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Documento BOE-A-2000-6338

Resolución de 23 de febrero de 2000, de la Universidad "Carlos III", de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Archivos y Bibliotecas.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2000, páginas 13753 a 13762 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-6338

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de

Administración y Servicios de esta Universidad,

Este Rectorado, en uso de las competencias que tiene

atribuidas por el artículo 50.1 de los Estatutos de la Universidad

"Carlos III", de Madrid, aprobados por Decreto 197/1995, de 13

de julio ; de la Comunidad de Madrid ("Boletín Oficial del Estado"

número 183, de 2 de agosto) ; dentro del marco de lo dispuesto

por el artículo 3.2.e) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, y de conformidad con lo establecido

por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se

aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio

de la Administración del Estado, ha resuelto convocar proceso

selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión, con sujeción

a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir nueve plazas

por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso

libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a cinco plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a cuatro plazas.

1.2 De acuerdo con lo que determina la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio, se reservará un 3 por 100 de las plazas

para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100 siempre que se reúnan

los requisitos que en dicha norma se establecen. Dicho cupo de

reserva se aplicará al sistema general de acceso libre al que se

acumularán las plazas reservadas que no queden cubiertas.

1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción

interna se acumularán, igualmente, al sistema general de acceso

libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna

finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre.

El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con esta

finalidad.

1.4 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos

sistemas.

1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción

interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso

preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso

libre para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, podrán

solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran

desempeñando. En caso de que la Universidad acuerde acceder

a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación

de destinos, por el orden de puntuación obtenido en el proceso

selectivo.

1.6 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación:

La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de

esta convocatoria.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura

en el anexo II de la presente convocatoria.

1.8 El proceso selectivo constará para acceso libre de una

fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso

y una fase de oposición.

El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el

anexo III de la presente convocatoria.

1.9 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado

lo dispuesto en la base 1.6 de esta convocatoria.

1.10 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

del 15 de mayo de 2000.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los

aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a

la función pública, y en particular:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el

ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta

convocatoria.

d) Titulación académica: Estar en posesión del título de

Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en

condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de

presentación de solicitudes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas

por sentencia judicial firme.

f) En el caso de aspirantes a las plazas reservadas a personas

afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de

grado igual o superior al 33 por 100.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán estar en situación de activo,

pertenecer el día de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos o Escalas de

Archivos y Bibliotecas (grupo C), tener destino en la Universidad

"Carlos III", de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos

años en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos

los demás requisitos exigidos.

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978 en

algunos de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados serán

computables a efectos de antigüedad para participar por

promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán

hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña

como anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el

Registro General de la Universidad "Carlos III", de Madrid, calle

Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid) ; calle Butarque, 15, 28911

Leganés (Madrid), o avenida de la Universidad "Carlos III", 22,

28270 Colmenarejo (Madrid), y en la Dirección General de la

Función Pública, calle María de Molina, 50, Madrid, del Ministerio

de Administraciones Públicas.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

magnífico de la Universidad "Carlos III", de Madrid, en el plazo

de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al

de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el

Registro General de la Universidad "Carlos III", de Madrid, calle

Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid) ; calle Butarque, 15, 28911

Leganés (Madrid), o avenida de la Universidad "Carlos III",

número 22, 28270 Colmenarejo (Madrid), o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para

los aspirantes del turno libre y 1.500 para los aspirantes de turno

de promoción interna. Estos derechos se ingresarán bien

directamente o mediante transferencia bancaria en la Caja Postal,

oficina 9059, Getafe (Madrid), en la cuenta corriente número

00-13893030, de la Universidad "Carlos III", de Madrid, realizando

el ingreso en concepto de "Pruebas selectivas Escala de Gestión

de Archivos y Bibliotecas. Universidad "Carlos III"".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria

o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la

cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen

determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el

ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad

bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,

en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que

se ha efectuado el ingreso.

c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que

soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación

expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo

que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta

documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los

méritos señalados en el anexo III de esta convocatoria.

3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los

siguientes datos:

En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la

denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Gestión de

Archivos y Bibliotecas.

En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará P para

promoción interna y L para acceso libre.

