La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social ("Boletín Oficial del Estado"
número 312, del 30), en su artículo 35, dispone lo siguiente:
Los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller o Laboratorio
y Capataces de Escuelas Técnicas, declarado a extinguir por la
disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 11/1983, de
25 de agosto, de Reforma Universitaria, quedan integrados, en
sus propias plazas y realizando las mismas funciones que vienen
desarrollando, dentro del Cuerpo de Profesores Titulares de
Escuelas Universitarias, siempre que posean las condiciones de
titulación exigidas para acceder a él. Quienes no se integren en este
último Cuerpo permanecerán en el de origen, sin perjuicio de
su derecho a integrarse en el de Profesores Titulares de Escuelas
Universitarias siempre que, en el plazo de cinco años desde la
entrada en vigor de la presente Ley, reúnan las antedichas
condiciones de titulación. En todo caso, los trienios y los derechos
pasivos se devengarán en el grupo de adscripción en el que se
hayan prestado los servicios.
Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido en el citado
artículo 35 y en la disposición final única de la mencionada Ley 55/1999,
y en uso de las atribuciones conferidas a mi cargo por la Ley
Orgánica de Reforma Universitaria y los Estatutos de la Universidad
de Zaragoza, resuelvo lo siguiente:
Quedan integrados, con efectos de 1 de enero de 2000, en
el Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, por
estar en posesión de la titulación exigida para acceder a él, los
siguientes funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller o
Laboratorio, a extinguir, pertenecientes a esta Universidad:
Don Pedro Pascual Aliaga.
Don José Ignacio Pérez Sanz.
Doña Isabel Torrecilla Daniel.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,
de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley
11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, a partir del día siguiente al de la presente publicación
en el "Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los
artículos 8.2 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del
Estado" número 167, del 14).
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga
resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" número 12 del 14).
Zaragoza, 24 de febrero de 2000.-El Rector, Juan José Badiola
Díez.
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