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Documento BOE-A-2000-5856

Orden de 13 de marzo de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema general de acceso libre, para acceso a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2000, páginas 12614 a 12624 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2000-5856

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero, del Ministerio de Administraciones Públicas, por

el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000,

y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración General del Estado,

Este Ministerio del Interior, en uso de las competencias que

le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14

de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo

informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,

acuerda convocar pruebas selectivas, por el sistema general de

acceso libre, para ingreso en la Escala Superior de Técnicos de

Tráfico, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas por

el sistema general de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición

y otra consistente en un curso selectivo, según las pruebas,

puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

a partir del 15 de mayo de 2000.

La duración máxima de celebración de la fase de oposición

será de seis meses, a contar desde la fecha de celebración de

la fase escrita del primer ejercicio.

1.7 Los aspirantes que superen la fase de oposición serán

propuestos por el Tribunal calificador para su nombramiento como

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el anexo I.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo

con el procedimiento de calificación previsto en la convocatoria

perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de

carrera mediante resolución motivada de la autoridad que haya

efectuado la convocatoria, a propuesta del órgano responsable

de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, y por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán realizar nuevamente el curso selectivo

en la convocatoria inmediatamente posterior, intercalándose en

el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

1.8 En ningún caso se podrá aprobar ni declarar que han

superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes

que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados

que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

1.9 Los aspirantes que en esta convocatoria obtengan una

puntuación superior al 60 por 100 de la máxima prevista para

cada uno de los dos primeros ejercicios de la fase de oposición

y que se especifican en el anexo I de la presente convocatoria,

quedarán exentos de la realización de ambos en la convocatoria

inmediatamente siguiente, siempre que los citados ejercicios sean

equivalentes en contenido y valoración.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud

de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También

podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del

cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados

miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados

de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad

que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente

de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando

así se prevea en los Tratados internacionales celebrados por la

Comunidad Europea y ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, incluyendo,

en su caso, el haber superado el proyecto "Fin de carrera". En

el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse

en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes de nacionalidad distinta a la española deberán,

igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que. teniendo

la condición de funcionarios de organismos internacionales,

posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la

convocatoria. Estos aspirantes estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación,

creada por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín

Oficial del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de

origen en el organismo internacional correspondiente,

otorgándoseles en este caso la puntuación mínima exigida para la

superación de las correspondientes pruebas. No obstante, los

interesados podrán renunciar a tal calificación con anterioridad al inicio

del proceso selectivo y participar en igualdad de condiciones que

el resto de los aspirantes en las pruebas que, en principio, han

sido eximidos.

2.3 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán

poseerse el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas

se ajustará al modelo oficial 750, que será facilitado gratuitamente

en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas,

en las Subdelegaciones del Gobierno, en el Instituto Nacional de

Administración Pública (calle Atocha, número 106), en la

Dirección General de la Función Pública y en el Centro de Información

Administrativa (calle María de Molina, número 50, de Madrid),

así como en las representaciones diplomáticas o consulares de

España en el extranjero.

Este modelo consta de tres copias: La primera para el órgano

convocante, la segunda para el interesado y la tercera para la

entidad de depósito.

3.2 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se

dirigirán al excelentísimo señor Subsecretario del Ministerio del Interior.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el ingreso

de la tasa correspondiente a los derechos de examen mediante

la validación por la entidad colaboradora en la que se efectúe

el mismo, a través de certificación mecánica o, en su defecto,

mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares del

modelo en el espacio destinado a estos efectos. En el caso de

que el pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria

desde una entidad distinta a la mencionada, deberá acompañarse

a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

El ingreso de los derechos de examen se efectuará, junto con

la presentación de la solicitud (los tres ejemplares) en cualquier

Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito de los que actúan

como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, no

debiendo indicar, en este caso, dato bancario alguno.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través

de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud el

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen,

mediante el oportuno ingreso en la cuenta corriente número

0104-0301-22-0302038584 de la oficina 0301 de Madrid, calle

Serrano, número 37, de Madrid, del Banco Exterior de España.

El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del

Banco Exterior de España o mediante transferencia de cualquier

entidad bancaria.

La presentación de solicitudes (ejemplar para el órgano

convocante, hoja número 1 del modelo 750 de solicitud) se hará

en la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, 28,

28027 de Madrid, en las Jefaturas Provinciales o Locales de Tráfico

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3 De conformidad con lo establecido por el apartado siete

del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos

de examen será de 4.000 pesetas.

Según lo dispuesto en el apartado cinco de la citada Ley

66/1997, modificado por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre,

estarán exentos del pago de la tasa:

a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar a la solicitud, a estos efectos, certificado

acreditativo de tal condición expedido por los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso,

de la Comunidad Autónoma correspondiente.

b) Los aspirantes que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

publicación de la presente convocatoria, siempre que en dicho plazo

no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en

la correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación

de las rentas, se efectuará con una declaración jurada o promesa

escrita del solicitante; ambos documentos se deberán acompañar

a la solicitud.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias

supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Para cumplimentar la solicitud, el aspirante deberá

observar las siguientes instrucciones:

3.4.1 En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Interior".

En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Subsecretaría", siendo su código 16001. En el recuadro destinado al

código de la tasa de derechos de examen deberá hacerse constar

en los dos primeros dígitos "16", siendo el código completo

"16020".

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo.

3.4.2 En el recuadro número 15 de la solicitud, destinado

a "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán constar "Escala Superior

de Técnicos de Tráfico" y el código "5700".

3.4.3 En el recuadro número 16, "Especialidad, Área o

Asignatura", se consignará la materia específica por la que se opta

(jurídica o técnica).

3.4.4 En el recuadro número 17, destinado a "forma de

acceso", los aspirantes indicarán la letra "L".

3.4.5 En el recuadro número 18 se indicará "Ministerio del

Interior".

3.4.6 En el recuadro número 19 se especificará la fecha del

"Boletín Oficial del Estado" en que se haya publicado la presente

convocatoria.

3.4.7 Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en

Madrid. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro número 20.

3.4.8 Los aspirantes con minusvalías podrán hacer constar

en el recuadro número 21 de la solicitud el porcentaje de

minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

realización de los ejercicios.

3.4.9 En el recuadro del epígrafe 24, se indicará la titulación

que se posee para participar en estas pruebas.

3.4.10 El idioma elegido (inglés o francés) se indicará en la

casilla A) del recuadro 25, correspondiente a "Datos a consignar

según las bases de la convocatoria".

