La Orden de 30 de julio de 1999, publicada en el "Boletín
Oficial del Estado" del 3 de agosto, aprobó la convocatoria
específica de prueba selectiva 1999 para acceder en el año 2000 a
plazas de formación de la especialidad de Medicina Familiar y
Comunitaria según lo previsto en el artículo 2 del Real
Decreto 931/1995, de 9 de junio.
La base X de las contenidas en la Orden de 30 de julio de 1999
dispone que, aprobadas las relaciones definitivas de resultados,
la Subsecretaría de Sanidad y Consumo convoque a los
seleccionados en las pruebas 1999 para que presenten solicitud de
adjudicación de plazas.
Por consiguiente, aprobada la relación definitiva de los
resultados obtenidos por los participantes en la prueba selectiva 1999,
de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de junio de 1989
por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas
selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria
especializada y atendiendo al calendario establecido en el anexo VII
de la Orden de convocatoria,
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero. Asignación de plazas reservadas en convocatorias
anteriores.-1. Conforme dispone el apartado segundo de la
Orden de 30 de julio de 1999, una vez detraídas de la oferta
de plazas las reservadas en las convocatorias específicas
anteriores, que deben adjudicarse en la presente, se asignarán en acto
público el lunes 17 de enero de 2000, a partir de las nueve horas,
en el salón de actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo
del Prado, 18 y 20, Madrid) sin requerir la comparecencia de
los interesados, a los que, caso de no hallarse presentes, se remitirá
por correo el resguardo correspondiente.
2. Los interesados con reserva de plaza que hayan participado
en la prueba selectiva 1999 y deseen solicitar la adjudicación,
o nuevamente la reserva, de otra diferente a la reconocida, deberán
previamente renunciar a la que anteriormente les correspondía,
sin cuyo requisito no se les admitirá nueva solicitud de
adjudicación o de reserva de plaza. La renuncia se formulará por escrito
que deberá obrar en poder de la Subdirección General de
Desarrollo Profesional antes del día 15 de enero de 2000, o presentarse
personalmente en el acto a que se refiere el párrafo anterior.
3. Los aspirantes que tengan plaza reservada en las
convocatorias generales anteriores podrán solicitar la asignación o
reserva de plaza en la presente convocatoria, si bien, la presentación
de tal solicitud implicará la pérdida automática de todos los
derechos sobre la plaza anteriormente reservada.
Segundo. Mesa de asignación y recepción de
solicitudes.-1. A partir del lunes 17 de enero de 2000 se constituirá
en Madrid la Mesa de Asignación que recibirá las solicitudes de
adjudicación de plaza que presenten los aspirantes seleccionados
en la prueba selectiva 1999 por riguroso orden de mayor a menor
puntuación total individual.
2. La Mesa de Asignación se reunirá en Madrid en el salón
de actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo del Prado,
números 18 y 20 de Madrid).
3. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 1999,
a los que expresamente se convoca por medio de esta Resolución,
deberán comparecer ante la Mesa citada, en el día y la hora que
se señala en el calendario de sesiones a que se refiere el siguiente
apartado tercero, bien personalmente, provistos de su documento
nacional de identidad, o bien mediante representante al que
hubiesen otorgado poder bastante al efecto ante Notario.
4. La Mesa de Asignación observará, rigurosamente, las
reglas contenidas en los artículos 11 y 12 de la Orden de 27
de junio de 1989 y en la base X de las aprobadas por Orden
de 30 de julio de 1999 para la recepción de las solicitudes, que
deberán ajustarse a los requisitos previstos en las disposiciones
citadas.
5. Las solicitudes se referirán a las plazas que se encuentren
libres de otra petición anterior sobre ellas. Recibida la solicitud
la Mesa entregará al interesado el resguardo correspondiente.
Tercero. Calendario y turnos de presentación de
solicitudes.-1. Los aspirantes seleccionados en la prueba 1999 a plazas
de formación de la especialidad de Medicina Familiar y
Comunitaria, presentarán solicitud de adjudicación o de reserva de plaza
ante la Mesa de Asignación que a estos efectos celebrará sesión
conforme el siguiente calendario:
Lunes 17 de enero de 2000, a las dieciséis horas: Deberán
comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación
total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de
resultados, un número de orden comprendido entre el número 1
y el 900, ambos inclusive.
Martes 18 de enero de 2000, a las nueve horas: Deberán
comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación total
individual a la que corresponda, en la relación definitiva de
resultados, un número de orden comprendido entre el número 901
y el 1.800, ambos inclusive.
Martes 18 de enero de 2000, a las dieciséis horas: Deberán
comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación
total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de
resultados, un número de orden comprendido entre el
número 1.801 y el 2.250, ambos inclusive.
Miércoles 19 de enero de 2000, a las nueve horas: Deberán
comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación
total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de
resultados, un número de orden comprendido entre el
número 2.251 y el 2.750, ambos inclusive.
Miércoles 19 de enero de 2000, a las dieciséis horas: Deberán
comparecer los aspirantes con una puntuación total individual
a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un
número de orden comprendido entre el número 2.751 y el 3.150,
ambos inclusive.
Jueves 20 de enero de 2000, a las nueve horas: Deberán
comparecer los aspirantes con una puntuación total individual a la
que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un número
de orden comprendido entre el número 3.151 y el 3.550, ambos
inclusive.
Jueves 20 de enero de 2000, a las dieciséis horas: Deberán
comparecer los aspirantes con una puntuación total individual
a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un
número de orden comprendido entre el número 3.551 y el 3.900,
ambos inclusive.
Si por renuncias, incomparecencias o cualesquiera otras
circunstancias quedasen aún plazas vacantes por proveer se
continuará el llamamiento el viernes 21 de enero, a las nueve horas,
a partir del número 3.901, quedando por tanto convocados todos
los aspirantes comprendidos en la relación definitiva de resultados.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los anteriores apartados,
la Mesa declarará cerradas las sesiones una vez se presente
solicitud de adjudicación de plaza sobre la última que reste para
proveer, en cualquier sesión en que se produzca esta circunstancia.
Cuarto. Solicitudes de reserva de plaza.-1. Conforme
dispone el artículo 12 de la Orden de 27 de junio de 1989, los
aspirantes que resulten llamados para presentar solicitud de
adjudicación de plaza y se encuentren sujetos a cumplimiento de las
obligaciones derivadas del servicio militar, o de la prestación social
sustitutoria de éste, o de otras que nazcan de la Ley y no sean
de naturaleza voluntaria, podrán interesar ante la Mesa la reserva
de plaza presentando el certificado que acredite su situación.
2. La Mesa, a la vista del certificado que se haya aportado,
tramitará la solicitud de reserva. La asignación de plaza con reserva
sólo procederá si la plaza en cuestión se encuentra libre de otra
petición anterior de reserva sobre la misma y pueda ser provista
en la presente convocatoria.
Quinto. Solicitudes de adjudicación o de reserva de plazas
correspondientes a centro de titularidad privada con derecho de
conformidad.-1. Conforme dispone el apartado primero de la
Orden de 30 de julio de 1999 y el número 4 de la base X de
las de la misma, para solicitar la adjudicación o la reserva de
plaza que corresponda a un centro de titularidad privada que ejerza
el derecho a prestar conformidad, el interesado deberá haber
obtenido una puntuación total individual a la que corresponda un
número de orden igual o menor que el número de plazas
convocadas para el sector público y acompañar a la solicitud el
documento que acredite la conformidad del centro. En cualquier caso,
la plaza en cuestión deberá hallarse vacante y libre de otra petición
anterior sobre la misma.
2. Los centros e instituciones de titularidad privada que
deseen renunciar a ejercer el derecho a prestar conformidad a
los aspirantes para alguna o para todas las plazas por ellos
financiadas y que pretendan que se adjudiquen éstas por igual
procedimiento a las del sector público, deberán hacerlo constar
expresamente ante la Subdirección General de Desarrollo Profesional
antes de las catorce horas del viernes 14 de enero de 2000, para
que pueda anunciarse a los interesados esta circunstancia antes
del comienzo de los actos de asignación citados para el siguiente
lunes 17.
Sexto. Adjudicación de plazas y reconocimiento de
reservas.-1. El Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo
resolverá las solicitudes de adjudicación presentadas y aprobará
la relación de quienes pueden iniciar en el año 2000 formación
en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, ordenando
su exhibición en el Ministerio de Sanidad y Consumo y en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. La citada
resolución se comunicará a las Comunidades Autónomas, a las Unidades
Docentes y a la Dirección General de Enseñanza Superior e
Investigación Científica del Ministerio de Educación y Cultura.
2. Asimismo, resolverá sobre las solicitudes de reserva de
plaza que se hayan formulado, notificando la resolución que dicte
a los interesados.
Séptimo. Renuncias y efectos.-1. Los aspirantes que hayan
obtenido o se les haya reconocido reserva de plaza en formación
en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, deberán
renunciar a la misma si optan por concurrir a la convocatoria
general anual 1999.
A los efectos de participar en la convocatoria general 1999,
la renuncia deberá realizarse o bien de forma expresa durante
los actos de asignación de plazas o bien no compareciendo a
los mismos.
La renuncia a la plaza también se podrá realizar con
posterioridad al acto de adjudicación y hasta la finalización del plazo
de presentación de documentos de la convocatoria general 1999.
2. Los que renuncien a obtener plaza en formación de
Medicina Familiar y Comunitaria en la convocatoria específica y no
obtengan plaza de otra especialidad en la convocatoria general,
conservarán su derecho a ocupar plaza en convocatoria específica
sucesiva de acuerdo con el resultado obtenido en la relación
definitiva de resultados de esta prueba específica o el obtenido en
el caso de presentarse de nuevo si este último fuera más favorable.
Octavo. Plazos y trámites de toma de posesión e incorporación
a la plaza.-1. Una vez aprobada la relación de plazas
adjudicadas, los aspirantes a los que se adjudique plaza tomarán
posesión de la misma, en la correspondiente Unidad Docente, en el
plazo que se determine para los adjudicatarios de plaza de la
convocatoria general 1999.
2. Conforme dispone la base X de la Orden de 30 de julio
de 1999, los adjudicatarios de plaza, una vez hayan tomado
posesión de la misma en la correspondiente Unidad Docente,
solicitarán, por riguroso orden de puntuación total individual obtenida
en la prueba selectiva y ante una comisión constituida al efecto,
la asignación de centro hospitalario y centro de salud al que serán
adscritos.
3. Excepcionalmente, los adjudicatarios de plaza podrán
retrasar su efectiva incorporación a la plaza adjudicada en el plazo
que se determine para los participantes en la convocatoria
general 1999, siempre que se encuentren cumpliendo el servicio militar
activo obligatorio, la prestación social sustitutoria del mismo u
otras obligaciones que nazcan de la Ley y no sean de naturaleza
voluntaria y que las citadas obligaciones finalicen antes de aquella
fecha, en cuyo caso lo deberán acreditar así, ante el centro de
que se trate, en el plazo de toma de posesión que se ha señalado
con carácter general.
4. Los aspirantes a los que se reconozca reserva de plaza
podrán incorporarse a ella en el plazo que se señale a los
adjudicatarios de plaza de la próxima convocatoria, siempre que
hubiesen finalizado en aquel momento el cumplimiento de las
obligaciones que motivaron la reserva. En ningún caso se les permitirá
hasta entonces la incorporación aun en el supuesto de que
desaparezca antes la causa de la reserva. A estos efectos, la
Subsecretaría de Sanidad y Consumo señalará el plazo en que los
aspirantes a los que reconozca reserva deberán solicitar la adjudicación
para el año 2001 de la plaza reservada, acreditando la fecha
prevista para la finalización de las obligaciones que motiven sus
reservas en la resolución a que se refiere el número 2 del anterior
apartado sexto.
Noveno. Plazas vacantes, traslados y régimen de
formación.-1. Las plazas que no se cubran en la presente convocatoria
específica se acumularán a la convocatoria general 1999. No se
permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de
unidad docente, salvo el supuesto excepcional de la revocación
de la acreditación.
2. Los adjudicatarios de plaza no podrán compatibilizar ni
simultanear la formación en la especialidad que corresponda con
el seguimiento de otro programa formativo o con cualquier otra
actividad que suponga incompatibilidad horaria o disminución de
las actividades comprendidas en el programa, con excepción de
lo dispuesto en el número cuatro del artículo catorce de la Orden
de 27 de junio de 1989.
3. Los adjudicatarios de plaza de residente que puedan
resultar afectados por el régimen general de incompatibilidades del
personal al servicio de las Administraciones Públicas o por el del
personal militar deberán hacer manifestación al respecto en el
acto de toma de posesión formulando la opción que interesen.
Madrid, 22 de diciembre de 1999.-El Subsecretario, Enrique
Castellón Leal.
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