Por sentencia dictada con fecha 10 de septiembre de 1999
por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, cuyo cumplimiento se ha dispuesto por Orden de este
Departamento de 13 de enero de 2000, se estima el recurso
contencioso-administrativo formulado por don Francisco Ortega
Muñoz, reconociéndole el derecho a la clasificación en el grupo D.
En virtud de lo expuesto, este Ministerio de Administraciones
Públicas, resuelve:
Primero.-Clasificar en el grupo D de los del artículo 25 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, a don Francisco Ortega Muñoz,
en su condición de funcionario de carrera de la Escala de
Conductores y de Taller del Parque Móvil Ministerial.
Segundo.-Disponer que por los servicios correspondientes del
Parte Móvil del Estado se abonen al interesado las diferencias
reales de retribución que pudieran existir entre las percibidas por
su clasificación en el grupo E y las que hubiera percibido de haber
estado clasificación en el grupo D, con efectos desde el 6 de
noviembre de 1990, de conformidad con lo establecido en el
fundamento jurídico quinto de la sentencia de cuya ejecución se trata.
Madrid, 8 de marzo de 2000.-El Ministro, P. D. (Orden de
19 de noviembre de 1997), el Secretario de Estado para la
Administración Pública, Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Director general del Parque Móvil del Estado y Director
general de la Función Pública.
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