3.5 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante dictará Orden en el plazo máximo de un mes,

declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos. En dicha

Orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado",

se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas, al público

las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y

excluidos y se determinará el lugar y fecha de comienzo del primer

ejercicio. Dichas listas deberán ser expuestas en todo caso, en

la Dirección General de la Función Pública, Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las

Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en

las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias y en el

Ministerio del Interior, al que la Escala está adscrita. En la lista deberán

constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de

documento nacional de identidad del aspirante, así como en su caso

la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Orden, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran

la exclusión justificando su derecho a estar incluidos en la relación

de admitidos serán definitivamente excluidos de la realización de

las pruebas.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá

interponerse, a partir del día siguiente a su publicación, recurso

potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera

dictado, en el plazo de un mes, o directamente recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano

competente del orden jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de

examen en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas

selectivas por causa imputable exclusivamente al interesado

derivada de la declaración realizada en el impreso de solicitud.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 6 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y la mitad, al menos, de sus miembros,

titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el

plazo máximo de treinta días a partir de su designación y como

mínimo diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a partir de su constitución,

el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del

Presidente y Secretario o de quienes les sustituyan, y la de la

mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como la actuación en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus tareas

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes. Dichos asesores se limitarán

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la autoridad

convocante.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este

sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que

así lo soliciten en el recuadro número 23 de la solicitud, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Tráfico, calle

Josefa Valcárcel, número 28, planta tercera, Madrid 28071,

teléfono 91 301 83 50.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "b" de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de marzo) por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal, señalada en la base 5.9, y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación, con al menos veinticuatro horas de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del

mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio que se juzgue conveniente, con al menos doce horas

de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Ministro del Interior, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer, a partir del

día siguiente a su notificación, recurso potestativo de reposición

ante el mismo órgano que lo hubiera dictado, en el plazo de un

mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses, ante el órgano competente del orden

jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos

otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que la hayan

superado, por orden de puntuación alcanzada y con indicación

del número de documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal elevará al Ministro del Interior copia

certificada de la relación de aprobados. Dicha relación deberá

publicarse, mediante Orden de esta autoridad, en el "Boletín Oficial

del Estado".

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá

interponerse, a partir del día siguiente a su publicación, recurso

potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera

dictado, en el plazo de un mes, o directamente recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano

competente del orden jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

en prácticas

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día siguiente a aquel en que se publique la lista de aprobados

en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán

presentar en la Dirección General de Tráfico, calle Josefa

Valcárcel, 28, de Madrid, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber superado todos los

estudios para la obtención de título. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero, se aportará fotocopia compulsada de

la credencial que acredite su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV de esta

convocatoria.

En el caso de que no posean la nacionalidad española, se

aportará declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso

a la función pública.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central

de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieran

para acreditar tal condición, con expresión del número e importe

de trienios, así como la fecha de su cumplimiento. Asimismo, los

funcionarios de carrera, los funcionarios de empleo interino y el

personal laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6

de marzo), deberán formular opción para la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios

en prácticas.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas de los aspirantes que

hayan superado la fase de oposición, en la que se determinará

tanto la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento

como la de inicio del curso selectivo.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 Una vez finalizado el curso selectivo, los aspirantes

aprobados efectuarán la petición de destinos, por orden de puntuación,

entre los ofertados por la Administración.

9.2 Finalizado el proceso selectivo en su totalidad, quienes

lo hubieran superado serán nombrados, a propuesta del Ministro

del Interior, funcionarios de carrera mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará

el destino adjudicado.

9.3 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá

efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9.4 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del INAP y en colaboración con los centros de formación

de funcionarios competentes en cada caso, velará por la formación

de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial

de las Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una

vez nombrados funcionarios de carrera.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 enero.

La Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión

de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la

citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de marzo de 2000.-P. D. (Orden de 30 de

noviembre de 1998, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de diciembre), el

Subsecretario, Leopoldo Calvo Sotelo Ibañez Martín.

Ilmos. Sres. Director general de la Función Pública y Director

general de Tráfico y Presidenta del Tribunal.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

Uno.-El procedimiento de selección para acceso a la Escala

Superior de Técnicos de Tráfico constará de dos partes:

a) Fase de oposición.

b) Curso selectivo.

Dos.-La fase de oposición constará de tres ejercicios, todos

ellos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en

un tiempo máximo de cuatro horas, de dos temas sobre la materia

específica a que cada opositor haya optado, extraídos al azar por

el Tribunal de entre los que constituyen el programa de dicha

materia.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que

podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con

su ejercicio.

En esta prueba se valorará el rigor analítico, el conocimiento

teórico de las materias expuestas y la capacidad de expresión

escrita.

Segundo ejercicio: Constará de dos fases:

La primera consistirá en la realización de una traducción por

escrito, en castellano, sin diccionario, de un documento redactado

en inglés o francés, a elección del aspirante. Para la práctica de

dicho ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de dos

horas.

La segunda fase consistirá en la lectura por el aspirante, en

sesión pública ante el Tribunal, de la traducción aludida, seguida

de una conversación con éste en la lengua elegida durante un

tiempo máximo de quince minutos.

Para la valoración de este ejercicio, el Tribunal podrá ser

asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

Estarán exentos de la realización de estos dos ejercicios

aquellos aspirantes que en la convocatoria inmediatamente anterior

hubieran alcanzado una puntuación superior al 60 por 100 de

la máxima prevista para cada uno de los citados ejercicios,

computándoseles una puntuación equivalente a la obtenida en la

convocatoria anterior.

Tercer ejercicio: Constará de dos fases:

a) La primera consistirá en exponer oralmente, durante media

hora, dos temas del programa extraídos al azar, uno de cada una

de las partes del programa sobre Derecho y Técnica de la

Circulación.

Los opositores dispondrán de un período de diez minutos para

la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna

clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar

el guión que, en su caso, hayan realizado.

Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez

minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante

abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente

insuficiente.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor durante un período máximo de veinte minutos sobre

aspectos de los temas que ha desarrollado.

En esta primera fase se valorará el volumen y comprensión

de los conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de

expresión oral.

b) La segunda fase consistirá en la resolución de un supuesto

práctico durante un período máximo de cuatro horas relacionado

con el grupo de materias de Derecho y Técnica de la Circulación.

Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que

consideren necesarios y que aporten para la ocasión.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que

podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con

su ejercicio durante un período máximo de diez minutos. En esta

prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad

de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Tres.-Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de

la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará la contestación de cada uno de

los dos temas de cero a 10 puntos, siendo necesario para su

superación obtener un total de 10 puntos y no ser calificado con cero

en ninguno de ellos.

Segundo ejercicio: La calificación global del ejercicio será de

cero a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener

un mínimo de cinco.

Tercer ejercicio: La primera fase se calificará de cero a 10

puntos cada uno de los temas y para pasar a la segunda fase

será necesario obtener al menos ocho puntos y no ser calificado

con cero en ninguno de los dos temas.

La segunda fase se calificará de cero a 20 puntos, siendo

necesario para su superación obtener un mínimo de ocho y no ser

calificado con cero.

Para superar este tercer ejercicio será necesario alcanzar al

menos 20 puntos, sumando la puntuación obtenida en cada una

de las dos fases de que consta el mismo.

La calificación final en la fase de oposición de los aspirantes

vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en

los diferentes ejercicios.

El número de aprobados en esta fase podrá ser superior al

de plazas convocadas.

Cuatro.-El curso selectivo será organizado por el Instituto

Nacional de Administración Pública en colaboración con la

Dirección General de Tráfico y tendrá como finalidad primordial la

adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de

los aspirantes para el ejercicio de las funciones de dirección,

coordinación, programación y estudio. El comienzo del mismo tendrá

lugar dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de

la fase de oposición.

La duración del curso selectivo, que en ningún caso será

superior a seis meses, su calendario y programa, así como las normas

internas que hayan de regularlo, serán establecidas conjuntamente

por el Instituto Nacional de Administración Pública y la Dirección

General de Tráfico.

