De conformidad con lo establecido en el artículo 33 y
disposición transitoria cuarta del Real Decreto 429/1988, de 29 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo
de Secretarios Judiciales, esta Secretaría de Estado ha acordado
anunciar a concurso de traslado la provisión de las plazas vacantes
de la categoría segunda del indicado Cuerpo, que figuran en el
anexo.
El concurso se ajustará a las siguientes normas:
Primera.-Podrán tomar parte en este concurso los Secretarios
que pertenezcan a la categoría segunda del Cuerpo de Secretarios
Judiciales.
Segunda.-No podrán concursar:
a) Los Secretarios judiciales electos.
b) Los que hubieren obtenido destino a su instancia en
concurso antes de transcurrir dos años desde la fecha en que tomaron
posesión en dicha plaza.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que
transcurran dos años, o cinco para obtener destino en la misma
localidad en que se les impuso la sanción.
d) Los suspensos.
Tercera.-El nombramiento de Secretarios para las plazas
vacantes recaerá en el solicitante con mejor puesto escalafonal.
Cuarta.-Para participar en el concurso a las plazas de nueva
creación no regirán las limitaciones de los apartados a) y b) de
la norma segunda del presente concurso, cuando se trate de
órganos jurisdiccionales de nueva creación que no supongan mero
aumento del número de los ya existentes en la misma población.
Quinta.-Se concede un plazo de diez días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado", para que los interesados puedan
formular sus peticiones con sujeción a los aludidos preceptos,
mediante instancia que deberá ser dirigida a la Dirección General
de Relaciones con la Administración de Justicia (calle San
Bernardo, número 21, 28015 Madrid), sin que puedan tomarse en
consideración las instancias que hayan tenido entrada en el
Registro General del expresado Ministerio transcurrido aquel plazo, a
menos que hubieran sido presentadas en la forma y con los
requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en ellas se
indicarán las vacantes a que aspiren, numerándolas correlativamente
por orden de preferencia, con indicación de la fecha de posesión
del último destino. Si venciere en día inhábil se entenderá
prorrogado el vencimiento al primer día hábil siguiente. Los que residan
fuera de la península podrán formular su solicitud por telégrafo,
sin perjuicio de ratificarla mediante la oportuna instancia. En tanto
no se produzca el desarrollo de la citada Ley, las solicitudes se
podrán presentar también a través de las oficinas de Correos,
en cuyo caso deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Sexta.-Ningún participante podrá anular o modificar su
instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
Séptima.-Los que resulten nombrados para el desempeño de
las plazas anunciadas en este concurso no podrán participar en
otro de traslado hasta transcurridos dos años desde la fecha de
la toma de posesión de las mismas.
Contra esta Resolución cabe interponer recurso
contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dentro
del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado".
Madrid, 8 de marzo de 2000.-El Secretario de Estado, P. D.
(Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general de
Relaciones con la Administración de Justicia, Juan Ignacio Zoido
Álvarez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
ANEXO
Vacantes ofertadas de segunda categoría:
A Coruña. Tribunal Superior de Justicia. Sala
Contencioso-Administrativo.
Burgos. Tribunal Superior de Justicia. Sala
Contencioso-Administrativo (nueva creación).
Cádiz. Audiencia Provincial. Sección número 1.
Granada. Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social (nueva
creación).
Las Palmas de Gran Canaria. Tribunal Superior de Justicia.
Sala Contencioso-Administrativo (Las Palmas).
Logroño. Tribunal Superior de Justicia. Sala Civil y Penal (La
Rioja).
Madrid. Audiencia Nacional. Sala Penal. Sección número 4.
Madrid. Tribunal Superior de Justicia. Sala Social (nueva
creación).
Oviedo. Tribunal Superior de Justicia. Sala
Contencioso-Administrativo (Asturias).
Oviedo. Audiencia Provincial. Sección número 6 (Asturias).
Palma de Mallorca. Tribunal Superior de Justicia. Sala Civil
y Penal (Illes Balears).
Palma de Mallorca. Audiencia Provincial. Sección número 1
(Illes Balears).
Pamplona. Tribunal Superior de Justicia. Sala Civil y Penal
(Navarra).
Pamplona. Tribunal Superior de Justicia. Sala
Contencioso-Administrativo (Navarra) (nueva creación).
Sevilla. Tribunal Superior de Justicia. Sala Social (nueva
creación).
Teruel. Audiencia Provincial. Sección.
Valencia. Tribunal Superior de Justicia. Sala Social (nueva
creación).
Valencia. Audiencia Provincial. Sección número 2.
Valencia. Audiencia Provincial. Sección número 10 (nueva
creación).
Valladolid. Audiencia Provincial. Sección número 3.
Valladolid. Tribunal Superior de Justicia. Sala
Contencioso-Administrativo (Valladolid) (nueva creación).
Zaragoza. Tribunal Superior de Justicia. Sala Civil y Penal.
Barakaldo. Primera Instancia número 3 (Bizkaia).
Barcelona. Primera Instancia número 23.
Barcelona. Primera Instancia número 35.
Barcelona. Primera Instancia número 40.
Madrid. Primera Instancia número 64.
Vigo. Primera Instancia número 3 (Pontevedra).
Vitoria-Gasteiz. Primera Instancia número 4 (Álava).
Las Palmas de Gran Canaria. Instrucción número 4 (Las
Palmas).
Las Palmas de Gran Canaria. Instrucción número 5 (Las
Palmas).
Málaga. Instrucción número 2.
Sevilla. Instrucción número 3.
Vigo. Instrucción número 3 (Pontevedra).
Badalona. Primera Instancia e Instrucción número 8
(Barcelona).
Benidorm. Primera Instancia e Instrucción número 1 (Alicante).
Benidorm. Primera Instancia e Instrucción número 7 (Alicante).
Cáceres. Primera Instancia e Instrucción número 2.
Castellón de la Plana. Primera Instancia e Instrucción
número 10 (Castellón) (nueva creación).
Elx. Primera Instancia e Instrucción número 4 (Alicante).
Ferrol. Primera Instancia e Instrucción número 2 (A Coruña).
Figueres. Primera Instancia e Instrucción número 2 (Girona).
Jerez de la Frontera. Primera Instancia e Instrucción
número 6 (Cádiz).
Majadahonda. Primera Instancia e Instrucción número 5
(Madrid).
Manresa. Primera Instancia e Instrucción número 1 (Barcelona).
Manresa. Primera Instancia e Instrucción número 5 (Barcelona).
Melilla. Primera Instancia e Instrucción número 1.
Melilla. Primera Instancia e Instrucción número 4.
Móstoles. Primera Instancia e Instrucción número 5 (Madrid).
Oviedo. Primera Instancia e Instrucción número 3 (Asturias).
Ponferrada. Primera Instancia e Instrucción número 4 (León).
Talavera de la Reina. Primera Instancia e Instrucción número 1
(Toledo).
Tarragona. Primera Instancia e Instrucción número 3.
Torrente. Primera Instancia e Instrucción número 6 (Valencia)
(nueva creación).
A Coruña. Penal número 1.
Barcelona. Penal número 13.
Benidorm. Penal número 1 (Alicante) (nueva creación).
Bilbao. Penal número 1 (Bizkaia).
Eivissa. Penal número 2 (Illes Balears).
Gandía. Penal número 1 (Valencia) (nueva creación).
Las Palmas de Gran Canaria. Penal número 5 (Las Palmas).
Vinarós. Penal número 1 (Castellón) (nueva creación).
Avilés. Juzgado de lo Social número 2 (Asturias).
Barcelona. Juzgado de lo Social número 22.
Benidorm. Social número 1 (Alicante) (nueva creación).
Las Palmas de Gran Canaria. Juzgado de lo Social
número 4 (Las Palmas).
Madrid. Juzgado de lo Social número 14.
Murcia. Juzgado de lo Social número 6.
Sevilla. Juzgado de lo Social número 2.
Zamora. Juzgado de lo Social.
Barcelona. Vigilancia Penitenciaria número 4.
Murcia. Juzgado Contencioso-Administrativo número 2.
Total plazas: 72.
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