Con el fin de atender las necesidades de personal de
Administración y Servicios de esta Universidad,
Este Rectorado, en uso de las competencias que tiene
atribuidas por el artículo 50.1 de los Estatutos de la Universidad
"Carlos III", de Madrid, aprobados por Decreto 197/1995, de 13
de julio ; de la Comunidad de Madrid ("Boletín Oficial del Estado"
número 183, de 2 de agosto) ; dentro del marco de lo dispuesto
por el artículo 3.2.e) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, y de conformidad con lo establecido
por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración del Estado, ha resuelto convocar proceso
selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión, con sujeción
a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir nueve plazas
por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso
libre.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a cinco plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a cuatro plazas.
1.2 De acuerdo con lo que determina la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio, se reservará un 3 por 100 de las plazas
para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100 siempre que se reúnan
los requisitos que en dicha norma se establecen. Dicho cupo de
reserva se aplicará al sistema general de acceso libre al que se
acumularán las plazas reservadas que no queden cubiertas.
1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán, igualmente, al sistema general de acceso
libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna
finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre.
El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con esta
finalidad.
1.4 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos
sistemas.
1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción
interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso
preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso
libre para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, podrán
solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran
desempeñando. En caso de que la Universidad acuerde acceder
a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación
de destinos, por el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo.
1.6 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación:
La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de
esta convocatoria.
1.7 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura
en el anexo II de la presente convocatoria.
1.8 El proceso selectivo constará para acceso libre de una
fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso
y una fase de oposición.
El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el
anexo III de la presente convocatoria.
1.9 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado
lo dispuesto en la base 1.6 de esta convocatoria.
1.10 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
del 15 de mayo de 2000.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la función pública, y en particular:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta
convocatoria.
d) Titulación académica: Estar en posesión del título de
Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
f) En el caso de aspirantes a las plazas reservadas a personas
afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de
grado igual o superior al 33 por 100.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán estar en situación de activo,
pertenecer el día de la publicación de la presente
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos o Escalas de
Archivos y Bibliotecas (grupo C), tener destino en la Universidad
"Carlos III", de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos
años en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos
los demás requisitos exigidos.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978 en
algunos de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados serán
computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán
hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña
como anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el
Registro General de la Universidad "Carlos III", de Madrid, calle
Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid) ; calle Butarque, 15, 28911
Leganés (Madrid), o avenida de la Universidad "Carlos III", 22,
28270 Colmenarejo (Madrid), y en la Dirección General de la
Función Pública, calle María de Molina, 50, Madrid, del Ministerio
de Administraciones Públicas.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
magnífico de la Universidad "Carlos III", de Madrid, en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad "Carlos III", de Madrid, calle
Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid) ; calle Butarque, 15, 28911
Leganés (Madrid), o avenida de la Universidad "Carlos III",
número 22, 28270 Colmenarejo (Madrid), o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para
los aspirantes del turno libre y 1.500 para los aspirantes de turno
de promoción interna. Estos derechos se ingresarán bien
directamente o mediante transferencia bancaria en la Caja Postal,
oficina 9059, Getafe (Madrid), en la cuenta corriente número
00-13893030, de la Universidad "Carlos III", de Madrid, realizando
el ingreso en concepto de "Pruebas selectivas Escala de Gestión
de Archivos y Bibliotecas. Universidad "Carlos III"".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria
o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la
cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen
determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el
ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad
bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,
en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que
se ha efectuado el ingreso.
c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que
soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación
expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo
que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta
documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los
méritos señalados en el anexo III de esta convocatoria.
3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Gestión de
Archivos y Bibliotecas.
En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará P para
promoción interna y L para acceso libre.
Los aspirantes por el sistema general de acceso libre con grado
de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar
en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados,
deberán indicarlo en el recuadro 8 de la solicitud y expresar, en
su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación será necesaria,
utilizado para ello el recuadro 9.
