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Documento BOE-A-2000-5375

Resolución de 7 de marzo de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se hace pública la convocatoria de la XXX edición del Premio Teatral "Tirso de Molina".

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2000, páginas 11810 a 11811 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-5375

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), de acuerdo con lo establecido en el punto cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 88, de 11 de abril) por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia de la AECI, convoca, con el fin de estimular la labor de creación de los autores dramáticos españoles o nacionales de países iberoamericanos y fortalecer la cooperación cultural en el terreno teatral, el premio «Tirso de Molina», en su XXX edición, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.

Podrán optar al XXX Premio Teatral «Tirso de Molina» todos los autores dramáticos españoles o nacionales de países iberoamericanos que no hayan obtenido anteriormente este premio. Los autores podrán participar con cuantas obras deseen, en lengua castellana, siempre que sean inéditas, no hayan sido estrenadas en régimen comercial, ni hayan recibido otro premio o accésit, ya sea con anterioridad a la presentación, durante el proceso de selección o hasta el momento del fallo.

No se admitirán a concurso obras que sean traducciones, adaptaciones o refundiciones de otros textos literarios, sean o no dramáticos.

La falta de alguno de los requisitos exigidos determinará la exclusión de la obra y que no se tome en consideración a los efectos de la concesión del premio o, en su caso, que quede sin efecto la concesión que hubiere tenido lugar, si el conocimiento de aquel extremo se produce con posterioridad.

Para la adjudicación del premio se valorarán especialmente la calidad literaria del texto, la originalidad e inventiva del desarrollo dramático de la obra y las posibilidades técnicas de su puesta en escena.

Segunda.

El premio está dotado con 3.000.000 de pesetas, que se abonarán con cargo a la dotación habilitada para este fin en la aplicación presupuestaria 12-103-134A-Capítulo IV. El Jurado se reserva la facultad de declarar desierto el premio si lo estima oportuno.

Tercera.

La duración de las obras será la normal en un espectáculo dramático completo, entendido en un sentido amplio, no admitiéndose obras de teatro breve.

Cuarta.

Los originales de las obras, escritos a máquina y en perfectas condiciones de legibilidad, deberán presentarse, por quintuplicado, en el Registro General de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (entre los que se encuentran las Embajadas, Consulados y Centros Culturales de España en el extranjero, así como las Oficinas Técnicas de Cooperación y los Centros de Formación de la Agencia Española de Cooperación Internacional), o bien remitirse por correo certificado al Servicio de Actividades Culturales de la Dirección General del Instituto de Cooperación Iberoamericana de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) (avenida Reyes Católicos, 4, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid), hasta las trece horas del día 31 de mayo de 2000.

Quinta.

Los autores pueden optar por presentar las obras con su nombre o mediante seudónimo. Los originales que vayan firmados por su autor incluirán, al pie de la firma, su nombre y dirección completos. Los autores que, deseando conservar el incógnito, hagan uso de seudónimo, acompañarán los originales con una plica, en cuyo exterior constará el nombre de la obra y el seudónimo elegido, mientras en el interior se incluirán los datos personales correspondientes. Dicha plica no será abierta más que en el caso de que la obra alcance la condición de premiada y podrá ser retirada con los originales de la obra.

Sexta.

La concesión del premio será decidida por un Jurado, que se constituirá expresamente con dicha finalidad. El Jurado será designado por el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente de la misma (en virtud de lo dispuesto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, de 21 de noviembre de 1997), entre personas de reconocido prestigio teatral y no se dará a conocer hasta que se proclame su fallo.

Séptima.

El Jurado emitirá su fallo en el transcurso del mes de octubre de 2000 mediante un comunicado en el que podrá incluir los títulos de las obras (con sus autores o seudónimos) que permanecieron hasta la fase final de la deliberación. La Agencia Española de Cooperación Internacional hará pública una nota informativa con el veredicto del Jurado que se hará llegar a los principales medios de comunicación. El fallo aparecerá igualmente reflejado en la página web de la Agencia Española de Cooperación Internacional en internet (http://www.aeci.es). Asimismo, la adjudicación del premio será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Octava.

Por el hecho de concurrir al premio teatral «Tirso de Molina» los autores de originales presentados aceptarán las presentes bases.

Novena.

Los autores que deseen recuperar los originales presentados habrán de recogerlos personalmente en el Servicio de Actividades Culturales del Instituto de Cooperación Iberoamericana de la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid). Los originales no recogidos serán destruidos una vez que transcurran sesenta días desde la publicación del fallo del Jurado.

Décima.

Contra la Resolución por la que se hará pública la concesión del premio, que pone fin a la vía administrativa según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Secretaría General de la AECI, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de esta jurisdicción, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, no pudiendo interponer simultáneamente ambos recursos según lo establecido conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, y a la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de marzo de 2000.–El Presidente, P. D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), el Secretario general de la AECI, Jesús Gracia Aldaz.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana y Vicesecretario general de la AECI.

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