Aprobada por acuerdo de la Junta de gobierno de la Universidad
de Castilla-La Mancha, de fecha 22 de julio de 1998, la
modificación de la relación de puestos de trabajo del personal de
administración y servicios, publicada por Resolución de 1 de septiembre
de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 30), el Reglamento de
Implantación de la Relación de Puestos de Trabajo determina en
el artículo 3 la unificación de plantillas del personal de
Administración y Servicios a través de los procesos de funcionarización
y en el anexo III, apartado 1.1 el proceso de funcionarización
del personal laboral fijo de la Universidad de Castilla-La Mancha
y de los centros adscritos que se integren.
Aprobada, asimismo, por acuerdo de la Junta de gobierno de
la Universidad de Castilla-La Mancha, con fecha 20 de julio de
1999, la oferta de empleo para dicho año, incluyéndose en ella
el proceso de funcionarización del personal laboral de los centros
adscritos integrados en la plantilla de la Universidad de
CastillaLa Mancha en virtud de los Convenios suscritos y al personal
laboral de nuevo ingreso o pendiente de los procesos anteriores.
En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria
decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial
del Estado" del 3), de Medidas Urgentes para la Reforma de la
Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio
("Boletín Oficial del Estado" del 29),
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18, en relación con el artículo 3.e), de la
Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de la
Universidad, aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de
septiembre ("Diario Oficial de Castilla-La Mancha", de 1 de octubre),
acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso en Escalas
de Administración General y Escalas de Administración Especial
de la Universidad de Castilla-La Mancha, por el turno de plazas
afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas, con sujeción
a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de las
Escalas de funcionarios de la Universidad de Castilla-La Mancha,
por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de
Medidas, para la funcionarización del personal laboral fijo, según
las equivalencias que constan en el anexo I:
Escalas de Administración General:
Plazas de la Escala de Gestor Técnico de Biblioteca y Archivo
(grupo C).
Plazas de la Escala Administrativa (grupo C).
Plazas de la Escala Auxiliar Administrativa (grupo D).
Plazas de la Escala Subalterna (grupo E).
Plazas de la Escala Técnica de Servicios (grupo C).
Escalas de Administración Especial:
Plazas de la Escala de Laboratorios-Personal de oficio (grupo
D).
Plazas de Mantenimiento-Técnico Auxiliar (grupo C).
Plazas de la Escala de Diseño y Artes Gráficas-Personal de
oficio (grupo D).
1.2 El proceso de funcionarización se efectuará al grupo de
funcionarios equivalente al grupo laboral a que se pertenezca,
siempre que, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes,
se ostente la titulación requerida para cada grupo de funcionarios.
En el caso de no poseer la titulación correspondiente, la
funcionarización se efectuará al grupo inferior de funcionario que
corresponda a cada trabajador según la titulación que posea.
Con carácter general, en dicho concurso-oposición quedarán
eximidos de los ejercicios de la fase de oposición quienes hayan
acreditado los conocimientos requeridos en las pruebas superadas
para acceder a la condición de personal laboral fijo.
El personal procedente de la integración de los centros adscritos
que para su adecuación a la estructura organizativa de la UCLM
tiene atribuidas funciones específicas de Administrador o Gestor
de Biblioteca, podrá optar por funcionarizarse siguiendo el
procedimiento ordinario, siempre que exista la Escala correspondiente
de personal funcionario, o superar el proceso selectivo para
integrarse en el grupo C (Escala Administrativa o Escala de Gestor
Técnico de Biblioteca, según corresponda).
1.3 El proceso selectivo para el personal laboral fijo del grupo
3.o al 5.o, ambos inclusive, constará de una fase de concurso
y otra de oposición, con las valoraciones, puntuaciones y exención
de pruebas que se especifican en el anexo II, según el punto 1.1
del "Plan de consolidación y mejora de plantillas de la Universidad
de Castilla-La Mancha", en consonancia con el punto 9.4 de la
Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 27
de marzo de 1991, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril.
1.4 El Rector de la Universidad hará pública la lista de los
aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso o
en la fase de concurso-oposición, según proceda. Dicha lista
deberá ser expuesta, en todo caso, en el tablón de anuncios del
Rectorado, Vicerrectorados de campus y demás centros de esta
Universidad.
1.5 El personal que supere el proceso selectivo quedará
destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que
su puesto se haya reconvertido, y deberá permanecer en el mismo
durante un plazo mínimo de dos años, siéndole de aplicación lo
dispuesto en el artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la
Reforma de la Función Pública.
1.6 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los anexos II
y III de la Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha,
de 1 de septiembre de 1998, sobre publicación de la modificación
de la relación de puestos de trabajo del personal de Administración
y Servicios ("Boletín Oficial del Estado" del 30), lo dispuesto en
las presentes bases y, con carácter supletorio, el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril).
2. Requisitos de los candidatos
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1 Ser español.
2.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.3 Estar en posesión de la siguiente titulación académica
o legalmente equivalente:
2.3.1 Para las Escalas de grupo C: Título de Bachiller
Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller
LOGSE, Formación Profesional de segundo grado, o tener aprobadas
pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco
años.
2.3.2 Para las Escalas de grupo D: Título de Bachiller
Elemental, Graduado Escolar, o Certificado de Estudios Primarios
expedido con anterioridad a la finalización del año académico
1975-1976, según establece la Orden de 4 de febrero de 1986
("Boletín Oficial del Estado" del 8).
2.3.3 Para la Escala Subalterna grupo E: Certificado de
Estudios Primarios o Escolaridad.
2.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
2.6 Desempeñar como personal laboral fijo un puesto de
trabajo clasificado como propio de funcionario en la correspondiente
relación de puestos de trabajo del personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha, publicada
por Resolución de la Universidad, de 1 de septiembre de 1998
("Boletín Oficial del Estado" del 30).
2.7 Todos los requisitos enumerados en la base 2 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas
que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial, será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, Vicerrectorados
de Albacete, Cuenca y Toledo, y centros docentes de la
Universidad.
A la solicitud se acompañará fotocopia compulsada del título
exigido en la base 2.3 o certificación académica oficial que acredite
tener cursados todos los estudios necesarios para la obtención
del mismo y abonados los derechos de expedición del título. De
conformidad con lo previsto en el artículo 35, apartado f), de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el supuesto que la
titulación académica exigida para el proceso de funcionarización se
encontrase en el expediente administrativo del solicitante, deberá
hacerlo constar expresamente en la solicitud.
A efectos de puntuación en la fase de concurso, los aspirantes
deberán presentar certificación oficial de los cursos de formación
realizados y que se encuentren relacionados con la plaza.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se
hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de
Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, excepto en Entidades
de la Administración Local, en el plazo de veinte días naturales,
a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al Rector de la
Universidad de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente.
El interesado adjuntará a la solicitud el comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de la
misma. Asimismo deberán solicitar expresándolo en el recuadro
número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los ejercicios de la fase de oposición para ingreso del
personal laboral fijo no exento de esta fase, se realizarán
únicamente en Ciudad Real; en consecuencia, los aspirantes deberán
dejar en blanco el recuadro correspondiente a "provincia de
examen".
3.5 Conforme determina el artículo 18 de la Ley 66/1997,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, los
derechos de examen serán de:
1.000 pesetas para el grupo C.
750 pesetas para el grupo D.
600 pesetas para el grupo E.
que se ingresarán en la cuenta c liente código
2105 0200 85 014003722-3 de Caja Castilla-La Mancha, oficina
calle Ciruela, número 9, en Ciudad Real.
El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia
bancaria.
A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del
pago de los derechos. La falta de este justificante determinará
la exclusión del aspirante.
En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la
trasferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en
la base 3.2.
3.6 Estarán exentas del pago de la tasa las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100.
3.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas cuando no se realice su hecho
imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.9 A la solicitud se incorporará, de oficio, certificación
expedida por la Gerencia acreditativa de pertenecer a la Universidad
de Castilla-La Mancha como personal laboral fijo, con
especificación del grupo profesional, categoría laboral y antigüedad.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector
de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en
el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", declarando aprobada la lista de admitidos y la relación
de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
En esta lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre
y número de documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
La Resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos
pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente
excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo.
5. Tribunal
5.1 Los Tribunales calificadores de las pruebas son los que
figuran en anexo IV de esta convocatoria.
5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco
años anteriores a la publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención
citadas.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares
o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso
selectivo.
5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudiera suscitar la aplicación de estas normas, así
como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores
a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de
la Universidad.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3,
las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración
Sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales o de la Comunidad Autónoma.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban
ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos
aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 18
de febrero de 1985, ("Boletín Oficial del Estado" del 22), o
cualesquiera otros equivalentes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Castilla-La Mancha, calle Altagracia, 50, 13071 Ciudad Real.
Teléfono: 926 29 53 00.
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto
236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial
del Estado" del 17).
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal para que acrediten su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
los ejercicios, en único llamamiento, siendo excluidos de las
pruebas selectivas quienes no comparezcan.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la
solicitud de admisión, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de
alzada ante el Rector.
7. Lista de aprobados y nombramiento de funcionarios
7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará públicas
en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en
la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos,
la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo,
por orden de puntuación y con indicación de sus números de
documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad, especificando
igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
7.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá
efectuarse en la fecha que indique la Gerencia en la Resolución
de nombramiento que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado".
8. Consulta de la página Web
La presente convocatoria y los actos que de ella se deriven
que requieran publicación, podrán ser consultados en el Web de
la Universidad de Castilla-La Mancha, http://www.uclm.es
9. Plazo de resolución
El plazo máximo de finalización de la presente convocatoria
será de seis meses a partir de la publicación de la lista de admitidos
y excluidos.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Ciudad Real, 6 de marzo de 2000.-El Rector, Luis Alberto
Arroyo Zapatero.
ANEXO I
Equivalencia de puestos
Régimenlaboral Régimenfuncionario
Categoría Grupo
Dependencia
Grupo Nivel
Escalas de Administración Especial
Técnico de Mantenimiento ........................................... III OGI .............................. C o D 18
Oficial .............................................................. IV Reprografía ....................... D 14
Oficial .............................................................. IV Laboratorios ...................... D 16
Escalas de Administración General
Oficial de Administración ............................................ IV Unidad de campus ................ D 16
Auxiliar de Administración (funciones de Gestor) ..................... V Unidad de campus ................ D 16
Técnico ............................................................. III Centros ........................... C o D 18
Auxiliar de Administración (funciones de Administrador) .............. V Centros ........................... C o D 18
Auxiliar de Administración ........................................... V Centros ........................... D 14
Técnico ............................................................. III Servicio de Biblioteca ............. C 15
Responsable ........................................................ III Unidad de Servicios Generales .... C o D 18
Auxiliar de Servicio .................................................. V Unidad de Servicios Generales .... E 12
ANEXO II
1. Proceso de selección
1.1 El proceso de selección en todas las Escalas constará
de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
1.2 Fase de concurso: En la fase de concurso, que no tendrá
carácter eliminatorio, se valorarán exclusivamente los méritos que
constan en el apartado 2.1 del presente anexo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición
a los aspirantes que no estén exentos de su realización.
1.3 Fase de oposición.
1.3.1 Grupo C.-La fase de oposición constará de dos
ejercicios de carácter eliminatorio cada uno:
Primer ejercicio: Teórico. Consistirá en responder un
cuestionario de preguntas con respuestas alternativas basado en el
contenido del programa. El tiempo máximo de realización será de
sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Práctico. Consistirá en resolver un supuesto
práctico de entre tres propuestos por el Tribunal basado en el
contenido del programa, utilizando la herramienta adecuada al
puesto de trabajo (vehículos, aparatos y útiles de laboratorio,
aparatos y herramientas de mantenimiento y las relacionadas con
el oficio, herramientas informáticas propias del puesto de trabajo
y, en general, aquellas que resulten necesarias para el desempeño
del puesto de trabajo, profesión u oficio). El tiempo máximo de
realización será de noventa minutos.
Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes
del grupo 3.o de personal laboral fijo que reúnan el requisito de
titulación académica, cuyo puesto de trabajo conste relacionado
en el anexo I.
1.3.2 Grupo D.-La fase de oposición constará de dos
ejercicios de carácter eliminatorio cada uno:
Primer ejercicio: Teórico. Cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas basado en el contenido del programa, con
una duración máxima de cuarenta y cinco minutos.
Segundo ejercicio: Práctico. Consistirá en resolver un supuesto
práctico, propuesto por el Tribunal, utilizando la herramienta
adecuada al puesto de trabajo (vehículos, aparatos y útiles de
laboratorio, aparatos y herramientas de mantenimiento y las
relacionadas con el oficio, herramientas informáticas propias del puesto
de trabajo y, en general, aquellas que resulten necesarias para
el desempeño del puesto de trabajo, profesión u oficio), con una
duración máxima de sesenta minutos.
Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes
del grupo 3.o que no cumplan el requisito de la titulación de
Bachiller superior o equivalente para acceder al grupo C, y los del grupo
4.o y 5.o (Auxiliar de Administración) de personal laboral fijo,
cuyo puesto de trabajo conste relacionado en el anexo I.
