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Documento BOE-A-2000-5947

Resolución de 24 de febrero de 2000, de la Universidad de Zaragoza, por la que se integra a determinados funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller o Laboratorio en el Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2000, páginas 13069 a 13070 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-5947

TEXTO ORIGINAL

La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social ("Boletín Oficial del Estado"

número 312, del 30), en su artículo 35, dispone lo siguiente:

Los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller o Laboratorio

y Capataces de Escuelas Técnicas, declarado a extinguir por la

disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 11/1983, de

25 de agosto, de Reforma Universitaria, quedan integrados, en

sus propias plazas y realizando las mismas funciones que vienen

desarrollando, dentro del Cuerpo de Profesores Titulares de

Escuelas Universitarias, siempre que posean las condiciones de

titulación exigidas para acceder a él. Quienes no se integren en este

último Cuerpo permanecerán en el de origen, sin perjuicio de

su derecho a integrarse en el de Profesores Titulares de Escuelas

Universitarias siempre que, en el plazo de cinco años desde la

entrada en vigor de la presente Ley, reúnan las antedichas

condiciones de titulación. En todo caso, los trienios y los derechos

pasivos se devengarán en el grupo de adscripción en el que se

hayan prestado los servicios.

Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido en el citado

artículo 35 y en la disposición final única de la mencionada Ley 55/1999,

y en uso de las atribuciones conferidas a mi cargo por la Ley

Orgánica de Reforma Universitaria y los Estatutos de la Universidad

de Zaragoza, resuelvo lo siguiente:

Quedan integrados, con efectos de 1 de enero de 2000, en

el Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, por

estar en posesión de la titulación exigida para acceder a él, los

siguientes funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller o

Laboratorio, a extinguir, pertenecientes a esta Universidad:

Don Pedro Pascual Aliaga.

Don José Ignacio Pérez Sanz.

Doña Isabel Torrecilla Daniel.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,

de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley

11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, cabe

interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses, a partir del día siguiente al de la presente publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los

artículos 8.2 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del

Estado" número 167, del 14).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra

esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,

ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso

contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga

resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial

del Estado" número 12 del 14).

Zaragoza, 24 de febrero de 2000.-El Rector, Juan José Badiola

Díez.

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