El curso selectivo se calificará de cero a 30 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener 15 puntos como mínimo.

Cinco.-La calificación final de los aspirantes vendrá integrada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en el curso selectivo, no pudiendo exceder el número de

aprobados al de plazas convocadas.

Finalizada la fase de oposición, en caso de empate, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en el tercer ejercicio, y, caso de persistir el empate,

a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio; de persistir

el mismo, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el

segundo ejercicio.

Finalizado todo el proceso selectivo, en caso de empate en

la totalidad del proceso selectivo, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición,

y, de persistir, se seguirán los criterios previstos en el párrafo

anterior.

ANEXO II

Materias jurídicas

1. Fuentes del Derecho, especial referencia a las del Derecho

Administrativo. El ordenamiento jurídico y sus principios

ordenadores. La jerarquía y la competencia. Las fuentes escritas y

no escritas en el ordenamiento jurídico español.

2. La Ley: Teoría general. Tipos de leyes. Reserva de Ley.

Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley:

Decretos-Legislativos y Decretos-leyes.

3. El Reglamento. Concepto y clases. Relaciones entre la

Ley y el Reglamento. La potestad reglamentaria y sus límites. El

control de los Reglamentos.

4. Las personas jurídicas públicas. Tipología general de los

entes públicos en España. La capacidad de los entes públicos.

5. Las situaciones jurídicas subjetivas en el Derecho

Administrativo. Las situaciones activas: En especial, la potestad, el

derecho subjetivo y el interés legítimo. Las situaciones pasivas y mixtas.

6. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del

acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma. La motivación.

7. La eficacia del acto administrativo: Principios generales.

Efectividad del acto administrativo. Procedimientos de ejecución.

Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos

administrativos. La revisión de oficio: Su ámbito de aplicación

y eficacia.

8. Los ciudadanos ante la Administración pública. Derechos

de los ciudadanos y deberes de la Administración.

9. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza.

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de aplicación

y principios informadores. Iniciación, ordenación, instrucción y

terminación del procedimiento. El silencio administrativo: Sus

efectos y límites en la actuación administrativa.

10. Los procedimientos administrativos especiales: El

procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter

general. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía

judicial.

11. La potestad sancionadora de la Administración.

Principios generales. El procedimiento sancionador. El Reglamento del

procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

12. Los recursos administrativos. Requisitos generales de los

recursos administrativos. Materia recurrible. Legitimación y

órgano competente. Clases de recursos. El recurso de alzada, de

reposición y el extraordinario de revisión.

13. Las reclamaciones económico-administrativas.

14. La responsabilidad patrimonial de la Administración

Pública. Principios, regulación y procedimientos. La

indemnización.

15. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y

naturaleza. El recurso contencioso-administrativo. Capacidad

procesal, legitimación, representación y defensa. Actos impugnables.

16. El recurso contencioso-administrativo. Procedimiento

general: Requisitos previos, iniciación, tramitación. Recursos de

súplica y revisión. Ejecución de sentencias.

17. Los contratos de las Administraciones públicas.

Disposiciones comunes. Requisitos y garantías exigidas para contratar

con la Administración. Los pliegos de cláusulas administrativas

y de prescripciones técnicas. Perfección y formalización de los

contratos. Tramitación de los expedientes de contratación.

Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución y modificación

de los contratos. Revisión de precios. Extinción de los contratos.

Cesión de los contratos y subcontratación.

18. Los contratos administrativos. El contrato de obras. El

contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de

suministro. Los contratos de consultoría y asistencia, de servicios y

de trabajos específicos y concretos no habituales de la

Administración. Los contratos administrativos especiales. Los contratos

privados de la Administración.

19. La actividad administrativa de policía en el Estado de

derecho: Manifestaciones más importantes. El fomento:

Manifestaciones.

20. La Administración pública en sus relaciones con los

poderes públicos. Conflictos de atribuciones.

21. Policía de orden y de la seguridad pública. Protección

civil.

22. La ciencia de la administración: Orientaciones históricas

y doctrinales. El objeto de la ciencia de la Administración.

23. Las organizaciones. Organización formal e informal. La

dirección en las organizaciones. Teoría de la decisión. Jerarquía,

liderazgo y participación.

24. La planificación y programación de la actividad

administrativa. Registro, proceso y acceso a la información. Los datos

de carácter personal y el derecho a la intimidad: La LORTAD.

25. Función pública y burocracia. La relación de servicios

entre la Administración y los empleados públicos: Régimen

estatutario y Derecho Laboral. La evolución de la función pública

española. Situación actual.

26. Estructura de la función pública de la Administración del

Estado. Órganos superiores de la función pública. Selección de

los funcionarios. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones

administrativas.

27. Los Derechos de los funcionarios. Derechos de carácter

profesional. Derechos económicos. Derechos sociales. Derechos

colectivos. El derecho de huelga y el de representación.

28. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios. La

responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario.

29. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. El

concepto de Constitución. La Constitución Española. Contenido.

Eficacia y aplicabilidad. La supremacía formal y material de la

Constitución. La interpretación de la Constitución.

30. Los derechos fundamentales: Evolución histórica y

conceptual. Las declaraciones de derechos y su problemática jurídica.

Los derechos fundamentales, las libertades públicas y los derechos

económicos y sociales en la Constitución Española.

31. La Corona. Atribuciones según la Constitución Española.

Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado.

Composición y funciones.

32. El Gobierno en el sistema constitucional español.

Composición. La designación y remoción del Gobierno y su Presidente.

33. Los órganos de la Administración Pública. Origen y

contenido. Estructura y dinámica de los órganos. Tipos de órganos.

La organización administrativa configurada en el ámbito de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de

la Administración General del Estado.

34. La Administración pública. Principios constitucionales

informadores. La Administración del Estado. Órganos superiores

de la Administración del Estado.

35. La organización periférica de la Administración del

Estado. Delegados del Gobierno. Otros órganos periféricos. Potestad

sancionadora de los Delegados del Gobierno y Subdelegados del

Gobierno.

36. Los Organismos autónomos y las empresas estatales:

Regulación y situación actual. Entes públicos. Su regulación en

el ámbito de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado.

37. La Administración consultiva. Estudio especial del

Consejo de Estado.

38. Los principios de la organización administrativa: La

competencia y las técnicas de traslación de competencias. Los

principios de dirección y jerarquía. Las técnicas de coordinación y

control.

39. Las Comunidades Autónomas. El proceso de formación

del sistema autonómico en España. La organización política y la

administración de las Comunidades Autónomas.

40. Funciones y competencias del Estado y de las

Comunidades Autónomas. Normas estatales de delimitación de

competencias. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades

Autónomas.

41. La Administración local: Regulación constitucional.

Entidades que integran la Administración local. Líneas generales de

la organización del municipio y la provincia.

42. Las relaciones entre los entes locales y las

Administraciones territoriales superiores.

43. El Tratado de adhesión de España a la Comunidad

Económica Europea, antecedentes y contenido. Problemática

económica de la plena integración en la Unión Europea. Repercusión

de las políticas sectoriales comunitarias. Acuerdo sobre el espacio

económico europeo. La Unión Europea: El Tratado de Maastrich.

44. Las instituciones de la Unión Europea: El Consejo de

Ministros, la Comisión, el Parlamento Europeo y el Tribunal de

Justicia.

45. El Derecho comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre

el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados

miembros. La aplicación del Derecho comunitario en los Estados

miembros.

46. Adecuación del ordenamiento jurídico español al derecho

comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en

la aplicación del Derecho comunitario.

47. El presupuesto: Concepto y clasificación. Principios

presupuestarios. Crisis del modelo clásico de presupuesto. Las nuevas

técnicas presupuestarias. Las funciones del presupuesto: Su

evolución.

48. La Ley General Presupuestaria: Características y

estructura. Gastos e ingresos del Estado y de sus organismos autónomos:

Su estructura. La Ley anual de Presupuestos Generales del Estado.

Preparación y aprobación del presupuesto.

49. La ejecución del presupuesto. Operaciones necesarias.

Gestión de los diferentes gastos. Modificaciones presupuestarias.

Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas. Gestión de

los diferentes ingresos en los organismos autónomos.

50. El control presupuestario: Concepto, naturaleza y ámbito

de aplicación. Clases de control. La contabilidad como medio de

control. Auditorías.

51. Los ingresos públicos: Conceptos y clasificación. El

sistema tributario español: Evolución histórica y régimen actual.

Tasas y precios públicos. Especial referencia a las tasas en el

organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.

52. El Impuesto sobre Sociedades. Impuesto de Sucesiones.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. El Impuesto sobre

vehículos de Tracción Mecánica.

53. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Referencia al

Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y al Impuesto sobre

el Tráfico de Empresas (ITE).

54. La Seguridad Social del personal al servicio de las

Administraciones públicas. Clases pasivas y mutualismo administrativo.

55. La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y

cotización. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.

56. Modos de adquirir el dominio. La teoría del título y el

modo de adquirir: Posición del Código Civil español. Especies

de modos de adquirir.

57. Estudio del contrato de compraventa. Constitución,

perfeccionamiento y consumación. El retracto: Sus clases. Vicios

redhibitorios.

58. Estudio de la compraventa de bienes muebles. La

compraventa de bienes muebles a plazos. El contrato de venta a plazos:

Estudio de su regulación. El registro de ventas a plazos. El registro

de hipoteca mobiliaria.

59. La sucesión. Institución de herederos: Sus modos y

efectos. Sucesión testada. El testamento: Sus clases. Revocación de

testamentos.

60. Estudio de las legítimas. Estudio de los artículos 811 y

812 del Código Civil. La mejora. El derecho de acrecer. Aceptación

y repudiación de la herencia. Aceptación a beneficio de inventario.

La colación. Sus efectos.

61. Sucesión intestada. Modos de suceder, órdenes y grados.

Partición de la herencia: Operaciones. Efectos de la partición.

Impugnación, rescisión e ineficacia de la partición.

62. Estudio de los delitos contra la Constitución regulados

en el Código Penal.

63. Estudio de los delitos contra la Administración pública

regulados en el Código Penal.

64. La Organización de las Naciones Unidas: Orígenes,

objetivos y fines. Estructura y organización.

65. Participación de España en otros organismos

internacionales: La organización para la cooperación y desarrollo de Europa.

Los grupos de expertos creados dentro de la misma.

Materias técnicas

1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. El

concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica.

Los valores superiores en la Constitución Española.

2. Los organismos autónomos y las empresas estatales.

Regulación y situación actual. Entes públicos.

3. Estructura de la función pública de la Administración del

Estado. Órganos superiores de la función pública. Selección de

los funcionarios. Derechos, deberes e incompatibilidades de los

funcionarios. La responsabilidad de los funcionarios. Régimen

disciplinario.

4. Los contratos administrativos. La Ley de Contratos de

las Administraciones Públicas. Clases de contratos. Clasificación

de los contratistas. Fianzas. Formas de adjudicación. Riesgos y

ventura y fuerza mayor en la contratación administrativa.

5. Los proyectos de obras. Su autorización. Anteproyectos

y estudios previos. Estructura del proyecto. Pliegos de cláusulas

administrativas: Generales y particulares. Las normas técnicas y

los pliegos de condiciones técnicas. El replanteo.

6. La ejecución del contrato de obras. Régimen de relaciones

con el contratista. Modificación del contrato. Suspensión de las

obras. Revisión de precios. Recepciones y liquidación.

Contratación de servicios y suministros. Contratos de asistencia técnica.

7. Programación del trabajo. Programación lineal y

dinámica. Técnicas de programación de actividades de obra. Control

y seguimiento del trabajo. El control de calidad. Normativa técnica.

Control de calidad en los pliegos de condiciones. Calidad de los

materiales y de la ejecución. Laboratorios de control de obras.

Pruebas finales y recepción.

8. Seguridad y salud en el trabajo de la construcción. Ley

de Prevención de Riesgos Laborales y demás normativa de

desarrollo, en especial el Decreto 1627 de 24 de octubre de 1997. Estudio

de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud. Coordinadores

de seguridad y salud.

9. Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras: Principios

que la informan y análisis de su contenido. Reglamento de

carreteras del Estado. Leyes y Reglamentos de carreteras de las

Comunidades Autónomas.

10. El transporte interurbano por carretera. Estructura del

sector, tráficos, costes y tarifas, evolución, normativa vigente. La

demanda del transporte. Elasticidades, factores cualitativos de la

demanda, costes de congestión, accidentes, incidencias sobre el

medio ambiente. Modelos de previsión de demanda.

11. El tráfico en la red de carreteras españolas. Prospección

y evaluación del tráfico. Métodos. Modelos convencionales.

Generación de viajes. Distribución modal y zonal. Asignación de las

redes. Evaluación de alternativas.

12. Clasificación de las carreteras. Normativa. Características

geométricas de las carreteras. Trazado en planta. Trazado en

alzado. Sección transversal. Carreteras con calzadas separadas.

Obtención de datos. Cartografía. Selección del trazado por métodos

informáticos.

13. Elementos de los nudos. Generalidades. Movimientos de

paso. Movimientos de giro. Isletas. Carriles de cambio de velocidad

y espera. Bifurcaciones y confluencias. Vías colectoras

distribuidoras.

14. Morfología de las intersecciones. Generalidades.

Emplazamientos de la intersección. Intersecciones de tres ramales.

Intersecciones de cuatro ramales. Intersecciones de más de cuatro

ramales. Intersecciones semaforizadas.

15. Glorietas. Funcionamiento de una glorieta. Capacidad.

Factores que influyen en la seguridad de la circulación. Tipos de

glorietas. Implantación de glorietas. Características de trazado.

16. Señalización, balizamiento y elementos de seguridad de

las carreteras. Ordenación y regulación de la circulación. Estudios

de seguridad y análisis de costes y eficacia.

17. Señalización de obras: Principios generales. Ordenación

de la circulación en presencia de obras fijas. Limitación de la

velocidad. Cierre de carriles a la circulación y desviación a carriles

provisionales. Balizamiento. Zonas vedadas a la circulación.

Carriles provisionales. Ordenación en sentido único alternativo.

18. Tipos de sistemas de contención de vehículos.

Clasificación. Sistemas de contención de vehículos admitidos.

Normalización. Empleo.

19. Disposición de los sistemas de contención de vehículos.

Disposición de las barreras de seguridad y pretiles. Posiciones

longitudinal, transversal y en altura. Inclinación. Cimentación.

Extremos. Zonas especiales.

20. Firmes de carreteras. Bases de proyecto. Materiales.

Métodos de cálculo. Selección. Normativa. Firmes drenantes.

Características de las mezclas bituminosas porosas. Ventajas y

limitaciones de su empleo. Análisis y valoración de su

comportamiento. Criterios para el proyecto.

21. El movimiento de los vehículos. Factores que influyen.

Par motor y esfuerzo tractor. Resistencia al avance. Marcha de

los vehículos en recta. Trayectoria de los vehículos en las curvas.

Interacción entre ruedas y pavimento en rectas. Interacción entre

ruedas y pavimento en curvas.

22. La adherencia entre rueda y pavimento. Rozamiento del

caucho. La influencia de capas de agua en la superficie. Influencia

del tipo de superficie. Influencia de las características del

neumático. Movimiento de la rueda. Rodadura simple. Rodadura y

desplazamiento. Medida de coeficientes de resistencia al

deslizamiento. Valores mínimos de la resistencia al deslizamiento.

23. Vialidad invernal. Generalidades. Fenómenos

meteorológicos que afectan a la vialidad invernal. Técnicas empleadas para

combatir los efectos de la nieve y el hielo. Medios de previsión

y alerta de los fenómenos meteorológicos. Medios de información.

24. Conceptos de capacidad y niveles de servicio. Medidas

de circulación. Características de la circulación continua y

discontinua.

25. Parámetros fundamentales del tráfico. Relaciones entre

ellos. Características del flujo del tráfico, variación, distribución

y composición

26. Velocidad y visibilidad. Velocidad de recorrido. Velocidad

específica. Velocidad de proyecto. Velocidad máxima. Velocidad

en rampas. Visibilidad, Principios. Distancia de visibilidad.

Distancias de parada y adelantamiento.

27. Análisis de la circulación y de la capacidad en autopistas.

Tramos de trenzado. Enlaces. Carriles de aceleración y

deceleración.

28. Capacidad del transporte colectivo. Movimiento de

viajeros. Capacidad de viajeros. Nivel de servicio. Tratamiento

preferente para autobuses. Carriles para vehículos de alta ocupación.

29. Estudio del tráfico y análisis de la demanda. Aforos:

Objeto, método. Aforos manuales y automáticos. Fotografía. Programas

de aforo. Plan Nacional de las Carreteras Españolas. Estaciones

permanentes de control y cobertura. Aforos en redes urbanas.

Obtención de la IMD. Precisión de los aforos.

30. Intersecciones controladas por semáforos. Cruces

semiactuados. Cruces totalmente actuados. Sincronización entre cruces.

Capacidad de las intersecciones controladas por semáforos.

Regulación y control del tráfico en travesías urbanas. Control de

velocidad en travesías. Distintos sistemas. Elementos de protección

al peatón.

31. Centralizaciones urbanas. Estructuración en zonas.

Estructura física. Central de zona. Ordenador central.

Reguladores. Estrategias de control, selección y generación de planes de

tráfico.

32. Control de la circulación en accesos a ciudades. Sistemas

de detección. Sistemas de control y sistemas de señalización

variable. Control de rampas. Establecimiento de carriles a

contracorriente en función de la demanda. Itinerarios alternativos.

33. Alumbrado público. Visión energía radiante. Intensidad

luminosa. Iluminancia. Luminancia. Ley de Lambert.

Deslumbramiento, Criterios de calidad. Evaluación del deslumbramiento

molesto y perturbador.

34. Iluminación de túneles. Problemática de los túneles.

Posibles alternativas. Recomendaciones internacionales para la

iluminación de los túneles.

35. Medios de transmisión de los datos de tráfico. Concepto.

Tipos: Cable de cuadretes, fibra óptica, ondas electromagnéticas.

Aplicaciones al control y a las comunicaciones. Ventajas,

inconvenientes y limitaciones.

36. Postes de auxilio. Elementos del poste. Disposición en

carretera. Señalización. Medios de transmisión. Utilización de la

banda de frecuencias.

37. Principios básicos de TVCC. Introducción a la televisión.

Iluminación y óptica. Dispositivos de captación. Cámaras.

Transmisión. Distribución y conmutación. Disposición de monitores.

Medios de grabación y conexión. Control remoto.

38. Señalización dinámica. Paneles de mensaje variable.

Tipología. Ventajas e inconvenientes. Señales de fibra óptica.

Configuración. Paneles led's gráficos y alfanuméricos. Configuración.

39. Estadística. Conceptos fundamentales: Fenómeno,

suceso, información, aleatoriedad, etc. Estadística descriptiva.

Inferencia estadística. Cálculo de probabilidades. Concepto de

probabilidad.

40. Distribución unidimensional. Distribución de frecuencias.

Representación gráfica. Medidas de posición: Media, mediana,

moda. Cuartiles, deciles y percentiles.

41. Medidas de dispersión de una distribución

unidimensional: Varianza, desviación típica, recorrido, coeficiente de

variación, momentos, asimetría y curtosis.

42. Distribuciones bidimensionales. Distribuciones

marginales y distribuciones condicionadas. Momentos respecto al origen

y momentos centrales. Asociación entre variables.

43. Concepto de muestreo. Muestreo de poblaciones infinitas.

Muestreo de poblaciones finitas. Tipos de muestreo.

44. Inferencia estadística: Concepto y métodos. Estimación:

Concepto y propiedades de los estimadores. Contraste y tipos de

hipótesis.

45. Series temporales. Características y análisis de las series

temporales. Tendencia secular.

46. Variaciones estacionales. Desestacionalización.

Fluctuaciones cíclicas. Variaciones accidentales. Análisis conjunto de

series temporales.

47. Definición y estructura de los sistemas de información.

Funciones básicas de tratamiento de la información. Sistemas de

ayuda a la decisión. El proceso de la decisión.

48. Organización y funcionamiento de un centro de proceso

de datos: Introducción. Organización y funciones de las áreas de

desarrollo. Área de sistemas. Staff. Microinformática y soporte

a usuarios.

49. El modelo en cascada del ciclo de vida: Contenido de

las fases. La planificación estratégica de sistemas de información

y comunicaciones como factor de productividad y competitividad.

La calidad del "software".

50. Estructura física de los ordenadores. La Unidad Central

de Proceso. El subsistema de entrada/salida.

51. La periferia de un sistema informático: Discos, cintas,

cartuchos, discos ópticos, impresoras. Otros tipos de dispositivos.

52. La lógica de los ordenadores. Los sistemas operativos.

Compiladores e intérpretes. Programas de aplicación. Lenguajes

de programación. Rutinas de entrada/salida.

53. Los sistemas de gestión de base de datos. Evolución

histórica. El modelo relacional: Las reglas de Codd y la normalización.

54. Tipos de sistemas informáticos. Grandes ordenadores.

Miniordenadores. Estaciones de trabajo. Ordenadores personales.

55. Los ordenadores personales. Arquitectura. Sistemas

operativos.

56. Herramientas de informática personal. Procesadores de

texto. Autoedición. Hojas de cálculo. Gráficos. Gestores de datos.

57. Sistemas de informática de oficina. Ofimática: Definición.

Tecnología ofimática. Groupware. El proceso electrónico de

documentos.

