Por sentencia dictada con fecha 28 de octubre de 1999 por
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
cuyo cumplimiento se ha dispuesto por Orden de este
Departamento de 17 de febrero de 2000, se estima el recurso
contencioso-administrativo formulado por don Juan Fernández Ruiz,
reconociéndole el derecho a ser clasificado en el grupo D.
En virtud de lo expuesto, este Ministerio de Administraciones
Públicas resuelve:
Primero.-Clasificar en el grupo D de los del artículo 25 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, a don Juan Fernández Ruiz,
en su condición de funcionario de carrera de la Escala de
Conductores y de Taller del Parque Móvil Ministerial.
Segundo.-Disponer que por los servicios correspondientes del
Parte Móvil del Estado se abonen al interesado las diferencias
reales de retribución que pudieran existir entre las percibidas por
su clasificación en el grupo E y las que hubiera percibido de haber
estado clasificado en el grupo D, con efectos desde el 29 de
diciembre de 1990, de conformidad con lo establecido en el fundamento
jurídico quinto de la sentencia de cuya ejecución se trata.
Madrid, 8 de marzo de 2000.-El Ministro, P. D. (Orden de
19 de noviembre de 1997), el Secretario de Estado para la
Administración Pública, Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Director general del Parque Móvil del Estado y Director
general de la Función Pública.
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