En cumplimiento de los Acuerdos adoptados por la Junta de
Gobierno, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
11/1983, de 25 de agosto; Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre, y los Estatutos de esta Universidad,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las
plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.
Primero.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria
("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre
de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985);
Estatutos de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko
Unibertsitatea ("Boletín Oficial del País Vasco" de 21 de marzo de
1985 y "Boletín Oficial del Estado" de 11 de junio de 1985); Ley
17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 24
de diciembre); Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín
Oficial del Estado" de 7 de junio); Orden del Ministerio de
Educación y Ciencia de 23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del
Estado" del 28), y en lo no previsto en las precitadas disposiciones
le será de aplicación la legislación general de funcionarios civiles
de Estado, y se tramitarán independientemente para cada una
de las plazas convocadas.
Segundo.-Para ser admitido a los citados concursos se
requieren los siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al
que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,
según lo dispuesto por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y
por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la
edad de jubilación.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la
nacionalidad española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Tercero.-Asimismo, los solicitantes deberán reunir las
siguientes condiciones académicas específicas:
a) Para concursar a plazas de Profesor titular de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto
o Ingeniero Superior. También podrán concursar a las plazas de
Profesor titular de Escuela Universitaria que tengan la
denominación de las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo
de la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del
Estado" de 16 de enero de 1985) los Diplomados, Arquitectos
Técnicos o Ingenieros Técnicos, según se especifica en el Acuerdo
de 17 de abril de 1990, del Consejo de Universidades ("Boletín
Oficial del Estado" de 24 de julio).
b) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuela
Universitaria y de Profesor titular de Universidad, estar en posesión
del título de Doctor.
c) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,
tener la condición de Catedrático de Universidad, o bien la de
Profesor titular de Universidad o Catedrático de Escuela
Universitaria con tres años de antigüedad a la publicación de la
convocatoria, en uno de ellos o entre ambos Cuerpos, y la titulación
de Doctor. Asimismo, podrán concursar a estas plazas los Doctores
a los que el Consejo de Universidades haya eximido de estos
requisitos.
Las condiciones académicas de titulación enumeradas en los
apartados anteriores expedidas en otros Estados miembros de la
Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro
deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del
Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido
en dicho Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado noveno
de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 23 de enero
de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).
En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas
se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la
correspondiente homologación en España, que se acreditará
mediante credencial expedida por la Subdirección General de
Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
Para concursar a las plazas bilingües se exigirá superar una
prueba previa específicamente destinada a comprobar la capacidad
docente en euskera, para lo cual deberá realizarse una exposición
oral y un ejercicio escrito ante la Comisión correspondiente
nombrada por el Rector de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko
Unibertsitatea.
Cuarto.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán
la correspondiente solicitud al excelentísimo y magnífico señor
Rector de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko
Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en el plazo
de veinte días hábiles a partir de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia, según
modelo anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los
documentos (fotocopias compulsadas o certificados originales) que
acrediten reunir las condiciones académicas específicas para
participar en el concurso, así como fotocopia simple del documento
nacional de identidad o pasaporte. Asimismo, en caso de no poseer
la nacionalidad española, deberán acreditar su nacionalidad,
mediante la presentación de los documentos correspondientes,
certificados por las autoridades competentes de su país de origen.
Los interesados que tramiten la documentación en el extranjero
deberán compulsar los documentos en la respectiva representación
diplomática española. Las instancias serán facilitadas en el
Rectorado de la Universidad, sito en el Campus de Leioa (Vizcaya)
y en los Vicerrectorados de Guipúzcoa (edificio "Ignacio María
Barriola", plaza de Elhuyar, 1, y paseo de Arriola, 2, San Sebastián)
y Álava (calle Comandante Izarduy, 2, Vitoria), y deberá
presentarse una instancia y documentación por cada plaza a la que se
debe concursar. El horario de las cuatro secciones del Registro
General de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko
Unibertsitatea es el siguiente:
De lunes y jueves, de nueve a trece y de quince treinta a dieciséis
treinta horas.
Los viernes y durante la jornada continua de verano, de nueve
a trece horas.
Cuando el último día del plazo de presentación de instancias
sea sábado, y dado que en dicho día no funciona el Registro
General de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea,
se entenderá prorrogado al siguiente día hábil en que funcione
el Registro General.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deberán
cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del
Reglamento de los Servicios de Correos. Las instancias se
presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello
de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo
figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.
