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Documento BOE-A-2000-4196

Resolución 5/2000, de 21 de enero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se da publicidad al Acuerdo de 21 de octubre de 1999, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Ribatejada, para adoptar escudo heráldico y bandera municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2000, páginas 9018 a 9018 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2000-4196

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Ribatejada inició expediente para la adopción de escudo heráldico y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.

La primera propuesta fue aprobada por el Pleno Municipal en sesión de 27 de septiembre de 1996. Los informes de los Asesores de Heráldica de fecha 11 de abril de 1997 y de la Real Academia de la Historia de fecha 9 de febrero de 1998 fueron desfavorables y proponían modificaciones.

El 29 de diciembre de 1998 el Pleno del Ayuntamiento de Ribatejada modifica su propuesta inicial. La nueva propuesta es informada favorablemente el 25 de marzo de 1999.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, de conformidad con el artículo 41.1 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y con el artículo 13.a) del Decreto 143/1988, de 30 de julio, en relación con los Decretos 11/1999, de 8 de julio, artículo 2.2, y 104/1999, de 9 de julio, por los que se establece el número, denominación, estructura y competencia de las diferentes Consejerías; todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 21 de octubre de 1999, acuerda:

Primero.

Aprobar el escudo heráldico y bandera municipal de Ribatejada, con la descripción siguiente:

«Escudo: En campo de azur una torre de iglesia de oro, mazonada de sable y aclarada de azur. Timbrado de Corona Real Española.

Bandera: De proporciones 2/3. Paño amarillo y brochante al centro el Escudo Municipal.»

Segundo.

Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Ribatejada.

El presente acuerdo deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y «Boletín Oficial del Estado», produciendo sus efectos a partir del día de su publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 21 de enero de 2000.–La Secretaria general técnica, Patricia Lázaro Martínez de Moretín.

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