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Documento BOE-A-2000-4796

Resolución 431/38066/2000, de 2 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se anuncia la convocatoria de plazas para el acceso de Sacerdotes, vinculados con carácter temporal, al Servicio de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2000, páginas 10308 a 10309 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2000-4796

TEXTO ORIGINAL

En virtud de las competencias que corresponden a esta

Subsecretaría, de acuerdo con lo previsto en el Real

Decreto 1145/1990, de 7 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

número 227), por el que se crea el Servicio de Asistencia Religiosa

en las Fuerzas Armadas, acuerdo:

Primero.-Anunciar la convocatoria, para Sacerdotes católicos,

de doce plazas para acceso con carácter temporal al Servicio de

Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas, en las condiciones

fijadas en el Real Decreto 1145/1990, de 7 de septiembre.

Segundo.-Para la selección, propuesta e incorporación de los

aspirantes se exigirán las condiciones que se especifican en anexo.

Tercero.-Los solicitantes dirigirán la petición mediante

instancia, dentro del plazo legal concedido, al Arzobispo Castrense

quien recepcionará las solicitudes, cuidará que se cumplan los

requisitos exigidos y elevará propuesta de los candidatos idóneos

a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

Cuarto.-El acceso con carácter temporal se realizará mediante

la firma de un compromiso de una duración máxima de ocho años,

rescindible transcurrido cada año de permanencia, a petición

propia o a propuesta del Arzobispo Castrense.

Quinto.-Por el Director general de Personal del Ministerio de

Defensa se hará pública la relación de Sacerdotes admitidos.

Madrid, 2 de marzo de 2000.-El Subsecretario, Adolfo

Menéndez Menéndez.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Condiciones de los aspirantes

1. Ser Sacerdote de nacionalidad española.

2. No tener cumplidos más de cincuenta años de edad en

el momento de la admisión de la instancia.

3. No haber sido separado del servicio en ningún centro o

institución de las Administraciones públicas.

4. Comprometerse a prestar el servicio con total

disponibilidad y dedicación plena.

5. Superar las pruebas médicas y el examen psicotécnico

pertinente. Éstas se realizarán en el centro médico que se determine.

6. No haber solicitado exención del servicio militar en base

a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de Reclutamiento,

aprobado por Real Decreto 1107/1993, de 9 de julio.

II. Criterios de evaluación

1. Calificación de la actividad pastoral desarrollada hasta ese

momento.

2. Valoración de los méritos académicos, científicos y

profesionales, según baremo que aparece adjunto a este anexo.

3. Consideración de la trayectoria ministerial y personal

realizada durante el tiempo de su prestación de servicio en las Fuerzas

Armadas, si ésta hubiera tenido lugar.

4. Capacitación teológico-pastoral:

a) Memoria analítica de las líneas pastorales que enmarcaron

el desarrollo de su labor ministerial.

b) Diseño de un plan pastoral juvenil a desarrollar dentro

del Servicio Religioso en las Fuerzas Armadas.

5. Entrevista personal con los distintos Capellanes designados

a este efecto por el Arzobispo Castrense.

III. Instancias

1. Los aspirantes dirigirán sus instancias al Arzobispo

Castrense (Arzobispado Castrense, calle Nuncio número 13, 28005

Madrid), dentro de los sesenta días naturales siguientes a la

publicación de esta convocatoria, según modelo que se publica como

apéndice a este anexo.

2. Con la instancia se presentarán los siguientes documentos:

a) Partida de nacimiento y bautismo legalizadas.

b) Título de ordenación de Presbítero o certificado supletorio.

c) Autorización del Obispo respectivo, para acceder al

Servicio de Asistencia Religiosa a las FF.AA. como Capellán con

carácter temporal. Si el Sacerdote perteneciera a alguna congregación

o instituto religioso, establecido canónicamente, esta autorización

deberá ser concedida por su superior jerárquico correspondiente.

d) Certificación de estar en uso de las debidas licencias

ministeriales, emitido en fecha posterior a la publicación de esta

convocatoria.

e) Certificación completa de estudios eclesiásticos.

f) Certificación de grados académicos en Ciencias

Eclesiásticas, si los tuviere.

g) Certificados acreditativos, en su caso, de otros grados y

méritos académicos, científicos y profesionales.

h) Acreditación de haber prestado el servicio militar o, en

caso contrario, de las razones de exención del mismo.

i) Fotocopia del documento nacional de identidad y tres

fotografías del interesado, iguales y de fecha reciente, tamaño carné,

de frente, descubierto, escritas al dorso con el nombre y dos

apellidos.

3. A la recepción de las instancias, el Arzobispo Castrense,

dentro de los veinte días naturales siguientes, acusará recibo de

las mismas por conducto telegráfico o postal. Pasado este plazo,

los aspirantes que no lo hubieran recibido podrán recabar noticias

sobre ello.

IV. Admisión

1. Una vez aceptadas las instancias, el Arzobispo Castrense

comunicará a los solicitantes, en el plazo de treinta días naturales

el lugar, la fecha y la hora de su presentación.

2. Superadas las pruebas médicas y una vez realizada la

pertinente evaluación, se procederá a la designación de los candidatos

más idóneos.

3. Antes de que la admisión sea efectiva, el Arzobispo

Castrense recabará las informaciones eclesiales que considere

oportunas.

4. Para los admitidos que no hayan cumplido el servicio

militar y no estén exentos de su cumplimiento, el tiempo que dure

su incorporación al mismo no será computable para la fijación

de los plazos mínimos de permanencia, para el acceso a

perma

nentes y de los máximos, para su estancia en esta modalidad,

a tenor de lo previsto en el artículo 8.o del Real Decreto

1145/1990.

5. Los admitidos realizarán durante un período de tres años,

mediante cursillos, un plan orgánico de formación y capacitación

teológico-pastoral y castrense.

Baremo de valoración de títulos y méritos

1. Doctorado en alguna de las disciplinas eclesiásticas: Tres

puntos.

2. Licenciado en alguna de las disciplinas eclesiásticas: Dos

puntos.

3. Doctorado en alguna de las disciplinas civiles: Dos puntos.

4. Licenciado en alguna de las disciplinas civiles: Un punto.

5. Publicación de un libro de tema religioso: 0,75 puntos.

6. Publicación de una serie de artículos de tema religioso:

0,50 puntos.

7. Otras publicaciones: 0,25 puntos.

8. Realización cualificada de alguna tarea pastoral de especial

relevancia: 1,50 puntos.

9. Especialización acreditada en algún campo pastoral: Un

punto.

10. Prestación de servicio en las Fuerzas Armadas (por cada

año): 0,50 puntos.

Modelo de instancia

............................

(Primer apellido)

............................

(Nombre)

............................

(Segundo apellido)

Natural de................................................ provincia

de ................. diócesis de ..................................., con

domicilio en ................... provincia de ...................calle o

plaza ................. número ................., a V.E.

Reverendísima con el debido respeto,

EXPONE: Que deseando acceder a una de las plazas de

Sacerdotes vinculados con carácter temporal, para el Servicio

de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas,

anunciadas en el "Boletín Oficial del Estado", número.......

-de ..................... último, declara reunir las

condiciones siguientes:

1.o Nacido el....... de ......................... de 19 ....., DNI

número ............................

2.o Bautizado el....... de........................ de 19 .....

3.o Ordenado Presbítero el....... de ........... de 19 .....

Estar incardinado en la diócesis de ................................

pertenece a la congregación o instituto religioso de .................

............................ (omítase lo que no proceda).

4.o Que no tiene cumplidos los cincuenta años de edad.

SUPLICO: Que se digne admitirle a dicha convocatoria para poder

acceder al Servicio de Asistencia Religiosa en las

Fuerzas Armadas, como Sacerdote vinculado con carácter

temporal, en las condiciones fijadas en el Real

Decreto 1145/1990, de 7 de septiembre.

............................ a....... de ............... de 2000

EXCMO.Y RVDMO. SR. ARZOBISPO CASTRENSE.

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