Advertidos errores en la Resolución de fecha 28 de octubre
de 1999, inserta en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 24
de noviembre de 1999, se transcribe a continuación las oportunas
rectificaciones:
Donde dice: "1.4 El procedimiento de selección de aspirantes
será el de concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y
méritos que figuran en la base 6"; debe decir: "1.4 El
procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición,
con las pruebas, puntuaciones y méritos que figuran en la base 6
y 7".
Donde dice: "3.5 (...) En la solicitud deberá figurar el sello
del mencionado banco, acreditativo del pago de los derechos, (...)";
debe decir: "3.5 (...) En la solicitud deberá figurar el sello de
la entidad bancaria o caja de ahorros, acreditativo de haber
efectuado el ingreso en la cuenta indicada, (...)".
Donde dice: "3.6.2 En el recuadro de "Datos a consignar
según las bases de la convocatoria", apartado A), se hará constar
el idioma elegido para la realización del tercer ejercicio"; debe
decir: "3.6.2 En el recuadro de "Datos a consignar según las
bases de la convocatoria", apartado A), se hará constar el idioma
elegido para la realización del primer ejercicio".
Donde dice: "7.2.1 Los servicios prestados en puestos
similares en bibliotecas, archivos o centros de documentación de
cualquier Administración pública, como funcionario de carrera,
interino o contratado, de acuerdo con la siguiente progresión:"; debe
decir: "7.2.1 Los servicios prestados en puestos similares en
bibliotecas, archivos o centros de documentación de la Universidad
de Alcalá, como funcionario de carrera, interino o contratado,
de acuerdo con la siguiente progresión:".
Donde dice: "7.1.3 (...) Los opositores podrán utilizar las
vigentes reglas de catalogación, las ISBDI, las tablas de la CDU,
última edición, las listas de encabezamientos de materias, además
de diccionarios y los manuales de catalogación y formatos
utilizados por la Biblioteca de la Universidad de Alcalá"; debe decir:
"7.1.3 (...) Los opositores podrán utilizar las vigentes reglas de
catalogación, las ISBD, las tablas de la CDU, última edición, las
listas de encabezamientos de materias, además de diccionarios
y los manuales de catalogación y formatos utilizados por la
Biblioteca de la Universidad de Alcalá".
Donde dice: "9.3 El orden definitivo del proceso selectivo
vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en
las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden
se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación en la fase de concurso.
3. La mayor puntuación alcanzada en el mérito antigüedad";
Debe decir: "9.3 El orden definitivo del proceso selectivo vendrá
determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en
las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el
orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación en la fase de concurso".
Donde dice: "9.4 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal
elevará al Rector de la Universidad de Alcalá la propuesta
definitiva de aspirantes aprobados por orden de puntuación, (...)";
debe decir: "9.4 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal
elevará al Rector de la Universidad de Alcalá la propuesta
definitiva de aspirantes que han superado las fases de oposición
y concurso por orden de puntuación, (...)".
Donde dice: "10.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los
casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o del
examen de la misma se deduzca que carecen de alguno de
los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser
nombrados funcionarios de carrera (...)"; debe decir: "10.4
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor,
no presenten la documentación o del examen de la misma se
deduzca que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios en
prácticas (...)".
Alcalá de Henares, 16 de diciembre de 1999.-El Rector,
Manuel Gala Muñoz.
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