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Documento BOE-A-2000-4096

Orden de 29 de febrero de 2000 por la que se declara la situación de emergencia social prevista en el artículo 11 de la Orden de 10 de febrero de 2000, por la que se establecen las bases y se convocan ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se convoca a las entidades interesadas en participar en la atención de dicha situación.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2000, páginas 8918 a 8919 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4096

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 10 de febrero de 2000, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 16, que establece las bases reguladoras y convoca ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, prevé, entre los programas prioritarios contenidos en la misma, la atención a situaciones de emergencia social, para cuya cobertura se constituye un fondo destinado a paliar los problemas derivados de estas situaciones de emergencia, cuyo contenido se define en el artículo 11 de la Orden.

Los recientes conflictos sociales surgidos en la zona de El Poniente de Almería con la población inmigrante, motivados en parte por las condiciones de vivienda y carencia de recursos de dicha población y que han derivado en la explosión de actitudes violentas, aconsejan que se declare de emergencia social y de atención prioritaria la asistencia a ese colectivo y se determine la afectación de recursos para dicho fin.

Asimismo, resulta necesario convocar con carácter urgente a las entidades interesadas en realizar programas que contribuyan a resolver la situación de emergencia social antes señalada.

En su virtud, dispongo lo siguiente:

Artículo 1.

Declarar de emergencia social y de atención prioritaria la situación de la población inmigrante en la zona de El Poniente de Almería, generada como consecuencia de los hechos acaecidos en esta zona durante el presente mes de febrero.

Artículo 2.

Afectar 300.000.000 de pesetas del crédito previsto en los Presupuestos Generales del Estado, con la consiguiente variación de los importes inicialmente asignados a los restantes colectivos y programas contemplados en la Orden de 10 de febrero de 2000.

Artículo 3.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general en el artículo 1 de la Orden de 10 de febrero de 2000, y únicamente por lo que se refiere a la situación de emergencia social declarada en la presente Orden, se convoca a las entidades y organizaciones interesadas y cuyos fines estatutarios y ámbito territorial coincidan con la situación de emergencia declarada, a la presentación de programas destinados a atender dicha situación, facilitando a la citada población afectada, módulos habitacionales, enseres, alimentos de primera necesidad, indemnizaciones para la rehabilitación y/o reposición de los bienes muebles e inmuebles dañados durante los conflictos así como rehabilitación de inmuebles para su utilización por inmigrantes temporeros.

Artículo 4.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 5.

En todo lo no previsto expresamente en la presente Orden se estará a lo dispuesto en la Orden de 10 de febrero de 2000.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de febrero de 2000.

APARICIO PÉREZ

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