De conformidad con el artículo 35 de la Ley 55/1999, de 29
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30), dispone que
los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller o Laboratorio
y Capataces de Escuelas Técnicas, declarado a extinguir por la
disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 11/1983, de
25 de agosto, de Reforma Universitaria, quedan integrados, en
sus propias plazas y realizando las mismas funciones que vienen
desarrollando, dentro del Cuerpo de Profesores Titulares de
Escuelas Universitarias, siempre que posean las condiciones de
titulaciones exigidas para acceder a él.
De acuerdo con las normas de legal y general aplicación para
en este caso y cumplidos todos los trámites preceptivos en la
normativa vigente y haciendo uso de las prerrogativas que me
otorga la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, así como los artículos 58 y 113 de los Estatutos
de la Universidad, he resuelto integrar en el Cuerpo de Profesores
Titulares de Escuela Universitaria, a don Juan Vidal Domenech,
en el área de conocimiento de "Construcciones Arquitectónicas"
del Departamento de Construcciones Arquitectónicas II, con
efectos de 1 de enero de 2000, con las misma funciones que venía
desarrollando.
Barcelona, 3 de marzo de 2000.-El Rector, Jaume Pagés i
Fita.
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