización, la propuesta específica del trabajo de investigación presentada por el candidato.

Información confidencial que, sobre el candidato, aporte el Director de su centro de trabajo.

Efectuada la selección, la Comisión elevará una propuesta al Director general de Relaciones Culturales y Científicas, quien en nombre del Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, procederá a la adjudicación de las becas. Contra dicha Resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de becarios o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la citada fecha de publicación, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos. El plazo de resolución del procedimiento se ajustará a lo dispuesto en el artículo 6.3.b) del Real Decreto 2225/1993. La lista de candidatos seleccionados se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» y en los tablones de anuncios de la DGRCC y de la Oficina Cultural de la Embajada de España en Washington. Los candidatos seleccionados serán informados, por escrito, por la citada Oficina Cultural.

Incompatibilidades

Durante su período de vigencia, estas becas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser concedidas para el mismo fin por organismos públicos o privados nacionales o extranjeros.

Obligaciones de los becarios

Los becarios habrán de realizar la actividad objeto de la beca, que será justificada ante la DGRCC, mediante certificado del centro de estudios, en el plazo de tres meses a partir de la fecha de finalización de los cursos, estando obligados al reintegro de la cantidad recibida e interés desde el momento del pago de la beca, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan, conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria, de 23 de diciembre de 1988, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, en caso de no realización de la actividad becada, obtención de la beca sin reunir las condiciones requeridas, obtención concurrente de otras subvenciones incompatibles o incumplimiento de cualquier obligación impuesta al beneficiario de la concesión de conformidad con la Orden de 13 de junio de 1994 y artículo 81.9 de la LGP. Asimismo, quedan obligados a facilitar cuanta información sea requerida por el órgano concedente de las becas y por el Tribunal de Cuentas y demás órganos competentes del Estado y a comunicar a la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica cuantas ayudas y subvenciones obtengan para la misma actividad, procedentes de cualesquiera administración o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros.

Norma supletoria

Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución, se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en los artículos 81 y siguientes del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, de 23 de diciembre de 1988, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988 y en la Orden de 13 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio).

Madrid, 17 de febrero de 2000.–El Secretario de Estado, P. D. de firma (Resolución de 23 de marzo de 1998), el Director general de Relaciones Culturales y Científicas, Antonio Núñez García-Saúco.

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