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Documento BOE-A-2000-4882

Resolución de 28 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización del programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2000, páginas 10492 a 10494 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4882

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de enero de 2000.–La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 23 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 77/1999, de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 16, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14).

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Emiliano García Pages-Sánchez, Consejero de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por delegación conferida por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el día 25 de noviembre de 1997.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha suscribieron, en fecha 15 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de Creación, y 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden de 21 de mayo de 1996, por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en las Leyes Orgánicas 9/1982, de 10 de agosto, y 7/1994, de 24 de marzo, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

En las Leyes 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 1999, y 9/1998, de 16 de diciembre, de procedimientos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo adicional suscrito en 22 de diciembre de 1998, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y aprobados, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha incorporan al Convenio de colaboración, de fecha 15 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 1999, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de 280.083.500 pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, 266.202.500 pesetas; concepto 19.04.313L.457, 13.881.000 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 280.083.500 pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1999, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel Siles, en nombre y representación del Gobierno de la nación. –El Consejero de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Emiliano García Pages-Sánchez, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian

FINANCIACIÓN 1999 (SEGÚN PROTOCOLO)

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

 

CA/CL

Pesetas

MTyAS

Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452    
 Proyectos mantenimiento:    
Albacete –R/CD, calle Núñez de Balboa–. 11.666.304 11.666.304
Riopar (Albacete) –Residencia–. 11.823.793 11.823.793
Casas Ibáñez (Albacete) –Residencia–. 25.208.151 25.208.151
Ciudad Real –CD Hogar II–. 10.000.000 10.000.000
Almadén (Ciudad Real) –Residencia–. 23.552.314 23.552.314
Alcoba de los Montes (Ciudad Real) –Residencia–. 26.954.793 26.954.793
Torrenueva (Ciudad Real) –Viviendas tuteladas–. 3.102.500 3.102.500
Cuenca –R. Hospital de Santiago–. 26.012.500 26.012.500
Cuenca –CD Cuenca II–. 10.693.725 10.693.725
El Pedernoso (Cuenca) –Residencia–. 19.112.719 19.112.719
Montalbo (Cuenca) –Residencia–. 25.704.793 25.704.793
Huete (Cuenca) –Vivienda tutelada–. 1.582.275 1.582.275
El Provencio (Cuenca) –Vivienda tutelada–. 1.582.275 1.582.275
Beteta (Cuenca) –Vivienda tutelada–. 1.582.275 1.582.275
Campillo de Altobuey (Cuenca) –Vivienda tutelada–. 1.582.275 1.582.275
Jadraque (Guadalajara) –Residencia–. 25.704.793 25.704.793
Sacedón (Guadalajara) –Residencia–. 2.180.135 2.180.135
Fontanar (Guadalajara) –Vivienda tutelada–. 4.105.400 4.105.400
Toledo R. carretera de Mocejón. 19.564.912 19.564.912
Navahermosa (Toledo) –Residencia–. 14.486.568 14.486.568
  Total. 266.202.500 266.202.500
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.457    
 Programas experimentales para atención enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Albacete/R. Paseo de Cuba –estancias diurnas especializadas–. 1.321.195 1.321.195
Guadalajara/CD Los Olmos –estancias diurnas especializadas–. 5.503.595 5.503.595
Talavera de la Reina (Toledo)/R/CD –estancias diurnas especializadas–. 7.056.210 7.056.210
   Total. 13.881.000 13.881.000
    Suma totales. 280.083.500 280.083.500

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