El Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio, establece un sistema de ayudas públicas a la cinematografía con la finalidad última de fomentar la realización de películas representativas de la cultura española en cualquiera de sus manifestaciones y formas de expresión.
Por Resolución de 4 de enero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 27), se convocaron las ayudas a la creación de guiones cinematográficos para películas de largometraje al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio, reservándose para tal fin la cantidad de 20.000.000 de pesetas con cargo a la aplicación presupuestaria 18-108-471, «Fondo de protección a la cinematografía», del programa 456C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del organismo para 1999.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81.7 de la Ley General Presupuestaria, esta Dirección General ha resuelto hacer pública la concesión de ayudas a la creación de guiones para películas de largometraje, otorgadas por Resolución de 2 de noviembre de 1999, a los guionistas que se indican y por la cuantía de 2.000.000 de pesetas cada una.
Título | Guionista |
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Akki, el que vino del agua. | Don José Ignacio Vilar Díaz. |
Amargo paraíso. | Don Alberto Rubio Paricio. |
Día perdido, Un. | Don Alfonso Ungría Ovies. |
Other Shoe, The. | Don Guillerno Escalona Ponce. |
Don José Manuel Álvarez Martínez. | |
Don Rafael Calatayud Cano. | |
Palacio congelado, El. | Don Wolfgang Martín Hamdorf. |
Doña Clara López Rubio. | |
Petite Marie, La. | Doña Inmaculada Cánovas Carreño. |
Prisciliano, El hijo del trueno. | Don Ángel de la Cruz Blanco. |
Señales de vida. | Don Carlos A. Pérez Merinero. |
Solita Solano. | Don Jorge Sole Nicolás |
Vida imaginada, La. | Don Alejandro Martín Escudero. |
Aquellos solicitantes que no figuren en la relación anterior se entenderá que su solicitud ha sido desestimada.
La Resolución de 2 de noviembre de 1999, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en la sede del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y en el tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey, sin número, de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma se puede interponer en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» del 14).
En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida postestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 9 de diciembre de 1999.–El Director general, José María Otero Timón.
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