El Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, crea en la
Secretaría de Estado de Hacienda, y adscrito al Secretario de
Estado, el Consejo para la Defensa del Contribuyente, para la mejor
defensa de los derechos y garantías del ciudadano en sus relaciones
con la Administración Tributaria del Estado.
La Composición del Consejo se determina en el artículo cuarto
del Real Decreto, disponiendo que los Vocales serán nombrados
por el Ministro de Economía y Hacienda mediante la
correspondiente Orden.
En su virtud, siendo procedente modificar la Orden de 16 de
enero de 1997, por la que se nombraron los Vocales miembros
del Consejo para la Defensa del Contribuyente, dispongo:
Primero.-Agradeciéndole los servicios prestados, deja de
formar parte como Vocal del Consejo para la Defensa del
Contribuyente:
Don Heribert Padrol Munté.
Segundo.-A propuesta del Secretario de Estado de Hacienda
y oído el responsable del centro directivo al que hace referencia
la letra c) del apartado primero del artículo cuarto del Real
Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, se nombra Vocal del Consejo
para la Defensa del Contribuyente a:
Don Gerardo Pérez Rodilla.
Lo que comunico para su conocimiento, el de los interesados
y demás efectos.
Madrid, 14 de marzo de 2000.
DE RATO Y FIGAREDO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda.
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