Visto el expediente de indulto de don José Antonio Suárez Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela, en sentencia de fecha 14 de julio de 1998, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2000,
Vengo en indultar a don José Antonio Suárez Fernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 18 de febrero de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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