En el recuadro "datos a consignar según las bases de la
convocatoria", apartado A), se deberá consignar el idioma francés
o inglés que los aspirantes eligen para el tercer ejercicio.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
3.9 Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida,
justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución
en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En
esta Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la
causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer
ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán
expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión,
de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión, justificando
su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la relación de las pruebas.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de reserva
de discapacitados o el de promoción interna, no cumplan alguno
de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva
o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación
acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación
definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre,
siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de
concurso.
5.1.1 Fase de oposición.-Los ejercicios a realizar por los
aspirantes se especifican en el anexo III de la presente
convocatoria.
5.1.2 Fase de concurso.-Finalizada la fase de oposición
tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase
aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En
esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes
de conformidad con el baremo fijado en el citado anexo III. En
ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser
computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en
la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con
la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos
Humanos ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta
convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna
para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece
en la base 3.5 de la presente convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará
como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en las presentes
pruebas selectivas.
5.1.3 Valoración final.-La valoración final del proceso
selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar
aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que
el total de plazas convocadas.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas, será necesario superar el ejercicio de
la fase de oposición, y encontrarse, una vez sumadas las
puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no
superior al número de plazas convocadas en cada grupo.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la
fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar, y así
sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas
reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá finalmente
por sorteo entre los aspirantes elegidos.
5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema general de acceso libre será el de oposición.
5.2.1 Fase de oposición.-Los ejercicios a realizar por los
aspirantes se especifican en el anexo III de la presente
convocatoria.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
primero, segundo y tercero.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad
al aspirante con:
a) Mayor puntuación en el tercer ejercicio.
b) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate,
éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes
elegidos.
6. Tribunal calificador
6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas
estará compuestos del siguiente modo: El Gerente o persona en
quien delegue ; dos representantes de la Universidad designados
por el Rector ; una persona designada por las Administraciones
Públicas o por la Comunidad de Madrid, en su caso ; una persona
designada por la Junta de Personal Funcionario de Administración
y Servicios de la Universidad "Carlos III", de Madrid, y un
funcionario del área de personal que actuará como Secretario, con
voz, pero sin voto.
6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del
Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por
razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.
6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá
solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior.
6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 6.3.
6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la mitad, al menos, de sus
miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación
mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros
titulares o suplentes.
6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,
así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones
posibles de tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral
sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad
"Carlos III", de Madrid, calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid),
teléfonos 91 624 93 32 y 91 624 96 78. El Tribunal dispondrá
que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del
Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas, en relación
con estas pruebas selectivas.
6.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva
redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será
nula de pleno derecho.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra Q, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial
del Estado" del 17), por la que se publica el sorteo celebrado
el día 14 de abril de 1999.
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su
personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los aspirantes minusválidos o discapacitados que en su
solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán
concurrir al ejercicio para el que aquélla se concrete provistos del
correspondiente certificado acreditativo de la minusvalía o
discapacidad, al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada
petición.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11, el
primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del
15 de mayo de 2000, publicándose en la misma Resolución a
la que se refiere la base 4.1 el lugar, fecha y hora de su celebración,
así como la composición expresa del Tribunal.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal en
los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la
sede del Tribunal señalada en la base 6.10, y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del
mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión al excelentísimo señor Rector magnífico, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por
el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía
administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular
el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses, previa comunicación al Rector de la Universidad.
8. Listas de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, las relaciones independientes de
aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre
como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad,
en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios
y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna
se expresará, asimismo, en dicha relación la puntuación de la
fase de concurso.