58. Los sistemas de información geográfica: Introducción.

Conceptos básicos. Áreas de aplicación. Medios de transmisión.

Modos de comunicaciones.

59. Elementos de un sistema de transmisión. Degradación

de los sistemas de transmisión. Clasificación de los sistemas de

transmisión. Técnicas de transmisión.

60. Sistemas de cableado: Introducción Conceptos básicos.

Tipos de cables. Sistemas de cableado estructurado.

61. Redes de área local (LAN): Introducción. Topología.

Métodos de acceso. Equipos para interconexión de redes LAN. Redes

de área extendida (WAN).

62. Sistemas abiertos: Definición. Conceptos relacionados

con los distintos niveles de apertura. Sistemas abiertos y

estándares. Organizaciones relacionadas con los sistemas abiertos.

63. Servicios avanzados de comunicaciones y de valor

añadido: Videotex. RDSI. EDI. Datáfono. Videoconferencia.

Audioconferencia. La Red Ibercom. Telefonía móvil.

64. El correo electrónico: Introducción: Correo electrónico

y mensajería. Características generales. Aplicaciones y facilidades.

Interoperabilidad: "Gateways" y servidores de integración.

Estandarización. Tendencias actuales.

65. La contratación de bienes y servicios de tecnologías de

la información en la Administración del Estado. Los datos de

carácter personal y el derecho a la intimidad: La LORTAD.

Derecho y técnica de la circulación

I. Derecho de la circulación

1. La circulación vial: concepto. Factores que intervienen.

Su regulación legal: antecedentes históricos y situación actual.

La Ley de Bases sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor

y seguridad vial. Texto articulado y desarrollo reglamentario. El

Código de la Circulación.

2. Competencias ministeriales en materia de tráfico,

circulación y transporte por carretera. La Dirección General de Tráfico.

servicios centrales y organización periférica. Estructura orgánica

y funcional.

3. Las transferencias en materia de ejecución de la

legislación del Estado en el ámbito del Real Decreto Legislativo

339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado

de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y

Seguridad Vial. Situación actual en relación a las transferencias

realizadas en el País Vasco y Cataluña.

4. Los Convenios Internacionales en materia de tráfico: Su

importancia y justificación. Especial referencia a los convenios

vigentes ratificados por España: Ginebra.

5. La División de Transportes de las Naciones Unidas.

Comité de Transportes Interiores: Sus grupos de trabajo. Especial

referencia los grupos de trabajo sobre seguridad vial. La Conferencia

Europea de Ministros de Transportes. La participación de España

en otras asociaciones de índole internacional: La Prevention

Routiére Internationale. Referencia a las disposiciones más

importantes dimanantes de la Unión Europea en materia de tráfico.

6. El Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia

de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Normas generales. Denuncia: Clases. Tramitación del expediente.

Potestad sancionadora de los Delegados del Gobierno y

Subdelegados en el ámbito del procedimiento sancionador en materia

de tráfico.

7. Carácter general del procedimiento sancionador a que

se refiere el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, derivado

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Especial referencia a los artículos 6 y 8 respecto

a la caducidad de las denuncias y pago voluntario anterior a la

resolución respectivamente. Su supletoriedad.

8. Recursos contra las resoluciones sancionadoras.

Procedimiento para la exacción de multas.

9. Legislación española en materia de transporte por

carretera. Ley de Ordenación del Transporte Terrestre y Reglamentos

que la desarrollan. Las autorizaciones para el transporte.

Competencia sancionadora por infracciones a la normativa de los

transportes por carretera, su tramitación y recursos.

10. El tacógrafo: Concepto y clases. Tacógrafos mecánicos.

Tacógrafos electrónicos. El factor W. Verificación, precintado y

revisiones de los tacógrafos. Vehículos para los que es obligatorio

el uso del tacógrafo. La técnica del tacógrafo. El disco diagrama.

Tiempos de conducción y descanso. Infracciones y sanciones.

11. Aspectos jurídico-penales de la circulación. Los delitos

y las faltas contra la seguridad del tráfico. Omisión del deber del

socorro. Estudio de los posibles delitos de falsificación

relacionados con el tráfico. El robo y hurto de uso de vehículos. La

alcoholemia y su normativa.

12. La Ley de Carreteras del Estado y de las Comunidades

Autónomas y sus Reglamentos. Objeto y finalidad. Estudio

comparativo. Principales diferencias. Concepto y clases de carreteras.

Vías que no tienen la consideración de carreteras. Planes

Generales de Carreteras del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Uso y defensa de las carreteras. travesías y redes arteriales.

13. La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la

Circulación de Vehículos a Motor. El aseguramiento obligatorio.

Satisfacción de la indemnización en el ámbito del seguro obligatorio.

Estudio del artículo 636 del Código Penal.

14. Normas generales de circulación. Principios generales.

En el sentido de la circulación: Posición en la calzada. Utilización

de carriles en poblado y fuera de poblado. Supuestos especiales

de utilización de carriles: Carriles reversibles, carriles de utilización

en sentido contrario al habitual, carriles adicionales, carril BUS,

carril VAO. Circulación por el arcén: Conductores obligados a

su utilización.

15. La velocidad y su normativa. Distancia entre vehículos:

Lateral y frontal. La prioridad de paso: Normas de prioridad en

intersecciones, tramos en obras y estrechamientos, paso por

puentes y obras de paso, tramos de gran pendiente. Vehículos

prioritarios. Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos.

16. Maniobras básicas de la circulación: Concepto y normas

generales para su realización. Incorporación a la circulación.

Cambios de dirección, calzada y carril. Cambio del sentido de la

marcha. Marcha hacia atrás.

17. El adelantamiento: Su regulación. Obligaciones del

conductor del vehículo que adelanta y del adelantado antes, durante

y después del adelantamiento. Supuestos especiales de

adelantamiento. Maniobras que no se consideran adelantamiento.

18. Inmovilizaciones. Detención, parada y estacionamiento:

Su regulación. Otras inmovilizaciones: Inmovilizaciones

ordenadas por los Agentes de la autoridad. Retirada de vehículos de

la vía pública.

19. . El transporte de personas. Emplazamiento y

acondicionamiento: Cinturón de seguridad, casco, elementos de seguridad

para niños y otros elementos de protección. Transporte de

mercancías o cosas: Disposición, dimensiones, acondicionamiento y

señalización de la carga. Operaciones de carga y descarga.

Limitaciones a la circulación: Temporales y permanentes.

20. Los sistemas de alumbrado y señalización óptica de

vehículos: Utilización, circulación nocturna y en condiciones

meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la

visibilidad. Las señales acústicas: Su utilización.

21. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Peculiaridad de

las normas que la regulan. Carriles y pasos para ciclistas.

Condiciones técnicas que deben reunir. Prohibiciones especiales.

Circulación de animales y vehículos de tracción animal. Prioridad

de paso de los conductores sobre los animales: Excepciones.

22. La Circulación urbana: Su regulación. Competencias de

los municipios. El peatón y su comportamiento: Circulación de

peatones por vías urbanas e interurbanas. Pasos para peatones.

Prioridad de paso de los conductores sobre los peatones:

Excepciones.

23. Circulación de automóviles: Condiciones técnicas que

deben reunir para que sea permitida su circulación por las vías

públicas. Requisitos administrativos. Remolques: Requisitos para

su circulación.

