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A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los
Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los tractores que se citan,
con homologación CEE número de recepción e9*74/150*97/54*0023, según
lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE y en virtud de lo establecido
en el Real Decreto 2028/1986 y en las Órdenes del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación de 14 de febrero de 1964, de 27 de julio de 1979
y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General resuelve:
1. Autorizar la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria
Agrícola de los tractores marca: "Landini", modelos Globus DT 75 Sherpa,
Globus DT 65 Sherpa, Globus R 75 Sherpa y Globus R 65 Sherpa.
2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido
establecida.
3. Los citados tractores deberá ir equipados con una de las siguientes
estructuras de protección:
Marca Modelo Tipo Contraseña de homologación
"Landini" .................. ARS 13/3 ................. Bastidor de dos postes atrasado ........................ e13*79/622*88/413*0012.
"Landini" .................. CS 27/3 ................... Cabina ........................................................ e13*79/622*88/414*0011.
4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.2
del anexo de la Resolución de esta Dirección General publicada en el
"Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1981, por la que se desarrolla
la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de los tractores
agrícolas y forestales con bastidores o cabina de protección para caso de
vuelco.
Madrid, 9 de febrero de 2000.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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