8.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de
ambas listas al Rector de la Universidad "Carlos III", de Madrid ;
dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramiento
como funcionario de carrera
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la relación definitiva de aprobados. Los aspirantes que hayan
superado las presentes pruebas selectivas presentarán, para su
nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro
General de esta Universidad, calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid),
o calle Butarque, 15, 28911 Leganés (Madrid), y avenida de la
Universidad "Carlos III", número 22, 28270 Colmenarejo (Madrid),
en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos
Humanos y Organización, los siguientes documentos:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o
acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del
original para su comprobación. En caso de formato antiguo del
documento nacional de identidad, una copia del número de
identificación fiscal.
b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada,
o acompañada del original para su comprobación y compulsa.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33
por 100 deberán acreditar tal condición mediante certificación
de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales
o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
9.2 Igualmente, durante el plazo citado en la base anterior,
y con carácter previo a la formalización del nombramiento como
funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán
a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que
a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto
de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base
2.1 de la presente convocatoria.
9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal
laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal
o del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar
tal condición.
9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera,
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la
presente base, el Rectorado de la Universidad "Carlos III", de Madrid,
dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de
la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas
convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede
de los Tribunales indicadas en la base 6.10.
9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición
de los destinos la autoridad convocante procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión de los
aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado
desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el
"Boletín Oficial del Estado".
9.7 La jornada de trabajo será la establecida con carácter
general en la Universidad y el horario de las mismas será el
establecido en la unidad en que se ubica la plaza.
9.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
10. Bolsa de trabajo
10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de
la Escala de Gestión de Archivos y Bibliotecas, se formará lista
de espera con los aspirantes de acceso libre que, habiendo
aprobado alguno de los ejercicios de la oposición no superen el proceso
selectivo, quedando ordenados según la puntuación obtenida en
los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se
estará a la prelación dispuesta en la base 5.2.1.
10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista
de espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en
su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma
y presentada con la solicitud de participación en las presentes
pruebas selectivas.
11. Norma final
11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las
presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal,
sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está
facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas,
en todo lo no previsto en las bases.
11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
el plazo de dos meses desde su publicación. Asimismo, cuantos
actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de
los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Getafe, 26 de febrero de 2000.-El Rector, P. D. (Resolución
de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.
ANEXO I (Ver imagen página 13758)
ANEXO II
Programa
1. Biblioteconomía y documentación
Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios.
Clases de bibliotecas.
Tema 2. Bibliotecas nacionales. Concepto y función.
Tema 3. Bibliotecas especializadas y centros de
documentación. Concepto y función.
Tema 4. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.
Situación actual de las bibliotecas universitarias en España.
Tema 5. Automatización de la actividad y los servicios
bibliotecarios. Panorama y tendencias de las bibliotecas universitarias
en España.
Tema 6. Organización espacial y equipamiento. Preservación
y conservación de materiales.
Tema 7. Gestión automatizada de la colección bibliográfica
en la biblioteca universitaria: Selección y adquisición de
materiales. Criterios, técnicas y evaluación.
Tema 8. Gestión automatizada de la colección bibliográfica
en la biblioteca universitaria: Proceso técnico de materiales.
Normalización, formato MARC y técnicas. Reconversión y
catalogación compartida.
Tema 9. Lenguajes documentales: La clasificación decimal
universal, descriptores y tesauros.
Tema 10. Servicios para el usuario en la biblioteca
universitaria: Información básica y bibliográfica. Los opac's. Formación
de usuarios.
Tema 11. Servicios para el usuario en la biblioteca
universitaria: Accesibilidad de los fondos, préstamo, préstamo
interbibliotecario y suministro de copias.
2. Fuentes de información y organización bibliotecaria
Tema 1. Panorama actual de la edición y distribución
electrónica.
Tema 2. Internet. Funcionamiento, acceso y utilidad.
Aplicación en bibliotecas universitarias.
Tema 3. Fuentes de información en Ciencias Sociales y
Humanidades.
Tema 4. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.
Tema 5. Catálogos colectivos: Tipos, fines y mantenimiento.
Accesibilidad: Protocolo Z39.50.
Tema 6. El sistema bibliotecario español. Legislación y
competencias de las distintas Administraciones.
Tema 7. Cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes. Redes
de bibliotecas universitarias y de investigación. La cooperación
internacional.