La concurrencia de los requisitos generales, así como de las
condiciones académicas específicas para participar en el concurso,
deberán estar referidas siempre a una fecha anterior a la de
expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original
que deberá unirse a la solicitud que se presente para participar
en el concurso, haber abonado, por cada una de las plazas que
se soliciten, según se detalla a continuación y para cada caso,
la cantidad de:
Doctores: 3.065 pesetas.
Licenciados: 3.065 pesetas.
Diplomados: 2.555 pesetas.
Serán excluidos todos aquellos aspirantes que no hayan
abonado las precitadas cantidades dentro del plazo habilitado para
la presentación de instancias, prescrito en el apartado cuarto de
esta Resolución, no concediéndose plazo alguno adicional para
el abono de las mismas.
El pago de los derechos se efectuará mediante ingreso o
transferencia bancaria a las cuentas corrientes siguientes:
En Vizcaya:
Bilbao Bizkaia Kutxa. UPV/EHU Vicerrectorado de
Profesorado. Tasas concursos Profesores. Número de cuenta corriente
2095 0292 94 3239002233.
En Guipúzcoa:
Gipuzkoako Kutxa. UPV/EHU Vicerrectorado de Profesorado.
Tasas concursos Profesores. Número de cuenta corriente
2101 0381 01 0010125631.
En Álava:
Caja Vital. UPV/EHU Vicerrectorado de Profesorado. Tasas
concursos Profesores. Número de cuenta corriente
2097 0178 17 0010966911.
Especificando el nombre, apellidos y número de orden de la
plaza a la que concursa, o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 38.6 de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Los concursantes que efectúen el pago mediante giro postal
o telegráfico deberán dirigirlo a la Sección de Concursos, apartado
de Correos 1.397, 48080 Bilbao.
Quinto.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko
Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes
relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de
las causas de exclusión. Contra dicha Resolución que aprueba
la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles
a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación
de admitidos y excluidos.
Sexto.-De acuerdo con los artículos 9 y 10 del Real
Decreto 1427/1986, de 13 de junio, se adjunta modelo de currículum
vitae (anexo III). Los candidatos deberán entregar el currículum
vitae (por quintuplicado) y un ejemplar de las publicaciones y
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo, y el proyecto
docente (por quintuplicado), en el acto de presentación del
concurso.
Séptimo.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo
habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una
resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una
antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha
del acto para el que se le cita, convocando a:
a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,
a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución
de la misma, y con indicación del día, hora y lugar previsto para
la celebración de dicho acto.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso
para realizar el acto de presentación de los concursantes, y con
señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.
Tratándose de plazas bilingües únicamente convocará a quienes,
figurando en la lista de aspirantes admitidos, hubieran superado
la prueba específica a la que se refiere el apartado último de la
tercera de las presentes bases, conforme a certificación expedida
a efecto por el Presidente de la Comisión evaluadora constituida
para la citada prueba.
Octavo.-La primera prueba de estos concursos será pública
y consistirá en la exposición oral por el concursante, en el tiempo
que estime oportuno, de los méritos alegados y la defensa del
proyecto docente presentado. Seguidamente, la Comisión debatirá
con el concursante, durante un tiempo máximo de tres horas,
sobre sus méritos, historial académico e investigador y proyecto
docente presentado. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para
todos aquellos concursantes que no obtengan en la misma, al
menos, tres votos.
Para la segunda prueba, los concursantes entregarán a la
Comisión, una vez realizada la calificación de la primera, un resumen
del tema elegido o del trabajo original de investigación que vaya
a ser expuesto oralmente.
La segunda prueba de los concursos a plaza de Profesor titular
de Escuela Universitaria, de Catedrático de Escuela Universitaria
y de Profesor titular de Universidad será pública, y consistirá en
la exposición oral por el concursante, durante un tiempo mínimo
de cuarenta y cinco minutos y máximo de hora y media, de un
tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la
que corresponda la plaza o conjunto de plazas convocadas, elegido
libremente por el mismo. Seguidamente, la Comisión debatirá con
el concursante, durante un tiempo máximo de tres horas, acerca
de los contenidos científicos expuestos, la metodología a utilizar
en su impartición a los alumnos y todos aquellos aspectos que
estime relevantes en relación con el tema.
La segunda prueba de los concursos a plaza de Catedrático
de Universidad será pública y consistirá en la exposición oral por
el concursante, durante un tiempo máximo de dos horas, de un
trabajo original de investigación realizado por el concursante sólo
o en equipo, en este último caso como Director de la investigación,
lo que deberá quedar certificado por los miembros del equipo.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante todos
aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el trabajo
original de investigación, durante un tiempo máximo de tres horas.
Noveno.-En ningún caso las Comisiones podrán proponer
mayor número de nombramientos que el de plazas convocadas
y asignadas a su actuación.
Décimo.-Los candidatos propuestos para la provisión de las
plazas deberán presentar en la Secretaría General de la
Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios
señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los siguientes documentos:
a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil
correspondiente o documento equivalente en los demás Estados
comprendidos en el artículo 2 y disposición adicional única de
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente
disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. En caso de no poseer la nacionalidad española,
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública,
mediante la presentación de los documentos correspondientes,
certificados por las autoridades competentes de su país de origen.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de
carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,
debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del
que dependan acreditativa de su condición de funcionarios y
cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse
a los requisitos siguientes:
a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las
autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.
b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de
su correspondiente traducción oficial al castellano.
Undécimo.-En el plazo máximo de un mes, a contar desde
el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el
"Boletín Oficial del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar
posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición de
funcionario a todos los efectos.
Duodécimo.-La presente Resolución agota la vía
administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante este Vicerrectorado en el plazo de un mes,
o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
del País Vasco en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente al de la fecha de su publicación, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de los Estatutos de
la Universidad; artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley
4/1999, de 13 de enero, y artículos 10 y 14 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Leioa, 8 de marzo de 2000.-El Rector, P. D. (Resolución de
5 de noviembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 13 de
febrero de 1997), la Vicerrectora de Profesorado, Miren Azkarate
Villar.
ANEXO I
Catedráticos de Universidad
Clase de convocatoria: Concurso
37. Puesto: CU 028/0225. Área de conocimiento: "Economía
Aplicada". Departamento: Economía Aplicada V. Actividades
docentes a realizar por quien obtenga la plaza: Política
Macroeconómica. Política Económica Coyuntural I y II. Dedicación:
Completa.
38. Puesto: CU 901/0395. Área de conocimiento: "Física de
la Materia Condensada". Departamento: Física de Materiales.
Actividades docentes a realizar por quien obtenga la plaza: Electricidad
y Óptica. Dedicación: Completa.
Profesores Titulares de Universidad
Clase de convocatoria: Concurso
39. Puesto: TU 016/0345. Área de conocimiento: "Filología
Inglesa". Departamento: Filología Inglesa y Alemana. Actividades
docentes a realizar por quien obtenga la plaza: Literatura y
minorías en los países de habla inglesa. Facultad de Filología, Geografía
e Historia (Vitoria). Dedicación: Completa.
40. Puesto: TU 023/0775. Área de conocimiento:
"Sociología". Departamento: Sociología II. Actividades docentes a realizar
por quien obtenga la plaza: Técnicas de Investigación Social III
y IV. Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación (Leioa).
Dedicación: Completa.
Profesores Titulares de Escuela Universitaria
Clase de convocatoria: Concurso
41. Puesto: TE 009/0813. Área de conocimiento: "Trabajo
Social y Servicios Sociales". Departamento: Sociología I.
Actividades docentes a realizar por quien obtenga la plaza: Sociología.
Política Social. E. U. de Trabajo Social (Vitoria). Dedicación:
Completa.
ANEXO III
Datos personales
Documento nacional de identidad número ............................
Lugar y fecha de expedición ....................................................
Apellidos y nombre ................................................................
Nacimiento: Provincia y localidad ................. Fecha .................
Residencia: Provincia ....................... Localidad .......................
Domicilio ............................................ Teléfono ....................
Estado civil ................ Facultad o Escuela actual ......................
Departamento o unidad docente actual .....................................
Categoría actual como Profesor contratado o interino .................
1. Títulos académicos (clase, organismo y centro de expedición,
fecha de expedición y calificación, si la hubiere).
2. Puestos docentes desempeñados (clase, organismo o centro,
régimen dedicación, fecha de nombramiento o contrato,
fecha de cese o terminación).
3. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,
centro y fecha).
4. Actividad investigadora desempeñada (programas y puestos).
5. Publicaciones -libros- (título, fecha de publicación y
editorial).
6. Publicaciones -artículos- * (título, revista, fecha de
publicación y número de páginas).
7. Otras publicaciones.
8. Otros trabajos de investigación.
9. Proyectos de investigación subvencionados.
10. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos
(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter
nacional o internacional).
11. Patentes.
12. Cursos y seminarios impartidos (con indicación de centro,
organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).
13. Cursos y seminarios recibidos (con indicación de centro,
organismo, materia y fecha de celebración).
14. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a la
licenciatura).
15. Actividades en empresas y profesión libre.
16. Otros méritos docentes o de investigación.
17. Otros méritos.
* Indicar trabajos en prensa justificando su aceptación por parte de la revista.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid