Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-5823

Resolución de 16 de marzo de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se desarrolla, para el año 2000, la disposición adicional primera de la Orden de 22 de marzo de 1999, por la que se establecen las normas para la concesión de subvenciones a entidades, empresas y profesionales relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos, contables y de precios agrarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2000, páginas 12533 a 12534 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-5823

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 22 de marzo de 1999, modificada en su anexo I por la Orden de 3 de marzo de 2000, establece las normas para la concesión de subvenciones a entidades, empresas y profesionales relacionados con la producción y comercialización en el sector agrario, que faciliten al Departamento información sobre datos estadísticos, contables y de precios agrarios.

La disposición final primera de dicha Orden faculta al Secretario general técnico para que, anualmente, establezca mediante resolución el número máximo de perceptores distribuidos territorialmente, así como las posibles actualizaciones de los límites señalados en los artículos 2.2.A) y 9 de la Orden de 22 de marzo de 1999 y el concepto presupuestario, aprobado en la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado, con cargo al cual se van a financiar las subvenciones.

Por todo lo expuesto, se resuelve:

Primero.

El número máximo de perceptores de subvenciones para el año 2000 por el suministro de datos estadísticos, contables y de precios agrarios no podrá ser superior al que figura en el anexo de la presente Resolución.

Segundo.

El límite de volumen de ventas medio anual, contemplado en el artículo 2.2.A) de la Orden de 22 de marzo de 1999, continuará vigente para el año 2000. Los límites máximos por perceptor y año establecidos en el artículo 9 de la citada Orden serán los siguientes:

Datos contables: 20.460 pesetas.

Datos estadísticos y de precios agrarios: 358.050 pesetas.

Tercero.

Las subvenciones a conceder en el año 2000 se financiarán con cargo a las dotaciones presupuestarias a tal fin consignadas en el concepto 21.01.711A.772 «Análisis e información nacional de las magnitudes de los sectores», y se concederán teniendo como límite dichas dotaciones.

Cuarto.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de marzo de 2000.–El Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.

ANEXO QUE SE CITA
Distribución territorial del número máximo de beneficiarios en el año 2000
Territorio En datos contables En datos estadísticos y de precios por sectores
Cereales Frutas y hortalizas Oleaginosas Vino Aceite Vacuno Ovino Porcino Aves y huevos Miel Leche Medios de producción Total
Andalucía 1.023 2 1 2 3 3 1 3 1 3 2 21
Principado de Asturias 281 1 2 3 1 7
Aragón 700 3 2 1 1 1 5 3 3 2 21
Baleares 6 1 1
Canarias 99 1 1
Cantabria 200 3 2 5
Castilla y León 1.308 6 1 2 1 7 4 4 1 2 7 35
Castilla-La Mancha 815 3 1 2 2 2 5 4 2 1 2 24
Cataluña 3 3 2 1 2 10 3 4 3 2 6 39
Extremadura 580 3 2 1 1 1 3 2 1 14
Galicia 707 1 1 1 8 3 2 4 1 21
La Rioja 260 1 1 2
Madrid 184 3 1 2 1 4 2 1 5 3 22
Región de Murcia 162 1 1 2 2 6
Navarra 1 1 1 3
País Vasco 1 1 2
Comunidad de Valencia 760 2 1 1 2 2 8
  Total 7.085 26 14 11 10 9 49 23 27 8 14 35 6 232

 

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid