Efectuada solicitud de prórroga de homologación por don José Fernández García, actuando en representación de «Can Padró, Sociedad Anónima», para impartir cursos de prevención y resolución de crisis en buques de pasaje y,
Vistos los informes obrantes en el expediente y de conformidad con lo establecido en las Órdenes de 16 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de noviembre), 31 de julio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto), 14 de diciembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 7 y 8 de enero de 1993), y Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, de 6 de junio de 1990 («Boletín Oficial del Estado» número 146, del 19),
Esta Dirección General ha resuelto:
Prorrogar la homologación al centro de formación de seguridad «Can Padró», para impartir cursos de Prevención y resolución de crisis en buques de pasaje.
Quince días antes de la celebración de cada curso remitirá a la Subdirección General de Inspección Marítima, relación nominal del profesorado, acompañada del currículum profesional de cada uno de ellos, así como memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los Servicios de esta Dirección General.
El centro de formación a la finalización del curso remitirá las actas del mismo, en las que debe constar: Nombre, apellidos, documento nacional de identidad y calificación (apto, no apto), firma de los profesores responsables del curso.
Al personal de la marina mercante, que haya finalizado con aprovechamiento el curso impartido, se le expedirá, por la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General de Inspección Marítima), el oportuno certificado oficial a la vista del acta emitida por el centro de formación «Can Padró» en la que conste que haya superado las pruebas establecidas.
Esta renovación tendrá validez por dos años a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentos que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación.
Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección General de Inspección Marítima, efectuará inspecciones periódicas de los mismos.
El personal que participe en los cursos deberá estar protegido por un seguro de accidentes materiales y corporales, contratado por el centro de formación.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de marzo de 2000.‒El Director general, Fernando Casas Blanco.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.
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