Los aspirantes por el sistema general de acceso libre con grado

de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar

en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados,

deberán indicarlo en el recuadro 8 de la solicitud y expresar, en

su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la

realización de los ejercicios en que esta adaptación será necesaria,

utilizado para ello el recuadro 9.

En el recuadro "datos a consignar según las bases de la

convocatoria", apartado A), se deberá consignar el idioma francés

o inglés que los aspirantes eligen para el tercer ejercicio.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.

3.9 Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición

de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida,

justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el

Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución

en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales

de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En

esta Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la

causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer

ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán

expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión,

de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,

dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión, justificando

su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán

definitivamente excluidos de la relación de las pruebas.

Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de reserva

de discapacitados o el de promoción interna, no cumplan alguno

de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva

o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación

acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación

definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre,

siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.

4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de

admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se

podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación.

4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Procedimiento de selección

5.1 El procedimiento de selección por el sistema de

promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de

concurso.

5.1.1 Fase de oposición.-Los ejercicios a realizar por los

aspirantes se especifican en el anexo III de la presente

convocatoria.

5.1.2 Fase de concurso.-Finalizada la fase de oposición

tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase

aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En

esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes

de conformidad con el baremo fijado en el citado anexo III. En

ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser

computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en

la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito

necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con

la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos

Humanos ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta

convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna

para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece

en la base 3.5 de la presente convocatoria.

Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará

como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo

de presentación de las solicitudes de participación en las presentes

pruebas selectivas.

5.1.3 Valoración final.-La valoración final del proceso

selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en

ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar

aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que

el total de plazas convocadas.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna

de las plazas convocadas, será necesario superar el ejercicio de

la fase de oposición, y encontrarse, una vez sumadas las

puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no

superior al número de plazas convocadas en cada grupo.

En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas

la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante

con:

a) Mayor puntuación en la fase de oposición.

b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la

fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar, y así

sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas

reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá finalmente

por sorteo entre los aspirantes elegidos.

5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el

sistema general de acceso libre será el de oposición.

5.2.1 Fase de oposición.-Los ejercicios a realizar por los

aspirantes se especifican en el anexo III de la presente

convocatoria.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios

primero, segundo y tercero.

En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad

al aspirante con:

a) Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

b) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate,

éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes

elegidos.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas

estará compuestos del siguiente modo: El Gerente o persona en

quien delegue ; dos representantes de la Universidad designados

por el Rector ; una persona designada por las Administraciones

Públicas o por la Comunidad de Madrid, en su caso ; una persona

designada por la Junta de Personal Funcionario de Administración

y Servicios de la Universidad "Carlos III", de Madrid, y un

funcionario del área de personal que actuará como Secretario, con

voz, pero sin voto.

6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del

Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por

razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.

6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá

solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no

hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas

en el párrafo anterior.

6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 6.3.

6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes los sustituyan, y la mitad, al menos, de sus

miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación

mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros

titulares o suplentes.

6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá

las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,

así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones

posibles de tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral

sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad

"Carlos III", de Madrid, calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid),

teléfonos 91 624 93 32 y 91 624 96 78. El Tribunal dispondrá

que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del

Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas, en relación

con estas pruebas selectivas.

6.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo

establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva

redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será

nula de pleno derecho.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra Q, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" del 17), por la que se publica el sorteo celebrado

el día 14 de abril de 1999.

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su

personalidad.

7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la

oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

Los aspirantes minusválidos o discapacitados que en su

solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán

concurrir al ejercicio para el que aquélla se concrete provistos del

correspondiente certificado acreditativo de la minusvalía o

discapacidad, al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada

petición.

7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11, el

primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del

15 de mayo de 2000, publicándose en la misma Resolución a

la que se refiere la base 4.1 el lugar, fecha y hora de su celebración,

así como la composición expresa del Tribunal.

7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal en

los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la

sede del Tribunal señalada en la base 6.10, y por cualesquiera

otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del

mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la

presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá

su exclusión al excelentísimo señor Rector magnífico, dando

traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por

el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas

a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía

administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular

el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos

meses, previa comunicación al Rector de la Universidad.

8. Listas de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y en aquellos

otros que estime oportunos, las relaciones independientes de

aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre

como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones

alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad,

en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios

y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna

se expresará, asimismo, en dicha relación la puntuación de la

fase de concurso.

8.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de

ambas listas al Rector de la Universidad "Carlos III", de Madrid ;

dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Presentación de documentos y nombramiento

como funcionario de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la relación definitiva de aprobados. Los aspirantes que hayan

superado las presentes pruebas selectivas presentarán, para su

nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro

General de esta Universidad, calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid),

o calle Butarque, 15, 28911 Leganés (Madrid), y avenida de la

Universidad "Carlos III", número 22, 28270 Colmenarejo (Madrid),

en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos

Humanos y Organización, los siguientes documentos:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o

acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del

original para su comprobación. En caso de formato antiguo del

documento nacional de identidad, una copia del número de

identificación fiscal.

b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada,

o acompañada del original para su comprobación y compulsa.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas.

d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33

por 100 deberán acreditar tal condición mediante certificación

de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales

o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

9.2 Igualmente, durante el plazo citado en la base anterior,

y con carácter previo a la formalización del nombramiento como

funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán

a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que

a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto

de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base

2.1 de la presente convocatoria.

9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal

laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán

exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás

requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,

debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal

o del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar

tal condición.

9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera,

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la

presente base, el Rectorado de la Universidad "Carlos III", de Madrid,

dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de

la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas

convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede

de los Tribunales indicadas en la base 6.10.

9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición

de los destinos la autoridad convocante procederá al

nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión de los

aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado

desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el

"Boletín Oficial del Estado".

9.7 La jornada de trabajo será la establecida con carácter

general en la Universidad y el horario de las mismas será el

establecido en la unidad en que se ubica la plaza.

9.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido

a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades

del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

10. Bolsa de trabajo

10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de

la Escala de Gestión de Archivos y Bibliotecas, se formará lista

de espera con los aspirantes de acceso libre que, habiendo

aprobado alguno de los ejercicios de la oposición no superen el proceso

selectivo, quedando ordenados según la puntuación obtenida en

los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se

estará a la prelación dispuesta en la base 5.2.1.

10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista

de espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en

su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma

y presentada con la solicitud de participación en las presentes

pruebas selectivas.

11. Norma final

11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las

presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta

convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal,

sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está

facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los

acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas,

en todo lo no previsto en las bases.

11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en

el plazo de dos meses desde su publicación. Asimismo, cuantos

actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de

los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los

casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Getafe, 26 de febrero de 2000.-El Rector, P. D. (Resolución

de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.

ANEXO I (Ver imagen página 13758)

ANEXO II

Programa

1. Biblioteconomía y documentación

Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios.

Clases de bibliotecas.

Tema 2. Bibliotecas nacionales. Concepto y función.

Tema 3. Bibliotecas especializadas y centros de

documentación. Concepto y función.

Tema 4. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.

Situación actual de las bibliotecas universitarias en España.

Tema 5. Automatización de la actividad y los servicios

bibliotecarios. Panorama y tendencias de las bibliotecas universitarias

en España.

Tema 6. Organización espacial y equipamiento. Preservación

y conservación de materiales.

Tema 7. Gestión automatizada de la colección bibliográfica

en la biblioteca universitaria: Selección y adquisición de

materiales. Criterios, técnicas y evaluación.

Tema 8. Gestión automatizada de la colección bibliográfica

en la biblioteca universitaria: Proceso técnico de materiales.

Normalización, formato MARC y técnicas. Reconversión y

catalogación compartida.

Tema 9. Lenguajes documentales: La clasificación decimal

universal, descriptores y tesauros.

Tema 10. Servicios para el usuario en la biblioteca

universitaria: Información básica y bibliográfica. Los opac's. Formación

de usuarios.

Tema 11. Servicios para el usuario en la biblioteca

universitaria: Accesibilidad de los fondos, préstamo, préstamo

interbibliotecario y suministro de copias.

2. Fuentes de información y organización bibliotecaria

Tema 1. Panorama actual de la edición y distribución

electrónica.

Tema 2. Internet. Funcionamiento, acceso y utilidad.

Aplicación en bibliotecas universitarias.

Tema 3. Fuentes de información en Ciencias Sociales y

Humanidades.

Tema 4. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.

Tema 5. Catálogos colectivos: Tipos, fines y mantenimiento.

Accesibilidad: Protocolo Z39.50.

Tema 6. El sistema bibliotecario español. Legislación y

competencias de las distintas Administraciones.

Tema 7. Cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes. Redes

de bibliotecas universitarias y de investigación. La cooperación

internacional.

3. Historia del libro y de las bibliotecas. Archivística.

Organización administrativa

Tema 1. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la

imprenta.

Tema 2. Invención y difusión de la imprenta. Evolución hasta

el siglo XVIII.

Tema 3. El libro y las bibliotecas en los siglos XIX y XX.

Origen y evolución de las bibliotecas universitarias.

Tema 4. Concepto y función de archivos. Clases de archivos.

Tema 5. Instalación y equipamiento de archivos.

Conservación y restauración de documentos.

Tema 6. Principios generales de organización de fondos.

Sistemas de clasificación y ordenación de documentos.

Tema 7. Descripción de fondos: Guías, inventarios, catálogos

e índices.

Tema 8. Los archivos universitarios. Producción y gestión

documental. Valor histórico de la documentación universitaria.

Tema 9. Principales archivos españoles e internacionales.

Tema 10. El sistema español de archivos. Legislación y

competencia de las distintas Administraciones.

Tema 11. Legislación española sobre el patrimonio artístico,

bibliográfico y documental. La Ley de Propiedad Intelectual.

Tema 12. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. La organización territorial del Estado. Relaciones entre

las diferentes Administraciones Públicas.

Tema 13. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas. Concepto, clases de funcionarios y

situaciones administrativas. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.

Tema 14. La función pública universitaria: Personal docente

e investigador y de administración y servicios. Clases y régimen

jurídico del profesorado universitario.

Tema 15. La administración del servicio de la enseñanza

superior. El Ministerio de Educación y Cultura. Secretaría de Estado

de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo. Las

Consejerías de Educación. Especial referencia a la Comunidad de

Madrid.

Tema 16. Régimen jurídico de las Universidades. La Ley de

Reforma Universitaria. Estructura y organización de las

Universidades. La Universidad "Carlos III", de Madrid.

ANEXO III

Proceso selectivo

I. Fase de oposición

La fase de oposición estará compuesta de tres ejercicios

obligatorios de carácter eliminatorio:

a) Primer ejercicio:

Consistirá en la realización por escrito de un resumen analítico

(de hasta 150 palabras) de un artículo sobre temas

bibliotecarios/documentales en un idioma extranjero (inglés o francés, a

elección del opositor). Para realizar el ejercicio los aspirantes

podrán utilizar diccionario.

El tiempo máximo de duración será de una hora treinta minutos.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener

un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema -elegido

por los opositores de entre dos que serán extraídos al azar-, de

cada uno de los grupos de materias que integran el programa

que figura como anexo II de esta convocatoria.

Los aspirantes que concurran por el sistema de promoción

interna estarán exentos de realizar el tema que corresponda al grupo

de materias de "Historia del Libro y de las Bibliotecas, Archivística

y Organización Administrativa".

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio

será de tres horas para los aspirantes del turno libre y de dos

horas para los aspirantes del turno de promoción interna.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante

el Tribunal, que valorará la formación general y actualización de

conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación

personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.

Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante

un período máximo de quince minutos.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para su

superación obtener un mínimo de cinco puntos y no haber obtenido

una calificación de cero puntos en alguno de los temas.

c) Tercer ejercicio:

Este ejercicio, de carácter práctico, constará de dos partes,

que podrán realizarse en la misma o en distinta sesión:

Primera parte:

Turno libre: Consistirá en la redacción de los asientos

bibliográficos en formato IBERMARC de cuatro impresos modernos,

dos de los cuales deberán ser obligatoriamente en castellano, uno

en inglés y otro en francés, además de un expediente moderno

(siglos XVIII al XX).

Turno de promoción interna: Consistirá en la redacción de los

asientos bibliográficos en formato IBERMARC de dos impresos

modernos, uno en castellano y otro en inglés o francés.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes reglas de

catalogación.

b) Descriptores que se redactarán libremente o ajustándose

a alguno de los tesauros existentes.

c) Clasificación decimal universal.

Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD,

el manual de formato IBERMARC, las tablas de CDU y los

instrumentos de ayuda a la indización que estimen oportunos, además

de diccionarios.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio

será de cuatro horas para el turno libre y una hora y media para

el turno de promoción interna.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para la

superación de esta parte del ejercicio obtener una puntuación

mínima de cinco puntos y no haber obtenido una puntuación de cero

en ninguno de los asientos bibliográficos.

Segunda parte:

Consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica

utilizando los recursos impresos y/o automatizados (catálogo

automatizado, CD-ROM, Internet) sobre un tema concreto que

propondrá el Tribunal y que se seleccionará por sorteo entre varias

propuestas del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio

será de una hora y media.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para su

superación obtener un mínimo de cinco puntos.

II. Fase de concurso

En la fase de concurso, se valorarán para los aspirantes del

sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y

los reconocimientos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de

diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración

Pública, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en

Cuerpos o Escalas del grupo C de Biblioteca, incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, así como el

grado personal consolidado en la fecha de publicación de esta

convocatoria, el trabajo desarrollado según el nivel de

complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado en la fecha

de publicación de esta convocatoria, y los cursos de formación

recibidos o impartidos sobre archivos y bibliotecas e idiomas.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

que figura como anexo IV de la convocatoria. Certificación a la

que se adjuntará documentación acreditativa de los puestos de

trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y copia de los

certificados de cursos de formación para la mejor valoración por

el Tribunal de los méritos recogidos en la presente convocatoria.

Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite

la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:

1. Antigüedad: Se valorarán hasta un máximo de tres puntos

los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de

la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de

Servicios Previos en la Administración, en los Cuerpos o Escalas del

grupo C de Biblioteca. No se computarán los servicios prestados

simultáneamente con otros igualmente alegados.

Por cada año completo de servicio prestado: 0,10 puntos, hasta

un máximo de tres puntos.

2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de

finalización del plazo de presentación de instancias de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", se otorgará la siguiente

puntuación:

Hasta el grado 12, dos puntos, y por cada unidad de grado

que exceda de 12, 0,25 puntos, hasta un máximo de 4,50 puntos.

3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día

de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente

puntuación:

Hasta el nivel 12, dos puntos, y por cada unidad de nivel que

exceda de 12, 0,50 puntos, hasta un máximo de tres puntos.

4. Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación

recibidos o impartidos sobre materias directamente relacionadas

con el apoyo en la catalogación, proceso y referencia en bibliotecas

y archivos impartidos por centros nacionales o extranjeros de

reconocido prestigio:

Más de ciento cincuenta horas: Dos puntos.

Mas de veinte horas: Un punto.

Se valorará igualmente con un punto la formación en idiomas

extranjeros distintos del elegido por el aspirante en el primer

ejercicio, acreditados mediante certificación expedida por centros

nacionales o extranjeros de reconocido prestigio, siempre que se

acredite como mínimo haber realizado más de un curso académico.

La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado

será de cinco puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a

la puntuación final a efectos de establecer el orden definitivo de

aspirantes aprobados. En ningún caso la valoración de méritos

podrá aplicarse para superar los ejercicios obligatorios de la fase

de oposición.

ANEXO IV (Ver imagen página 13761)

ANEXO V

Solicitud de inclusión en la bolsa de trabajo para contratación

como personal interino, en caso de no superar el proceso

selectivo

Primer apellido: ............................................

Segundo apellido: ..........................................

Nombre: .................................. DNI: ...........

Domicilio (calle/plaza): .....................................

Localidad: ................... Provincia: ...................

Código postal: ..............................................

De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la

convocatoria para la cobertura de una plaza de la Escala de Gestión

de Archivos y Bibliotecas vacante en la relación de puestos de

trabajo de personal funcionario de la Universidad "Carlos III", de

Madrid, realizada por Resolución de ("Boletín Oficial del Estado" )

Solicita: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación

temporal de personal interino de la citada categoría.

..........a ..... de ............... de 2000

(Firmado)

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid