Por Orden de 4 de octubre de 1999 ("Boletín Oficial del
Estado"del 21), se convocó concurso para la provisión de puestos de
trabajo en el Instituto de Salud "Carlos III". Una vez realizado
el procedimiento establecido en el artículo 20.1, a) y c), de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley
23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas
las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos
alegados por los aspirantes a los puestos convocados,
Este Ministerio acuerda resolver el presente concurso, de
conformidad con los siguientes puntos:
Primero.-Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados
a los funcionarios que han participado en el concurso y que figuran
en el anexo a la presente Orden.
Segundo.-Los destinos adjudicados tienen la consideración de
voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en
la base novena de la convocatoria.
Tercero.-Los destinos adjudicados serán comunicados por el
Instituto de Salud "Carlos III" a las Unidades de Personal de los
Departamentos ministeriales a que figuran adscritos los Cuerpos
o Escalas o, en el caso de los Cuerpos o Escalas dependientes
de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, a la
Dirección General de la Función Pública, así como a los
Departamentos u organismos de procedencia del concursante
seleccionado.
Cuarto.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino
obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia
del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o
el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden
en el "Boletín Oficial del Estado", así como el cambio de la situación
administrativa que, en cada caso, corresponda. Si la resolución
comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde su publicación.
Quinto.-El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido
concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por
causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Sexto.-Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto
en el supuesto de reingreso desde la situación de excedencia por
cuidado de hijos.
Séptimo.-La toma de posesión se formalizará ante el Secretario
General del Instituto de Salud "Carlos III" (calle Sinesio Delgado,
número 4, Madrid).
Octavo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su
publicación, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa o, potestivamente y con carácter previo,
recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante
este Ministerio.
Madrid, 1 de marzo de 2000.-P. D. (Orden de 1 de julio de
1998, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Secretario general
Técnico, Pedro Gómez Aguerre.
Ilmos. Sres. Secretario general Técnico y Director del Instituto
de Salud "Carlos III".
ANEXO: (Ver imágenes páginas 10379 y 10380).
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