1.3.3 Grupo E.-La fase de oposición constará de un ejercicio,
dividido en dos partes, cada una de las cuales, individualmente
consideradas, tendrá carácter eliminatorio, y ambas se
desarrollarán en la misma sesión.
Primera parte: Teórica. Cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas sobre el contenido del programa. El tiempo de
realización será como máximo de cuarenta y cinco minutos.
Segunda parte: Práctica. Consistirá en resolver un supuesto
práctico con respuestas alternativas sobre funciones relativas al
puesto de trabajo. El tiempo de realización será como máximo
de cuarenta y cinco minutos.
Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes
del grupo 4.o que no reúnan el requisito de titulación para acceder
al grupo D, y los del grupo 5.o de personal laboral fijo, cuyo
puesto de trabajo conste relacionado en el anexo I.
1.3.4 En los procesos en que la herramienta de trabajo es
el ordenador, la realización de los ejercicios se efectuará mediante
las aplicaciones Word 95, Excel 95 Y Access 95, bajo sistema
operativo Windows 95.
2. Valoración
2.1 Fase de concurso: La puntuación de la fase de concurso
será hasta un 40 por 100 de la puntuación de la fase de oposición,
con la siguiente distribución:
Hasta el 90 por 100 de la puntuación del concurso se valorará
la experiencia profesional a razón de un punto por cada año de
servicios efectivamente prestados en la Universidad de
CastillaLa Mancha, o reconocidos en virtud de Convenio. En los periodos
inferiores a seis meses se valorarán a 0,16 puntos por cada mes
completo. A los efectos de esta convocatoria, se consideran
servicios prestados a la Universidad de Castilla-La Mancha, los
prestados a los centros adscritos.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se
valorarán al 50 por 100 de las puntuaciones anteriores.
Hasta el 10 por 100 de la puntuación del concurso se valorarán
los cursos de formación relacionados con la plaza, superados con
aprovechamiento, a 0,25 puntos por curso de treinta horas o más
realizado en los últimos cinco años. Solamente podrán valorarse
los cursos homologados por la Universidad de Castilla-La Mancha
y por otras Administraciones Públicas, relacionados con la plaza.
2.2 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición
se calificaran en la forma siguiente:
2.2.1 Grupo C:
Primer ejercicio: Teórico. Su calificación será de cero a 15
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para
superarlo. El ejercicio será eliminatorio.
Segundo ejercicio: Práctico. La calificación será de cero a 10
puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación mínima para
superarlo será de 5 puntos.
2.2.2 Grupo D:
Primer ejercicio: Teórico. Su calificación será de cero a 10
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarlo. El ejercicio será eliminatorio.
Segundo ejercicio: Práctico. La calificación será de cero a 10
puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación mínima para
superarlo será de 5 puntos.
2.2.3 Grupo E:
Primera parte: Teórica. Su calificación será de cero a 15 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para superarlo.
El ejercicio será eliminatorio.
Segunda parte: Práctica. La calificación será de cero a 15
puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación mínima para
superarlo será de 7,5 puntos.
ANEXO III
Programas
1. ESCALA DE GESTOR TÉCNICO DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS (GRUPO C)
Parte I
Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios.
Clase de bibliotecas.
Tema 2. Las bibliotecas universitarias. Las bibliotecas
universitarias en España. La biblioteca de la Universidad de
CastillaLa Mancha
Tema 3. La cooperación entre bibliotecas. Fines y actividades.
Tema 4. Selección, adquisición y registro de materiales
bibliográficos.
Tema 5. Catalogación, descripción e identificación
bibliográfica: ISBD, ISBN, ISSN, formato MARC.
Tema 6. Sistemas de clasificación e indización bibliográfica.
La CDU. Ordenación de fondos.
Tema 7. Servicios bibliotecarios: Préstamo, información y
atención al público, difusión de la información.
Tema 8. Automatización de los servicios bibliotecarios.
Principales sistemas de gestión bibliotecaria.
Tema 9. Obras de referencia y fuentes de información
bibliográfica: Catálogos, bibliografías, índices.
Tema 10. El sistema español de bibliotecas, competencias
y funciones de los diferentes organismos y Administraciones.
Tema 11. Concepto y funciones del archivo. Concepto de
sistema archivístico: Archivos de gestión, centrales, intermedios e
históricos.
Tema 12. Los documentos y sus clases. El documento de
archivo: Agrupaciones documentales.