24. Pesos y dimensiones de los vehículos: Su regulación.

Vehículos en servicios especiales. Transportes especiales. Pruebas

deportivas: Su regulación.

25. Vehículos especiales. Concepto y clasificación. Requisitos

que deben reunir para que se autorice su circulación. Circulación

de tractores agrícolas y sus remolques. Vehículos históricos.

Requisitos de circulación.

26. Permisos y licencias de conducción: Su naturaleza, clases

y vehículos que autorizan a conducir. Requisitos exigidos para

su obtención.

27. Prórroga de la vigencia de permisos y licencias de

conducción. Variación de datos y duplicados de permisos y licencias

de conducción. El permiso comunitario. Permisos expedidos en

Estados miembros de la Unión Europea: Su validez en España,

inscripción, sustitución y canje. Permisos expedidos en países no

comunitarios. Permisos de conducción de los diplomáticos

acreditados en España. Permisos de conducción expedidos por la

autoridad militar o policial: Canje de los mismos.

28. Suspensión, nulidad, anulabilidad y pérdida de vigencia

de los permisos y licencias de conducción. Medidas cautelares:

Suspensión cautelar e intervención. Recursos. El registro de

conductores e infractores.

29. Aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores

de vehículos a motor. Los centros de reconocimiento de

conductores destinados a verificarlas: Su regulación. Autorización,

inscripción y funcionamiento de los mismos. Nulidad, anulabilidad,

extinción, suspensión y cancelación de la inscripción.

30. Pruebas de aptitud para obtener permisos y licencias de

conducción. Pruebas de control de conocimientos: Común y

específicas. Pruebas de control de aptitudes y comportamientos: En

circuito cerrado y en circulación en vías abiertas al tráfico general.

Vehículos a utilizar en las pruebas: Requisitos que han de reunir.

31. La enseñanza de la conducción en España. Licencia de

aprendizaje: Su regulación. Escuelas particulares de conductores:

su reglamentación y ámbito de aplicación. Elementos personales

y materiales, material didáctico. Régimen de enseñanza.

Documentación y distintivos obligatorios.

32. Autorizaciones de apertura y funcionamiento de las

escuelas particulares de conductores: alcance, modificación, extinción,

revocación y suspensión de las mismas. Autorizaciones del

personal directivo y docente: Alcance, revocación, suspensión y

modificación de las mismas. Inspecciones, sanciones y medidas

cautelares complementarias.

33. Matriculación de vehículos. Trámites y documentos. El

registro de vehículos. Matrícula turística. Matrícula diplomática.

Las reservas de dominio y otras limitaciones a la facultad de

disponer. La circulación de vehículos en prueba, transporte y con

permiso temporal.

34. Transferencias de vehículos matriculados. Inspección

técnica de vehículos: Inspecciones previas a la matriculación,

periódicas y extraordinarias. Resultado de las inspecciones. Reformas

de importancia: Concepto, tipos y procedimiento para su

tramitación. Duplicados y bajas.

35. La Comisión Interministerial de Seguridad Vial: Creación,

composición y funciones. Acuerdos adoptados. Suplencias. Otras

Comisiones de países europeos. El Consejo Superior de Tráfico

y Seguridad de la Circulación Vial: estructura y organización.

Objetivos y funciones. El Plan Nacional de Seguridad Vial. El Plan

Estratégico Básico de Seguridad Vial: Objetivos. El Pacto Social.

36. Comportamiento en caso de accidente: Medidas a

adoptar. Alcoholemia: Su regulación. Estupefacientes y sustancias

psicotrópicas: Pruebas para su detección. Medios de comprobación

objetiva de infracciones: Medidores de velocidad, luces, ruidos,

humos, control de peso. Responsabilidades penales.

37. El transporte de mercancías que requieren precauciones

especiales. El transporte de mercancías peligrosas y su normativa:

El Reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías

Peligrosas por Carretera (TPC) y el Acuerdo Europeo sobre transporte

Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). El

conductor de vehículos que transporten mercancías peligrosas:

Autorización especial, requisitos para su obtención, plazo de

vigencia, prórroga de la misma y pruebas a realizar.

38. El transporte colectivo de viajeros y servicios públicos

de transporte de mercancías. El transporte escolar o de menores:

Su regulación. Autorización especial del conductor: Requisitos

para su obtención, período de vigencia y prórroga de la misma.

39. La vigilancia de la circulación en España: Antecedentes.

La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Organización y

misiones. Relaciones con la Dirección General de Tráfico.

II. Técnica de la circulación

40. Concepto de seguridad vial. Objetivos. Elementos

concurrentes en la seguridad vial: El hombre, el vehículo y la vía.

41. La educación vial escolar. Concepto y justificación.

Conexión con el sistema educativo español. Planificación e

investigación en materia de: Objetivos, contenidos, actividades,

metodología, recursos didácticos y evaluación. Otras actividades

relacionadas con la educación vial infantil. Psicología del desarrollo.

42. La formación vial: Concepto y justificación. Programación

y planificación. Tipos, contenidos, objetivos, métodos y materiales

específicos de la enseñanza de la conducción.

43. El aprendizaje de la conducción. Variables y condiciones

que afectan al mismo. Especialidades del autoaprendizaje. La

evaluación. Concepto, funciones, criterios e instrumentos de

evaluación.

44. La educación vial permanente. Empleo de las técnicas

de comunicación. Campañas de divulgación: Evaluación.

Influencia de la publicidad en el comportamiento de los usuarios.

Normativa española en relación con la publicidad de vehículos de

motor. Actividades de educación vial dirigidas a grupos

específicos.

45. La psicología y la conducción. Proceso selectivo de

conductores desde el punto de vista psicológico: Aportación de la

psicología al conocimiento de las conductas de los conductores.

El procesamiento de la información. La atención y la percepción

como elementos básicos para la toma de decisiones. El tiempo

de reacción.

46. Factores que pueden afectar al procesamiento de la

información y a la toma de decisiones: Importancia relativa de la visión

y otros sentidos. Estados psicofísicos transitorios. Problemática

específica del alcohol, drogas y medicamentos. La teoría de los

biorritmos.

47. Conducta, conducción y sociedad. Diferencias

individuales y conducción. Variables de personalidad, variables

demográficas y conducción. La propensión al accidente. Los estilos

cognitivos. Psicología social y conducción. La violencia en el tráfico,

la agresión.

48. Medicina y seguridad vial. Funciones preventivas: El

proceso selectivo de conductores desde el punto de vista médico.

Problemática específica de las personas discapacitadas.

Importancia de la medicina en la investigación de accidentes.

Impor

tancia de una atención adecuada y de un traslado rápido y eficaz

de los accidentados. Principales lesiones producidas por los

accidentes de tráfico. Rehabilitación y reinserción social de las

víctimas.

49. El vehículo como elemento de la seguridad vial. Seguridad

activa y pasiva de los vehículos. Elementos de seguridad activa.

Elementos de seguridad pasiva.

50. Intensidad de tráfico. Definición. Velocidad. Definiciones.

Velocidad de percentil 85. Tiempos de recorrido y demoras.

Densidad de tráfico. Relaciones entre la intensidad, la velocidad y

la densidad.

51. Concepto de capacidad y niveles de servicio. Capacidad

y niveles de servicio en circulación continua. Factores que influyen

en la capacidad y en los niveles de servicio. Capacidad en

condiciones ideales, en autopistas y autovías y en carreteras de dos

carriles.

52. Visibilidad. Distancia de parada. Visibilidad de parada.

Distancia de adelantamiento. Visibilidad de adelantamiento.

Distancia de cruce. Visibilidad de cruce. Visibilidad en curvas

circulares.

53. Intersecciones: Concepto, funcionamiento y clasificación.

Tipos de intersecciones. Intersecciones canalizadas y sin canalizar.

Principios básicos. Soluciones tipo. Visibilidad en intersecciones.

54. Enlaces: Generalidades. Justificación del enlace.

Nomenclatura y definiciones. Tipos de enlaces. Capacidad. Niveles de

servicio. Tramos de trenzado. Ramales de enlace.

55. Glorietas. Concepto y clases de intersecciones giratorias.

Utilidad de las glorietas. Criterios generales para la implantación

de glorietas. Recomendaciones geométricas.

56. Sistemas de contención de vehículos. Definición. Tipos.

Clasificación. Prescripciones técnicas. Criterios de implantación.

Disposición de los sistemas de contención de vehículos.

57. La información vial y la gestión del tráfico. Medidas para

actuar sobre la oferta y la demanda. Medidas específicas en vías

urbanas. Actuaciones posibles en vías interurbanas.

58. Ordenación y regulación de la circulación de peatones,

bicicletas y vehículos análogos. Pasos señalizados de peatones

y ciclistas. Criterios de señalización. Problemas específicos de las

zonas escolares. Accidentes de tráfico de peatones y ciclistas.

Medidas complementarias.

59. La señalización. Conceptos. Principios básicos. Clases.

Prioridad entre señales. Las señales de los Agentes de Circulación.

Señalización vertical: Definiciones. Características de los

elementos de la señalización vertical. Criterios de implantación;

señalización de clases de carreteras; señalización y balizamiento de

curvas; señalización de velocidad máxima; señalización de

adelantamiento; otros casos de señalización.

60. Marcas viales. Objeto. Características físicas. Color.

Reflectancia. Materiales. Tipos de marcas viales: Longitudinales,

transversales, flechas, inscripciones y otras marcas.

61. Señalización de obras. Principios básicos de la

señalización de obras. Ordenación de la circulación en presencia de

obras fijas. Limitación de la velocidad, cierre de carriles y

desviación a carriles provisionales. Elementos de señalización,

balizamiento y defensa. Balizamiento.

62. Regulación semafórica. Objeto. Tipos de semáforos:

Reservados para peatones, circulares para vehículos, cuadrados

o de carril, reservados a determinados vehículos. Regulación de

un cruce semafórico: Descripción física de los elementos,

ubicación en la vía, concepto de fase, ciclo y despeje. Efectos de los

semáforos en el tráfico. Criterios para su instalación.

63. Los accidentes de tráfico: Concepto de accidente de

tráfico, sus clases. Definiciones. Fases de un accidente. Factores.

64. Estadísticas de accidentes. Información: Registro de

accidentes, clasificación de los datos sobre accidentes. El cuestionario

estadístico de accidentes de circulación en España. Índices de

peligrosidad. Factores que intervienen en los accidentes. Estadística

de accidentes en España.

65. La investigación de accidentes de tráfico. Obtención de

datos. Análisis de un accidente. Métodos de investigación.

Procedimientos integrados.

66. Prevención de accidentes: En el hombre, en el vehículo

y en la vía. Tramos de concentración de accidentes: concepto,

clasificación, archivo y planos. Medidas para la eliminación de

tramos de concentración de accidentes.

67. El deterioro del medio ambiente: La contaminación

atmosférica. Los vehículos como fuente de contaminación. Medida

directa de la contaminación producida por los vehículos. Monóxido

de carbono. Humos. Medida de la contaminación en el medio

ambiente. El ruido. Medida del ruido. Fuentes del ruido. Protección

contra el ruido del tráfico. Ordenanzas y criterios para la protección

contra el ruido.

68. Red de postes SOS en España. Criterios de instalación.

Medios de transmisión. Funcionamiento del sistema completo.

Atención de llamadas. Bases de datos para atención al usuario.

Otras utilizaciones de las redes de postes SOS.

69. Sistema de recogida de datos en tiempo presente.

Variables de tráfico y meteorológicas y datos de localización. Captura

de datos: Detectores, descripción, tipos y tecnologías. Otros

elementos del sistema de captura en carretera.

70. Transmisión de los datos recogidos. Utilización de redes

públicas o privadas de comunicación. Ventajas e inconvenientes.

Proceso y elaboración de la información. Tratamiento estadístico

y análisis histórico. El G.P.S. Descripción. Otros sistemas de

localización.

71. Estrategia comunitaria y programa para el desarrollo de

la telemática en el transporte por carretera en Europa.

72. La señalización variable. Concepto. Tipos de señales

variables. La eficacia de la señalización variable. Aspectos relativos

al panel de mensaje variable. Aspectos relativos a la ubicación.

Aspectos relativos a la información suministrada. Calidad de la

información. Estudios previos.

73. Sistemas de gestión de tráfico. Objetivos. Subsistemas

que lo integran. Los centros de gestión de tráfico y sus objetivos

y estructura. Tratamiento integrado de la gestión del tráfico y de

la información. La difusión de la información de tráfico y de viaje.

74. La Gestión del tráfico en el futuro. Necesidad y

perspectivas de evolución. La utilización de sistemas de

telecomunicaciones y de aplicaciones telemáticas al transporte. Sistemas de

seguridad vial y gestión del tráfico en carretera y en los vehículos.

Localización e identificación de vehículos. Gestión de flotas y

equipamiento embarcado.

ANEXO III

Escala Superior de Técnicos de Tráfico

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Enriqueta Zepeda Aguilar, de la Escala

Superior de Técnicos de Tráfico.

Vocales:

Don Armando Molina Villaseñor, del Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información.

Don Alfonso Moreno Gómez, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don Rafael Pérez Cuadrado, del Cuerpo Superior de Técnicos

de la Administración de la Seguridad Social.

Don Manuel Romana García, Profesor titular de la Escuela

Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de

la Universidad Politécnica de Madrid.

Don Ángel Manuel Moreno Molina, Profesor titular de Derecho

Administrativo de la Universidad "Carlos III" de Madrid.

Secretario: Don Ángel Bartolomé de Blas de Blas, de la Escala

Superior de Técnicos de Tráfico.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Carlos Corbacho Pérez, de la Escala Superior

de Técnicos de Tráfico.

Vocales:

Don Jesús Díez de Ulzurrum Mosquera, de la Escala Superior

de Técnicos de Tráfico.

Don Carlos Adiego Samper, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don José Luis Motilva Ylarri, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don Miguel Ángel del Val Melús, Catedrático de la Escuela

Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

de la Universidad Politécnica de Madrid.

Don Fernando Fonseca Ferrandis, Profesor titular de Derecho

Administrativo de la Universidad "Carlos III" de Madrid.

Secretario: Don José Luis Sánchez Pérez, de la Escala Superior

de Técnicos de Tráfico.

ANEXO IV

Don/doña ..................................................,

con domicilio en ...............................................

y documento nacional de identidad número .....................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico que no

ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

En ............, a ............ de ............ de ............

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