Por Resolución de 2 de septiembre de 1999, se convocaban becas del Subprograma de Formación de Profesorado Universitario del Programa Sectorial de Formación de Profesorado Universitario y Personal Investigador en España. En su apartado 11.A se regulan las ayudas para estancias breves en España y en el extranjero, estableciendo el punto 9 que el plazo de presentación de solicitudes será del 1 de enero al 28 de febrero de 2000. Por otra parte, por Resolución de 3 de enero de 2000, se convocan becas en España en los Subprogramas de Formación de Postgrado y de Promoción General del Conocimiento, en el marco del Programa de Formación de Personal Investigador. El punto 4.7 remite a la Resolución de 2 de septiembre de 1999, en cuanto a las normas y requisitos que regulan las ayudas para estancias breves, pero señala que el plazo para la presentación de solicitudes será de dos meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución de concesión.
Esta disparidad en el plazo de presentación de solicitudes, que afecta igualmente a las becas renovadas por Resolución de 18 de enero de 2000, introduce disfunciones y ocasiona problemas que es preciso evitar en la medida de lo posible. En consecuencia, he resuelto ampliar hasta el día 31 de marzo de 2000 el plazo de presentación de solicitudes de ayudas para estancias breves en España y en el extranjero, para los becarios que hayan obtenido una beca del Subprograma de Formación de Profesorado Universitario, al amparo de lo establecido en la Resolución de 2 de septiembre de 1999, así como para todos los becarios a quienes se ha renovado la beca por Resolución de 18 de enero de 2000.
Madrid, 10 de febrero de 2000.‒El Secretario de Estado, Jorge Fernández Díaz.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.
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