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Documento BOE-A-2000-5080

Resolución de 1 de febrero de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de mejora y ampliación del abastecimiento de Azuaga y Malcocinado (Badajoz), de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2000, páginas 10920 a 10924 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2000-5080

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, modificado por el Real Decreto 1646/1999, de 22 de octubre, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

La Dirección General de Obras Hidráulicas remitió, con fecha 11 de diciembre de 1995, a la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental la Memoria-resumen del proyecto de mejora y ampliación del abastecimiento de Azuaga y Malcocinado (Badajoz), cuyo objeto es el abastecimiento de agua potable a las poblaciones de Azuaga y Malcocinado, para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Recibida la referida Memoria-resumen, la mencionada Dirección General de Información y Evaluación Ambiental estableció a continuación un período de consultas a personas, instituciones y administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud de artículo 14 del Reglamento, con fecha 30 de abril de 1996, la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental dio traslado a la Dirección General de Obras Hidráulicas de las respuestas recibidas.

La relación de consultados y un resumen de las respuestas se recogen en el anexo I.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sometió el proyecto y el estudio de impacto ambiental del mismo, conjuntamente, al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz» con fecha 12 de enero de 1999, en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento.

Finalmente, conforme al artículo 16 del Reglamento, la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitió, con fecha 15 de abril de 1999, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente consistente en el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el contenido de la información pública.

El anexo II contiene los datos esenciales del proyecto.

Los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental y de la información complementaria recibida se recogen en el anexo III.

En el anexo IV se realiza un resumen del resultado del trámite de información pública.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y por los artículos 4.2, 16.1 y 18 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, únicamente a efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de mejora y ampliación del abastecimiento de Azuaga y Malcocinado (Badajoz).

Declaración de impacto ambiental

Examinado el expediente del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y las zonas afectadas se considera que, a efectos ambientales, el proyecto de mejora y ampliación del abastecimiento de Azuaga y Malcocinado (Badajoz), es viable siempre que en la ejecución de las obras en él definidas y en la explotación del embalse, se observen las medidas protectoras, correctoras y compensatorias definidas en el estudio de impacto ambiental y se cumplan las siguientes condiciones:

1.ª Objeto de la declaración de impacto ambiental:

1. La presente declaración de impacto ambiental se formula para las actuaciones que únicamente tienen por objeto el abastecimiento de agua potable a las poblaciones de Azuaga y Malcocinado.

2. Cualquier otro proyecto relacionado con el aprovechamiento del recurso para otro empleo distinto al anterior deberá someterse a evaluación reglada de impacto ambiental si dicho proyecto está incluido en los anexos I o II de la Directiva 97/11/CE, de 3 de marzo.

2.ª Caminos de acceso, instalaciones, desvío del río, construcción de ataguías y conducciones. La construcción de los caminos de acceso, instalaciones, ataguías, conducciones, así como el desvío del río Sotillo se realizarán fuera de la época de reproducción y cría de las especies animales afectadas que, en el caso de las aves existentes y protegidas, comprende del 15 de enero al 31 de agosto. El desvío del río y la construcción de ataguías se realizará, además, en período de sequía del río Sotillo.

3.ª Deforestación del vaso y desbroce del terreno:

1. La deforestación del vaso del embalse se realizará fuera del período comprendido entre el 15 de enero y 30 de septiembre.

2. Se redactará un plan de deforestación del vaso del embalse y desbroce del terreno en el que se especifique, al menos, medios a emplear y se justifique el tratamiento, empleo o lugar del vertido de la masa vegetal.

3. Se analizará y justificará la posibilidad de trasplantar las encinas que deben talarse.

4.ª Tierra vegetal:

1. Antes de proceder a la excavación y desmontes necesarios para la construcción de los caminos de acceso y servicio, presa y otras instalaciones se procederá a retirar y acopiar la tierra vegetal que posteriormente se utilizará en la revegetación y reconstitución de la cubierta vegetal afectada en los desmontes y terraplenes, restitución de caminos de acceso y de obra y plataformas de trabajo.

2. Se definirá la zona de acopio de la tierra vegetal especificándose las medidas adoptadas para su adecuada conservación, así como los posibles impactos que se pueden originar y las correspondientes medidas correctoras.

3. El plan de obra de las conducciones deberá prever un calendario de instalación y de pruebas de estanqueidad tal que el relleno de las zanjas y la revegetación se realicen lo más rápidamente posible para evitar el deterioro de la tierra vegetal.

5.ª Vertidos. Para impedir la contaminación de suelos y el mantenimiento de la calidad actual del agua del río Sotillo durante las obras se redactará un proyecto que defina los sistemas previstos para impedir los vertidos de aceites, combustibles, grasas, líquidos con sólidos en suspensión y aguas residuales no depuradas, así como las balsas de decantación de las aguas procedentes de la fabricación de morteros y hormigones in situ. Si el hormigón procede de planta de hormigonado situada fuera de la zona de actuación, el vertido del hormigón sobrante se realizará en un vertedero controlado y la limpieza de las hormigoneras sobre camión se efectuará en la planta de hormigonado o en unas zonas provistas de drenajes y balsas de decantación.

6.ª Caudales ecológicos. Se realizará un estudio que determine los caudales ecológicos que deberán circular por el río Sotillo teniendo en consideración las demandas hídricas de los ecosistemas afectados, los usos y concesiones existentes aguas abajo de la presa y la hidrología de dicho río.

7.ª Gestión y explotación del embalse:

1. El sistema de regulación de válvulas y compuertas garantizará que la apertura de las mismas se realice de forma gradual, no admitiéndose variaciones de caudal de 5 por 100 por minuto.

2. Se deberá realizar un estudio sobre la posible eutrofización del agua embalsada y las medidas a adoptar.

3. Se redactará un plan de control de calidad de agua que garantice la calidad del suministro a la ETAP y evalúe la evolución del embalse en relación con los procesos de eutrofización.

8.ª Prevención de la erosión, recuperación y restauración e integración paisajística:

1. Se redactará un estudio detallado sobre la erosión de las laderas que afectan a la cuenca del río Sotillo aguas arriba de la presa y posteriormente un proyecto de corrección de la erosión.

2. Deberá redactarse un proyecto de restauración y vegetación que contemple todas las zonas afectadas por las actuaciones (presa, conducciones, depósitos, estaciones de bombeo, caminos de acceso), vivares para los conejos, así como las medidas correctoras especificadas en el estudio de impacto ambiental (restauración de isletas y hábitat de la cola del embalse y aguas arriba del río; protección contra el polvo, etc.).

9.ª Tendidos eléctricos. Los tendidos eléctricos en media y baja tensión deberán ir enterrados, a no ser que se justifique la imposibilidad de su ejecución.

10. Protección del patrimonio arqueológico. Se deberán realizar las prospecciones extensivas e intensivas previas al inicio de la obra y durante su realización, según indica la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura.

11. Programa de seguimiento y vigilancia. Se redactará, para su aprobación por la Secretaría General de Medio Ambiente, un programa en el que se detallará el proceso previsto para que la ejecución de las obras se realice según lo establecido en el proyecto, en el estudio de impacto ambiental y en las condiciones de la presente declaración. Asimismo, el programa deberá contemplar el seguimiento y control de la efectividad de las medidas correctoras previstas en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado de la presente declaración de impacto para proteger los ecosistemas afectados por la construcción de las obras.

El programa incluirá la remisión de un informe trimestral sobre el cumplimiento del seguimiento y vigilancia en la fase de construcción y, al finalizar la obra, un informe sobre el desmantelamiento de las instalaciones.

A partir de la emisión del acta de recepción de las obras y durante cinco años se remitirá un informe trimestral en relación al programa de vigilancia ambiental al que se refiere la presente condición.

Se emitirá un informe especial cuando se presenten circunstancias o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de explotación. Del examen de toda la documentación anterior por parte de la Secretaría General de Medio Ambiente podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de la presente declaración de impacto.

12. Documentación adicional. La Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitirá a la Secretaría General de Medio Ambiente la siguiente documentación, certificando que ha sido incorporado al proyecto:

Con anterioridad al acta de comprobación del replanteo del proyecto:

Plan de obras y calendario de actividades con las limitaciones impuestas en la condición segunda.

Plan de obras y calendario de actividades de las conducciones, teniendo en consideración las condiciones 2.ª y 4.ª3.

Plan de deforestación y desbroce al que hace referencia la condición 3.ª

Estudio sobre trasplantes de encinas de acuerdo con la condición 3.ª3.

Medidas adoptadas en relación a la tierra vegetal según condición 4.ª

Plan de vertidos y explotación de cantera al que hace referencia el estudio de impacto ambiental.

Proyecto de recuperación ambiental de las zonas de vertidos, acopios y canteras al que hace referencia el estudio de impacto ambiental.

Medidas adoptadas en relación con los vertidos según condición 5.ª

Estudios para determinar el caudal ecológico según la condición 6.ª

Estudio sobre la eutrofización del embalse y el plan de calidad del agua al que hacen referencia las condiciones 7.ª2 y 7.ª3.

Estudio de erosión y proyecto de corrección según establece la condición 8.ª1.

Proyecto de restauración y vegetación según establecen el estudio de impacto ambiental y la condición 8.ª2.

Proyecto de líneas eléctricas enterradas al que hace referencia la condición 9.ª

Estudio previo del patrimonio cultural y arqueológico de la zona de obras e informes de los resultados de las prospecciones arqueológicas extensivas e intensivas al que hacen referencia al estudio de impacto ambiental y la condición 10.

Antes de finalizar la obra:

Plan de desmantelamiento de las instalaciones y equipos y el proyecto de restauración morfológica del terreno al que hace referencia el estudio de impacto ambiental.

Al finalizar la obra:

Informe sobre los resultados del seguimiento sobre posibles yacimientos o descubrimientos arqueológicos durante la obra.

13. Definición contractual de las medidas correctoras. Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de medidas correctoras, contempladas en el estudio de impacto ambiental y en estas condiciones, figurarán justificadas técnicamente en la Memoria y anejos correspondiente del proyecto de construcción, estableciendo su diseño, ubicación y dimensiones en el documento de planos del proyecto de construcción, sus exigencias técnicas y programa de conservación y mantenimiento de las medidas correctoras en el documento pliego de prescripciones técnicas del proyecto de licitación y su definición económica en el documento de presupuesto del proyecto. También se valorarán los costes derivados de la conservación y mantenimiento de las medidas correctoras, así como del plan de vigilancia ambiental.

Madrid, 1 de febrero de 2000.–El Secretario general, Juan Luis Muriel Gómez.

ANEXO I
Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto
Relación de consultados Respuestas recibidas
Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Presidencia de la Junta de Extremadura.
Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo de la Junta de Extremadura. X
Dirección General de Infraestructuras de la Junta de Extremadura.
Diputación Provincial de Badajoz.
Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura.
Dirección Provincial del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente en Badajoz.
Confederación Hidrográfica del Tajo.
Ayuntamiento de Azuaga. X
Ayuntamiento de Malcocinado. X
ADENEX.
GEXAN.
Instituto Tecnológico y Geominero de España. X
CASE.
CEPA. X
SEO. X
AEDENAT.
Dirección General de Conservación de la Naturaleza. X
ADENA.
CODA.
FAT.
CEDEX.
Consejo Ibérico de la Naturaleza.

Las observaciones de mayor interés que se han recibido para que el promotor las tuviera en consideración para la redacción del estudio de impacto ambiental han sido:

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza manifiesta que no cabe formular observaciones relevantes respecto a su ubicación, ya que no afecta a ningún espacio natural protegido, ni a especies vegetales o animales cuyos hábitat requieran medidas especiales de conservación de acuerdo con la legislación vigente. No obstante, dicha Dirección General indica que se han inventariado las siguientes especies: «Anaecypris hispanica», «Barbus slateri», «Rutilus lemmingii», «Tropidophoxinellus alburnoides», «Cobitis maroccana».

El Instituto Tecnológico Geominero de España indica que no existen acuíferos de importancia regional susceptibles de ser afectados por la actuación. Asimismo, el Instituto expone que no existen niveles freáticos de interés.

La Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo de la Junta de Extremadura expone que el estudio de impacto ambiental deberá tener en consideración la presencia de nutrias y cigüeñas negras, proyectándose islas en las colas del embalse y vivares para los conejos del entorno.

La Sociedad Española de Ornitología manifiesta que:

La zona de actuación está incluida en el Área de Importancia Internacional para las Aves número 134 «Azuaga-Llerena-Peraleda de Zaucejo».

La importancia de esta zona radica en la presencia de la avutarda, sisón, alcaraván, ortega, ganga común, cernícalo primilla, aguilucho cenizo, águila real. Además en la zona cría el elanio común se dan concentraciones postnunciales de cigüeña negra y constituye una importante área de invernada de grulla común.

Debido a lo anterior se deberá: a) evitar las obras durante el período de reproducción de las aves (entre mediados de febrero y finales de agosto), y b) adoptar medidas de protección contra el choque y electrocución de las aves en tendidos eléctricos.

ANEXO II
Descripción del proyecto

El abastecimiento de agua potable a las poblaciones de Azuaga y Malcocinado se realiza desde el embalse que forma una presa ubicada en el río Sotillo, aunque también se aprovechan unos pozos para el abastecimiento de Malcocinado. Debido a que dicho embalse se ha atarquinado y a que las estaciones de bombeo, conducciones, depósitos y estación de tratamiento de agua potable son insuficientes y originan pérdidas debido a su deficiente estado de conservación, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a requerimiento de los Ayuntamientos citados, propone construir las siguientes obras:

Presa. Se ubicará aguas debajo de la ya existente para minorar los efectos del arrastre de materiales por el río. Las características principales son:

Presa de gravedad.

Cota de coronación: 397,00 metros.

Cota de cauce: 372,60 metros.

Cota de cimientos: 368,50 metros.

Altura sobre cimientos: 28,50 metros.

Longitud de coronación: 234,35 metros.

Ancho de coronación: 4,20 metros.

Aliviadero: Cuatro vanos de 14,50 metros.

Cota del cimacio del vertedero: 393,00 metros.

Máximo caudal vertido: 423,47 m3/s.

Desagües de fondo: Dos conductos de 1,00 ^ 1,20 metros dotados de compuertas Bureau.

Cota del umbral de entrada: 375,4 metros.

Torre de toma: Tubo metálico de 0,50 metros de diámetro.

Tres tomas a las cotas 381,00, 386,00 y 390,00 metros.

Embalse y cuenca del río Sotillo:

Superficie de la cuenca drenada: 290,97 km2.

Caudal punta 1.000 años: 496,24 m3/s.

Aportación interanual: 48,47 Hm3.

Capacidad total del embalse: 5,08 Hm3.

Superficie lámina de agua nivel normal: 72,33 ha.

Conducciones. Se realizarán cinco conducciones de las siguientes características que, en parte, sustituyen a las ya existentes:

Impulsión desde la presa Cerro del Cuchillar: L = 1.715,43 metros; D = 350 milímetros.

Conducción por gravedad desde el Cerro Cuchillar a Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP): L = 9.419,69 metros y D = 400 milímetros.

Impulsión desde ETAP a depósito Azuaga: L = 328,34 metros; D = 300 milímetros.

Conducción por gravedad desde Azuaga a Malcocinado: L = 15.475,71 metros; D = 125 milímetros.

Impulsión Malcocinado a depósito: L = 746,60 metros; D = 100 milímetros.

Las conducciones respetarán el trazado de las tuberías a las que sustituyen. En el caso de tramo Azuaga-Malcocinado, el trazado se realizará paralelo a la carretera.

Depósitos:

Depósito de la ETAP de 1.500 m3.

Depósito del Castillo de 1.500 m3.

Estaciones de bombeo:

A la salida de la ETAP.

A la entrada de Malcocinado.

ETAP. El caudal de cálculo es de 70 l/s y constará de una cámara de reparto, un decantador, unos filtros automatizados; un edificio para el tratamiento y control y el depósitos de 1.500 m3. Los productos utilizados serán: Dióxido de cloro, sulfato de alúmina, polielectrolito a determinar y un neutralizante (posiblemente hidróxido cálcico).

Medidas correctoras del impacto ambiental. En los presupuestos del proyecto hay sendos capítulos para implantar las medidas protectoras y correctoras de los efectos originados por los posibles impactos ambientales.

ANEXO III
Resumen del estudio de impacto ambiental

A continuación se resumen los apartados más característicos del estudio y, en particular, aquellos relacionados con las observaciones a las consultas previas, las alegaciones presentadas en el trámite de información pública y sobre aquellos que afecten a zonas o conceptos considerados de una mayor importancia ambiental.

Situación: La zona de estudio se encuentra situada en la comarca extremeña de «La Campiña», al sur-oeste de la provincia de Badajoz, en la parte más septentrional de Sierra Morena.

Análisis de alternativas: El estudio, analiza una serie de alternativas, incluyendo la de no construir la presa y el aprovechamiento de aguas subterráneas. Debido a que el Instituto Nacional Tecnológico Geominero de España indica que no existen acuíferos de interés, se decide la construcción de una presa. Por otra parte, debido a que el antiguo embalse se ha quedado fuera de servicio por su atarquinamiento, se decide ubicar la presa aguas abajo de la primitiva, para así minorar los arrastres y posteriores sedimentaciones. La cerrada final se ha elegido en función de sus características geológicas y geotécnicas y debido a que se optimizan los factores económicos, técnicos y medioambientales, requiriendo, además, un menor volumen de excavación y hormigón.

Canteras: El estudio de impacto ambiental indica que, debido a la inexistencia de materiales aptos para la construcción de una presa de materiales sueltos, se ha optado por la solución de la utilización del hormigón. De esta forma el estudio localiza una serie de canteras en las proximidades de Granja de Torrehermosa y la cantera de Guadalcanal, en las cercanías de Alanís, además de una serie de pequeñas explotaciones abandonadas.

Descripción del medio físico: El estudio de impacto ambiental, una vez analizado el clima y establecido el balance hídrico de la cuenca, indica que la actuación se encuentra situada en el Macizo Ibérico, en la zona de Ossa Morena, en el dominio de Sierra Albarrana. El vaso se ubicará en la formación Azuaga, constituida principalmente por una potente sucesión de pizarras y filitas verdosas o grises, aflorando cuarcitas al sur del vaso y en la cola del embalse. Según el estudio, prácticamente la totalidad del vaso y la cerrada está recubierto por un suelo ácido de color pardo y de escaso espesor (10-50 cm.) de naturaleza limosa y limo-arenosa formados a partir de la erosión de las pizarras. Los depósitos aluviales llegan a tener 4 metros de espesor en las laderas de la cerrada. Desde el punto de vista hidrogeológico y según el estudio, la formación Azuaga consta de un conjunto de rocas pelíticas y metapelíticas prácticamente impermeables. Las cuarcitas y arcosas, de escasa potencia, que se intercalan, están desconectadas hidráulicamente, por lo que su potencial hidrogeológico es pequeño. De esta forma, los pozos existentes en el entorno del vaso, que se alimentan de un flujo subsuperficial, dan un caudal inferior a medio litro por segundo. Edafológicamente, el estudio indica que los suelos existentes son tierras pardas meridionales altamente erosionables.

La cuenca drenante tiene, como se ha indicado anteriormente, una superficie de 290,97 km2, siendo las aportaciones muy irregulares a lo largo del año como corresponde a su situación geográfica. Se ha empleado el método de Thiessen para realizar el estudio de las aportaciones, ya que no existen estaciones de aforo aguas arriba de la ubicación de la presa. A este respecto, el estudio incluye un cuadro de aportaciones para la serie de años hidrológicos comprendidos entre 1960 y 1994. En relación a la calidad de las aguas superficiales, el estudio incluye un informe del Ayuntamiento de Azuaga y unos datos sobre el pH (7,26), conductividad (entre 291 y 310 μS/cm), ausencia de nitritos, materias en suspensión (menor de 25 mg/l) y un DBO5 menor de 6 mg/l de O2. En relación a las aguas subterráneas, el estudio incluye un cuadro de los pozos y manantiales existentes en el entorno del vaso del futuro embalse.

Descripción de la flora: El estudio de impacto ambiental identifica en un mapa a escala 1:50.000 la vegetación existente de la cuenca, que está formada por pastizales de gramíneas, olivos, encinas (700-750 kg. de bellotas/años), eucaliptus, pino piñonero, melocotoneros, granados, membrillos, gruños y cerezos. En la vegetación de ribera aparece el junco, tamujo, juncia, adelfa, zarza, retama e iniesta principalmente matorral edafófila. El porcentaje de la cuenca dedicada al laboreo es 59 por 100; el pastizal-matorral-encinar es 21 por 100; olivar, 14 por 100; encinar, 3 por 100; matorral-encinar, 1,27 por 100; eucaliptus, 1,15 por 100. Asimismo, el estudio especifica en un mapa a escala 1:10.000 la vegetación ocupada por el vaso, indicando en el caso de los encinares los pies existentes por hectárea. Las especies afectadas por el embalse son principalmente las de ribera, pastizal-encinar, eucaliptus y frutales.

Descripción de la fauna: El estudio realiza un inventario de la fauna existente dependiendo de sus respectivos hábitat, identificando, asimismo, las siguientes especies incluidas en el Real Decreto 439/1990; águila real; buitre negro; elanio azul; avutarda; cigüeña negra y nutria. Respecto al águila real y buitre negro, el estudio especifica que únicamente utilizan la zona de campeo y que el águila real nidifica en los roquedos de Sierra Pelada, Ribera de Aserradero, Sierra de Aracena y Picos de Aroche. El agua embalsada favorecerá a la cigüeña negra y a la nutria.

El estudio realiza, además, un análisis del paisaje y el medio socio-económico.

Identificación y valoración de impactos: El estudio de impacto ambiental identifica y valora los posibles impactos que pueden causarse al clima y atmósfera, geomorfología, suelo, agua, vegetación, fauna, paisaje y medio socioeconómico, así como otros impactos originados por procesos naturales. Por otra parte, el estudio incluye una matriz identificando los siguientes efectos, que denomina notables, en función de la actividad o de una actuación específica: Excavación: Geomorfología, paisaje y valores culturales. Rellenos: Geomorfología y valores culturales. ETAP: Calidad de aguas superficiales y valores culturales. Depósitos: Valores culturales. Camino de acceso: Geomorfología. Conducciones: Valores culturales. Inundación del vaso: Calidad de las aguas, vegetación, fauna y paisaje. Explotación: Régimen de aguas superficiales, calidad de las aguas. Por otra parte, el estudio valora como compatibles o moderados los impactos causados al régimen hidrológico natural, a la calidad del agua, a la vegetación, a la fauna y críticos al suelo.

Medidas protectoras y correctoras: Con fecha 10 de mayo de 1999 se solicitó a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que concretara las propuestas de medidas correctoras y protectoras indicadas en el estudio de impacto. El 24 de mayo de 1999 se recibió un escrito de dicha Confederación, indicando las siguientes medidas correctoras y preventivas que propone implantar:

Calidad del agua.

La deforestación del vaso de la presa.

La implantación de un sistema de recogida de aceites, grasas y lubricantes.

Apertura periódica de los desagües de fondo, en época lluviosa, para evitar y modificar las estratificaciones de sedimentos.

Seguimiento y control de la calidad del agua.

Canteras y vertederos:

El contratista presentará un plan de vertidos acorde con la zona de vertido. Dicho plan incluirá un proyecto de explotación y adecuación topográfica y paisajística.

El contratista presentará un proyecto de explotación y recuperación de canteras.

Taludes:

Durante la ejecución de los taludes en roca se propone construir una o varias bermas intermedias, según la altura del talud, con objeto de plantar en ellos especies adaptadas a la climatología de la zona.

Los taludes en tierra se estabilizarán mediante plantaciones e hidrosiembras.

Vegetación:

Se realizarán plantaciones en las zonas afectadas por las obras.

Se realizarán plantaciones en los bordes de los caminos.

Se redactará un plan de recogida y acopio de tierra vegetal.

Fauna:

Las actividades que causen impactos más severos se realizarán fuera de la época de cría.

Se restaurarán las isletas que se formen en el embalse.

Se restaurarán los hábitat de la cola del embalse y de aguas arriba del río.

Se establecerá un caudal ecológico del 10 por 100 en los meses que no sean de estiaje.

Se colocarán cables salvapájaros en las líneas eléctricas de nueva construcción.

Medio socioeconómico:

Proteger del polvo mediante barreras arbustivas.

Las instalaciones se situarán a una distancia mayor de 500 metros de las zonas habitadas.

Medio cultural:

En el programa de vigilancia ambiental se ha tenido en consideración la protección del patrimonio arqueológico.

Paisaje:

Proyecto de restauración paisajística de la zona.

El contratista deberá presentar un plan de desmantelamiento de las instalaciones y equipos, que incluya la restauración morfológica del terreno y su posterior revegetación.

Como se ha indicado anteriormente, existe un presupuesto de ejecución material de 54.368.782 pesetas para ejecutar las medidas correctoras y el programa de vigilancia ambiental.

Programa de vigilancia ambiental:

En el estudio de impacto ambiental se incluye un programa de vigilancia ambiental, en el que se han previsto unos criterios para detectar y preservar los posibles restos arqueológicos afectados por la actuación, así como las medidas que deberán adoptarse para la protección del medio ambiente durante la fase de construcción y en la explotación de la actuación.

ANEXO IV
Resumen de la información pública del estudio de impacto ambiental

No se han recibido alegaciones que, por motivos ambientales, se opongan a la actuación.

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