3. Historia del libro y de las bibliotecas. Archivística.
Organización administrativa
Tema 1. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la
imprenta.
Tema 2. Invención y difusión de la imprenta. Evolución hasta
el siglo XVIII.
Tema 3. El libro y las bibliotecas en los siglos XIX y XX.
Origen y evolución de las bibliotecas universitarias.
Tema 4. Concepto y función de archivos. Clases de archivos.
Tema 5. Instalación y equipamiento de archivos.
Conservación y restauración de documentos.
Tema 6. Principios generales de organización de fondos.
Sistemas de clasificación y ordenación de documentos.
Tema 7. Descripción de fondos: Guías, inventarios, catálogos
e índices.
Tema 8. Los archivos universitarios. Producción y gestión
documental. Valor histórico de la documentación universitaria.
Tema 9. Principales archivos españoles e internacionales.
Tema 10. El sistema español de archivos. Legislación y
competencia de las distintas Administraciones.
Tema 11. Legislación española sobre el patrimonio artístico,
bibliográfico y documental. La Ley de Propiedad Intelectual.
Tema 12. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. La organización territorial del Estado. Relaciones entre
las diferentes Administraciones Públicas.
Tema 13. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. Concepto, clases de funcionarios y
situaciones administrativas. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 14. La función pública universitaria: Personal docente
e investigador y de administración y servicios. Clases y régimen
jurídico del profesorado universitario.
Tema 15. La administración del servicio de la enseñanza
superior. El Ministerio de Educación y Cultura. Secretaría de Estado
de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo. Las
Consejerías de Educación. Especial referencia a la Comunidad de
Madrid.
Tema 16. Régimen jurídico de las Universidades. La Ley de
Reforma Universitaria. Estructura y organización de las
Universidades. La Universidad "Carlos III", de Madrid.
ANEXO III
Proceso selectivo
I. Fase de oposición
La fase de oposición estará compuesta de tres ejercicios
obligatorios de carácter eliminatorio:
a) Primer ejercicio:
Consistirá en la realización por escrito de un resumen analítico
(de hasta 150 palabras) de un artículo sobre temas
bibliotecarios/documentales en un idioma extranjero (inglés o francés, a
elección del opositor). Para realizar el ejercicio los aspirantes
podrán utilizar diccionario.
El tiempo máximo de duración será de una hora treinta minutos.
Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener
un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio.
b) Segundo ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema -elegido
por los opositores de entre dos que serán extraídos al azar-, de
cada uno de los grupos de materias que integran el programa
que figura como anexo II de esta convocatoria.
Los aspirantes que concurran por el sistema de promoción
interna estarán exentos de realizar el tema que corresponda al grupo
de materias de "Historia del Libro y de las Bibliotecas, Archivística
y Organización Administrativa".
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de tres horas para los aspirantes del turno libre y de dos
horas para los aspirantes del turno de promoción interna.
El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante
el Tribunal, que valorará la formación general y actualización de
conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación
personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante
un período máximo de quince minutos.
Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para su
superación obtener un mínimo de cinco puntos y no haber obtenido
una calificación de cero puntos en alguno de los temas.
c) Tercer ejercicio:
Este ejercicio, de carácter práctico, constará de dos partes,
que podrán realizarse en la misma o en distinta sesión:
Primera parte:
Turno libre: Consistirá en la redacción de los asientos
bibliográficos en formato IBERMARC de cuatro impresos modernos,
dos de los cuales deberán ser obligatoriamente en castellano, uno
en inglés y otro en francés, además de un expediente moderno
(siglos XVIII al XX).
Turno de promoción interna: Consistirá en la redacción de los
asientos bibliográficos en formato IBERMARC de dos impresos
modernos, uno en castellano y otro en inglés o francés.
El asiento bibliográfico constará de:
a) Catalogación de acuerdo con las vigentes reglas de
catalogación.
b) Descriptores que se redactarán libremente o ajustándose
a alguno de los tesauros existentes.
c) Clasificación decimal universal.
Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD,
el manual de formato IBERMARC, las tablas de CDU y los
instrumentos de ayuda a la indización que estimen oportunos, además
de diccionarios.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio
será de cuatro horas para el turno libre y una hora y media para
el turno de promoción interna.
Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para la
superación de esta parte del ejercicio obtener una puntuación
mínima de cinco puntos y no haber obtenido una puntuación de cero
en ninguno de los asientos bibliográficos.
Segunda parte:
Consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica
utilizando los recursos impresos y/o automatizados (catálogo
automatizado, CD-ROM, Internet) sobre un tema concreto que
propondrá el Tribunal y que se seleccionará por sorteo entre varias
propuestas del Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio
será de una hora y media.
Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para su
superación obtener un mínimo de cinco puntos.
II. Fase de concurso
En la fase de concurso, se valorarán para los aspirantes del
sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y
los reconocimientos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de
diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración
Pública, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en
Cuerpos o Escalas del grupo C de Biblioteca, incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, así como el
grado personal consolidado en la fecha de publicación de esta
convocatoria, el trabajo desarrollado según el nivel de
complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado en la fecha
de publicación de esta convocatoria, y los cursos de formación
recibidos o impartidos sobre archivos y bibliotecas e idiomas.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
que figura como anexo IV de la convocatoria. Certificación a la
que se adjuntará documentación acreditativa de los puestos de
trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y copia de los
certificados de cursos de formación para la mejor valoración por
el Tribunal de los méritos recogidos en la presente convocatoria.
Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite
la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:
1. Antigüedad: Se valorarán hasta un máximo de tres puntos
los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de
la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de
Servicios Previos en la Administración, en los Cuerpos o Escalas del
grupo C de Biblioteca. No se computarán los servicios prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
Por cada año completo de servicio prestado: 0,10 puntos, hasta
un máximo de tres puntos.
2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de
finalización del plazo de presentación de instancias de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", se otorgará la siguiente
puntuación:
Hasta el grado 12, dos puntos, y por cada unidad de grado
que exceda de 12, 0,25 puntos, hasta un máximo de 4,50 puntos.
3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día
de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente
puntuación:
Hasta el nivel 12, dos puntos, y por cada unidad de nivel que
exceda de 12, 0,50 puntos, hasta un máximo de tres puntos.
4. Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación
recibidos o impartidos sobre materias directamente relacionadas
con el apoyo en la catalogación, proceso y referencia en bibliotecas
y archivos impartidos por centros nacionales o extranjeros de
reconocido prestigio:
Más de ciento cincuenta horas: Dos puntos.
Mas de veinte horas: Un punto.
Se valorará igualmente con un punto la formación en idiomas
extranjeros distintos del elegido por el aspirante en el primer
ejercicio, acreditados mediante certificación expedida por centros
nacionales o extranjeros de reconocido prestigio, siempre que se
acredite como mínimo haber realizado más de un curso académico.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado
será de cinco puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación final a efectos de establecer el orden definitivo de
aspirantes aprobados. En ningún caso la valoración de méritos
podrá aplicarse para superar los ejercicios obligatorios de la fase
de oposición.
ANEXO IV (Ver imagen página 13761)
ANEXO V
Solicitud de inclusión en la bolsa de trabajo para contratación
como personal interino, en caso de no superar el proceso
selectivo
Primer apellido: ............................................
Segundo apellido: ..........................................
Nombre: .................................. DNI: ...........
Domicilio (calle/plaza): .....................................
Localidad: ................... Provincia: ...................
Código postal: ..............................................
De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la
convocatoria para la cobertura de una plaza de la Escala de Gestión
de Archivos y Bibliotecas vacante en la relación de puestos de
trabajo de personal funcionario de la Universidad "Carlos III", de
Madrid, realizada por Resolución de ("Boletín Oficial del Estado" )
Solicita: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación
temporal de personal interino de la citada categoría.
..........a ..... de ............... de 2000
(Firmado)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid