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Documento BOE-A-2000-5456

Resolución de 14 de febrero de 2000, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de actualización para 1999 del Convenio firmado el 31 de julio de 1997 por la Generalitat Valenciana con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguros de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2000, páginas 11917 a 11918 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2000-5456

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 2 de agosto de 1999 se suscribió el Acuerdo de actualización para 1999 del Convenio firmado el 31 de julio de 1997 por la Generalitat Valenciana con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguros de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 14 de febrero de 2000.–El Secretario de Estado, Ignacio González González.

ANEXO I
Acuerdo de actualización para 1999 del Convenio firmado el 31 de julio de 1997 por la Generalitat Valenciana con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguros de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Valencia a 2 de agosto de 1999, reunidos los firmantes del citado Convenio y al amparo de lo previsto en sus cláusulas séptima, octava y novena, acuerdan:

Primero.

Actualizar con efectos de 1 de enero del año en curso, los anexo II y III del Convenio de referencia, anexos que, a partir de dicha fecha, son los que sellados por la Generalitat Valenciana, figuran unidos a estos documentos y en cuya portada consta «Anexos II y III, a 1 de enero de 1999», y que modifican las personas adscritas a cada Mutualidad, así como los precios que se indican en la cláusula quinta original, dichos precios pasan a ser los de 1.050 y 90 pesetas por persona y mes, respectivamente.

Segundo.

Las regularizaciones económicas derivadas de las actualizaciones de los anexos II y III del Convenio, citadas en el punto primero del presente documento, serán efectuadas en un único pago por las correspondientes Mutualidades, en un plazo no superior a los dos meses, a partir de la firma del presente Acuerdo.

Tercero.

Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en prueba de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido en tantos ejemplares como partes intervinientes, los representantes de la Consellería de Sanitat de la Generalitat Valenciana, José Emilio Cervera Cardona; de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado; José María García Oyaregui; del Instituto Social de las Fuerzas Armadas; José Antonio Sánchez Velayos, y de la Mutualidad General Judicial; Benigno Varela Autrán.

ANEXO II
Personas de cada Mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I e importe que debe abonarse mensualmente al Servicio Valenciano de Salud por cada uno de los colectivos (a 31 de enero de 1999)

(Precio por persona = 1.050 pesetas/mes en 1999)

Entidad Personas adscritas Importes mensuales
De MUFACE De ISFAS De MUGEJU

Por Col.

de MUFACE

Pesetas

Por Col.

de ISFAS

Pesetas

Por Col.

de MUGEJU

Pesetas

ADESLAS. 5.807 2.379 90 6.097.350 2.497.950 94.500
AEGON. 15 0 0 15.750 0 0
ASEICA. 3 1 3 3.150 1.050 3.150
ASISA. 5.855 1.790 116 6.147.750 1.879.500 121.800
Caja Salud. 379 146 6 397.950 153.300 6.300
Caser Salud. 65 55 12 68.250 57.750 12.600
Groupama Ibérica. 7 2 0 7.350 2.100 0
PREVIASA. 98 0 3 102.900 0 3.150
SANITAS. 0 0 70 0 0 73.500
 Total. 12.229 4.373 300 12.840.450 4.591.650 315.000
ANEXO III
Personas de cada Mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios de hasta 20.000 habitantes (excluidas las que figuran en el anexo I) e importe que debe abonarse mensualmente al Servicio Valenciano de Salud por cada uno de los colectivos (a 31 de enero de 1999)

(Precio por persona = 90 pesetas/mes en 1999)

Entidad Personas adscritas Importes mensuales
De MUFACE De ISFAS De MUGEJU

Por Col.

de MUFACE

Pesetas

Por Col.

de ISFAS

Pesetas

Por Col.

de MUGEJU

Pesetas

ADELAS. 6.696 3.132 176 602.640 281.880 15.840
AEGON. 15 0 0 1.350 0 0
ASISA. 10.759 2.918 561 968.310 262.620 50.490
Caja Salud. 621 220 29 55.890 19.800 2.610
Caser Salud. 71 92 41 6.390 8.280 3.690
Groupama Ibérica. 42 0 0 3.780 0 0
PREVIASA. 198 0 2 17.820 0 180
SANITAS. 0 0 76 0 0 6.840
 Total. 18.402 6.362 885 1.656.180 572.580 79.650

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