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Documento BOE-A-2000-423

Resolución de 9 de diciembre de 1999, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de Técnicos Especialistas que realizan funciones informáticas vacantes en la plantilla del personal laboral de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2000, páginas 913 a 917 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-423

TEXTO ORIGINAL

Aprobada por Resolución Rectoral del 10 de agosto de 1995

la oferta de empleo público de personal de administración y

servicios de la Universidad de A Coruña, y aprobado por la Junta

de Gobierno el sistema de selección de concurso-oposición para

la provisión de las plazas de Técnicos Especialistas de Informática,

según establece el artículo 111.3 de los Estatutos,

Este Rectorado, en el uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 32.2.e) de

la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,

aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10

de septiembre ("Diario Oficial de Galicia" del 17) y modificados

por Decreto de la Junta de Galicia 245/1998, de 30 de julio

("Diario Oficial de Galicia" de 28 de agosto), y con el objeto de

atender las necesidades de Técnicos Especialistas que realizan

funciones informáticas, resuelve:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir siete plazas

de Técnicos Especialistas de Informática (números 194, 195, 212,

340, 341, 399 y 412 de la relación de puestos de trabajo) de

la Universidad de A Coruña.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como

anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento

nacional de identidad, acreditándose además el pago de los

derechos de examen en la forma provista en el punto 1.2.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración o

promesa de éste de que no está separado de derecho de cónyuge

y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive sus expensas

o está a su cargo.

Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de

esta convocatoria en el "Diario Oficial de Galicia".

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General

de la Universidad de A Coruña (Edificio del Rectorado, calle de

la Maestranza, sin número, C.P. 15001) y Ferrol (Vicerrectorado

del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, sin número C.P. 15001),

o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas

correspondientes.

1.2. Los derechos de examen serán de 10.025 pesetas, que

se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en

cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente

número 1302-1700-420017957982, "Pruebas selectivas para Técnicos

Especialistas de Informática", a nombre de la Universidad de A

Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del justificante

acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la exclusión del

aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite

de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano

expresado en el punto 1.1.

1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso

deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos

justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios

prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante

certificación expedida por la Gerencia de la Universidad. La

documentación acreditativa de los méritos estará referida a la fecha

de publicación en el "Diario Oficial de Galicia" de la presente

convocatoria, y deberá incorporarse a la solicitud.

1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán

indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar,

si es el caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea

necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan

constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados, los que, en virtud de

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, les sea de aplicación a libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el

Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán

participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,

de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros

de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,

menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan

a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación

a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea

en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad

Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de

los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de una titulación de Formación

Profesional de segundo grado o equivalente. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la

credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar

inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por

sentencia firme.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento

de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar

de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades

3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal

calificador de las mismas establecerá, para las personas con

minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión,

las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se plantearan

dudas al Tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con

alguna discapacidad para el desempeño de las actividades

habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de

Técnico Especialista de Informática, podrá solicitar el

correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad

Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el

plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad

dictará resolución, que será publicada en el "Diario Oficial de

Galicia", declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos

y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios

del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus

de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento

nacional de identidad y, si es el caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,

contados a partir de la publicación de la referida resolución, para

corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el

citado plazo el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista

definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el "Diario

Oficial de Galicia", contra la que los interesados podrán interponer

recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de

Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día

siguiente al de la publicación de la resolución.

4.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga

que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos

exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo

con lo previsto en la base 9.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo

5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el

de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios

y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es

el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III

de la presente convocatoria.

6.2 El Tribunal en su constitución, composición y

funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de

Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en el número que estime necesario.

El Tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el

Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"

de 1 de junio).

7. Calendario de las pruebas

7.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho

público en la Resolución rectoral que apruebe las listas definitivas

de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de

un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que

determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad

Autónoma para el año en que se realice la prueba.

8. Aspirantes de nacionalidad extranjera

8.1 Con carácter previo a la realización de los ejercicios de

la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán acreditar el conocimiento del castellano

mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que

posean un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y

escrita en esta lengua.

8.2 El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto

en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos

del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba

se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la

valoración de "apto" para pasar a realizar los ejercicios de la fase

de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los

aspirantes que acrediten, mediante fotocopia compulsada, estar en

posesión del Diploma Superior de Español como Lengua

Extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de

enero, y del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar

esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo,

en consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados

9.1 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de

la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la

fase de oposición.

9.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal calificador hará pública en el Rectorado de

A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el

lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos

otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los

aspirantes en el mismo, así como, de ser el caso, la de cada una

de las pruebas que lo compongan.

Posteriormente, el Tribunal hará pública, en esos mismos

lugares, la relación de los aspirantes que superaron las pruebas

selectivas, constituida por aquellos opositores que, en número no

superior al de las plazas convocadas y habiendo alcanzado la

puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de

oposición, obtuvieran la mayor puntuación final calculada de

acuerdo con el sistema previsto en el anexo I, y con indicación

expresa de la obtenida por cada uno de ellos. Esta lista será

confeccionada según el orden de puntuación final alcanzada por cada

aspirante y en ningún caso podrá contener un número de

candidatos superior al de las plazas convocadas. Los opositores que

no se encuentren incluidos en esta relación tendrán la

consideración de no haber aprobado las pruebas selectivas, único extremo

acerca del que el Tribunal podrá certificar.

9.3 El Tribunal remitirá al Rector la relación definitiva de

los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final,

con propuesta de que se formalicen con ellos los correspondientes

contratos de trabajo.

10. Presentación de documentos y formalización de los contratos

10.1 En el plazo de veinte días naturales a partir del día

siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de

aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el

Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (Calle de

la Maestranza, sin número) los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o

documento acreditativo equivalente de ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a

las pruebas.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas. Los aspirantes de nacionalidad no española

deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

10.2 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que

superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de

documentos, serán contratados como Técnicos Especialistas de

Informática de la Universidad de A Coruña.

10.3 La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de

acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos

ofertados a los mismos, según el orden de puntuación obtenida

en el proceso selectivo dentro de cada apartado.

10.4 El período de prueba será de seis meses, durante el

que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones

correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados

de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a

instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este

período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con

ante

rioridad hayan desempeñado funciones de Técnicos Especialistas

de Informática en la Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo

dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento de Personal de Administración de la

Comunidad Autónoma de Galicia; a la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14),

y a los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de

la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial

de Galicia" del 17), modificados por el Decreto 245/1998, de 30

de julio ("Diario Oficial de Galicia" de 28 de agosto); el Convenio

Colectivo aplicable al personal laboral de la Universidad de A

Coruña; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 24), sobre acceso a determinados sectores de la

función pública de los nacionales de los demás Estados miembros

de la Unión Europea, y a las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante

la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, en los casos y

en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" del 14).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada

contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el

Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos

en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.

A Coruña, 9 de diciembre 1999.-El Rector, José Luis Meilán

Gil.

ANEXO I

Técnicos Especialistas de Informática

PROCEDIMIENTODE SELECCIÓN

Fase de oposición

A) Ejercicios.-La fase de oposición consistirá en la realización

de tres ejercicios, todos ellos obligatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de,

al menos, sesenta preguntas con respuestas múltiples, entre las

que sólo una será correcta, basado en el contenido que para este

ejercicio se fija en el programa que figura en la parte general

(módulos I y II).

Los aspirantes tendrán un plazo de, al menos, setenta y cinco

minutos para la realización del ejercicio y su valoración será

de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 2,5 puntos para tener

acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos

prácticos específicos, elegidos de entre seis propuestos por el

Tribunal relacionados con la parte específica del programa

(módulo III).

Los aspirantes tendrán un plazo de, al menos, dos horas para

resolver los supuestos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo

necesario obtener cinco puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio: Consistirá en la traducción, sin diccionario,

de dos textos propuestos por el tribunal, uno del gallego al español

y otro del español al gallego y su valoración será de 0 a 10 puntos.

Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio.

B) Valoración de la fase de oposición.-La calificación final

de la fase de oposición se obtendrá de la siguiente forma: (0,3 x

nota 1.o ejerc. + 0,6 x nota 2.o ejerc. + 0,1 x nota 3.o ejerc.) x 6 por

lo que tendrá un valor máximo de 60 puntos.

Fase de concurso

En esta fase se valoran, hasta un máximo de 40 puntos, los

siguientes méritos:

a) Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña como

personal contratado laboral no permanente en la categoría de

Técnico Especialista de Informática, a razón de 0,45 puntos por cada

mes completo o fracción, hasta un máximo de 30 puntos.

b) Cursos impartidos por organismos públicos o empresas de

prestigio reconocido relacionados con temas del programa

específico, hasta un máximo de 10 puntos.

Cursos de más de veinte horas: 2 puntos.

Cursos entre diez y veinte horas: 1 punto.

Sistema de puntuación: La calificación final de las pruebas,

que como máximo será de 100 puntos, vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición

y concurso. En caso de empate dentro de cada apartado, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la

fase de concurso; si esto no fuera suficiente, a la mayor puntuación

obtenida en el segundo ejercicio, si esto no fuera suficiente en

el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimiría por

el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes

empatados, iniciándose el citado orden por la letra a la que se refiere

la base 7.3 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Técnicos Especialistas de Informática

PROGRAMA DE LASPRUEBAS

Módulo I. Legislación universitaria e informática

1. La Universidad de A Coruña. Estructura. Órganos de

Gobierno. Centros, Departamentos, Institutos, Servicios. Rector,

Vicerrectores, Secretario general, Gerente, Decanos, Directores,

otros órganos unipersonales. Órganos colegiados: Consejo Social,

Claustro, Junta de Gobierno, Juntas de Centro, Consejos de

Departamento e Institutos.

2. El personal docente e investigador en la Universidad de

A Coruña. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

3. El personal de administración y servicios en la Universidad

de A Coruña. Clases y régimen jurídico del personal de

administración y servicios.

4. El estudio y la investigación en la Universidad de A Coruña.

Estudios de 1.o y 2.o ciclo. Estudios de Doctorado y postgrado.

La organización de la investigación. Contratos, convenios y cursos

de especialización.

5. Informática y legislación. Derecho a la intimidad. Ley

Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos

(LORTAD). Disposiciones, principios y derechos. La Agencia de

Protección de Datos. La protección jurídica del "software".

Módulo II. Fundamentos de Informática

1. Concepto de informática. Sistema informático. Equipo

informático. Programas.

2. Principio de funcionamiento de los ordenadores.

Antecedentes históricos. Generaciones.

3. Arquitectura de ordenadores. Elementos principales.

Unidad central de proceso.

4. Concepto de memoria y de sus distintas clases.

Características y función de la memoria principal de un ordenador.

5. Principales unidades de entrada y salida de datos.

Periféricos. Principales unidades de almacenamiento de datos.

6. Sistemas operativos. Concepto, estructura y clasificación.

Multiprogramación y multiproceso. Proceso en tiempo real, por

lotes, secuencia, compartido. Gestión de memoria: Paginación,

segmentación, memoria virtual.

7. Los sistemas operativos UNIX, WINDOWS, DOS.

Principales características.

8. Sistemas gestores de bases de datos. Evolución histórica.

El modelo relacional.

9. Concepto de transmisión de datos. Tipos de redes.

Clasificación por topología.

Módulo III

1. Lenguaje SQL. Lenguaje SQL estándar ANSI.

2. Tipología de sistemas. Tipologías de sistemas.

Clientes-servidores. Compartir recursos.

3. Instalación y mantenimiento de SO. Windows NT, Windows

9x, Unix (en sus distintas versiones LINUX, ULTRIX, IRIX,

SOLARIS, HP-UX, etc) y Netware.

4. Seguridad. Seguridad del sistema. Copias de seguridad:

Sistemas de Backup. Seguridad física.

5. Redes. Instalación y administración de redes

microinformáticas: Servidores, periferia, Windows NT, Netware.

6. Protocolos de Red. Protocolos de Red: TCP/IP: Historia,

fundamentos, configuración. Subdireccionamiento.

7. Sistemas abiertos. Aplicaciones Internet: Generalidades.

8. Sistemas de correo, electrónico. Sistemas de correo

electrónico sobre cualquier plataforma: UNIX, Windows NT, Netware.

9. Sistemas de información. Sistemas de información:

Conceptos, capas de funcionamiento. Netscape, Internet Explorer.

10. "Hardware". "Hardware": Conceptos, instalación y

mantenimiento. Discos. Procesadores, placas, memorias, impresoras,

tarjetas de comunicaciones, módem, CD's.

11. Ofimática. Ofimática: Instalación y configuración.

Integración de aplicaciones. Soporte al usuario.

12. Instalación y mantenimiento de aplicaciones. Instalación

de aplicaciones en entorno Windows NT/95/98 en servidor y

clientes. Autocad.

13. World Wide Web. Creación páginas Web, Lenguaje HTML.

ANEXO III

Técnicos Especialistas de Informática

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad

de A Coruña.

Vocales: Don Jesús Cardenal Carro, Profesor titular de la

Universidad de A Coruña; don Rafael García Vázquez, Director del

Aula de Formación Informática; don Manuel Romero Beade,

representante de los trabajadores, y don Salvador Peña Díaz,

representante de los trabajadores.

Suplentes:

Presidenta: Doña Rosa María Fernández Esteller, Vicerrectora

de Ordenación y Planificación Académica de la Universidad de

A Coruña.

Vocales: Don Bernardino Arcay Varela, Profesor titular de la

Universidad de A Coruña; don Juan Ares Casal, Profesor titular

de la Universidad de A Coruña; doña María José Grueiro Maroño,

representante de los trabajadores, y don Rogelio Lage Vázquez,

representante de los trabajadores.

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