Tema 13. Gestión de documentos de archivo: Producción
transferencias, identificación, valoración, selección y expurgo.
Tema 14. Organización y descripción de fondos
documentales. Clasificación y ordenación. Instrumentos de control,
descripción e información.
Tema 15. Servicios de archivo: Información, consultas,
préstamo, reproducción y difusión de documentos; la atención y la
formación de usuarios.
Tema 16. El Sistema Archivístico Español. El sistema de
archivos de Castilla-La Mancha. Los archivos universitarios en España.
Tema 17. Preservación, conservación y restauración de
fondos bibliográficos y documentales.
Tema 18. Nuevas tecnologías de los servicios de información.
Aplicaciones en archivos y bibliotecas.
Parte II
Tema 19. La Constitución Española.
Tema 20. El funcionario público: Concepto, clases.
Situaciones, deberes y derechos.
Tema 21. Legislación española sobre patrimonio bibliográfico
y documental, acceso a los archivos y propiedad intelectual.
Tema 22. Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de septiembre ("Diario
Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre).
2. ESCALA ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
(GRUPO C)
I. Derecho Administrativo
Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La
Constitución. Leyes Orgánicas y ordinarias. Disposiciones normativas
con fuerza de Ley. El Reglamento. Concepto, naturaleza y clases.
Límite de la potestad reglamentaria. Autonomía y sistemas de
fuentes.
Tema 2. El Acto administrativo. Concepto, clases y
elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos.
Tema 3. Los contratos administrativos. Concepto e
importancia. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión
de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de
los contratos administrativos.
Tema 4. El procedimiento administrativo. Concepto e
importancia. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y
ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación,
instrucción y terminación del procedimiento administrativo.
Tema 5. Los procedimientos administrativos en vía de
recursos administrativos. Clases y regulación actual.
II. Administración de recursos humanos
Tema 1. Órganos superiores de la Función Pública. Registro
de Personal. Programación y oferta de empleo público.
Tema 2. El personal funcionario de las Administraciones
Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción
profesional de los funcionarios. Adquisición y pérdida de la
condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos
y efectos de cada uno de ellos.
Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas
de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades.
Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.
Tema 4. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. Selección, derechos, deberes e
incompatibilidades. El contrato laboral: Contenido, duración y suspensión.
Negociación laboral, conflictos y Convenios Colectivos.
Tema 5. El régimen de Seguridad Social de los funcionarios.
La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
III. Gestión financiera
Tema 1. El Presupuesto: Concepto y clases. Ciclo
presupuestario. Presupuestos por programas: Concepto y objetivos.
Programación presupuestaria y control. El presupuesto en base cero.
Tema 2. El presupuesto del Estado. Características y
estructura. Créditos presupuestarios. Gastos plurianuales. Anulación de
remanentes. Incorporación de créditos. Créditos extraordinarios
y suplementos de créditos. Anticipos de tesorería. Ingresos que
generan créditos.
Tema 3. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Órganos competentes. Fase del procedimiento y documentos contables
que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. Control de gasto
público. Clases. Especial referencia del control de legalidad. El
Tribunal de Cuentas.
Tema 4. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:
Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.
Sueldos, trienios, pagas extraordinarias, complementos,
indemnizaciones por residencia y otras remuneraciones. Devengo y
liquidación de derechos económicos.
Tema 5. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos
de transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestadas. Pagos "en firme" y "a justificar". Justificación de
libramientos.
Tema 6. La contabilidad pública: Concepto, objetivos y fines.
Ingresos presupuestos, créditos presupuestos y remanentes de
crédito. Devoluciones y minoraciones de ingresos. Contraído,
formalizado e intervenido.
Tema 7. Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta
General del Estado.
IV. Organización universitaria
Tema 1. La administración universitaria. Competencias del
Estado y de las Comunidades Autónomas. El Ministerio de
Educación y Cultura: Órganos de gestión universitaria. El Consejo
de Universidades.
Tema 2. Las Universidades: Su naturaleza jurídica.
Tema 3. Órganos de gobierno de las Universidades. El Rector,
los Vicerrectores, el Secretario general. El Gerente. Los Decanos
y Directores. Órganos colegiados de gobierno. El Consejo Social.
Tema 4. Régimen económico-financiero de la Universidad.
Presupuesto universitario.
Tema 5. Clases y régimen jurídico de profesorado
universitario.
Tema 6. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios.
Tema 7. Régimen del alumnado. Derechos y deberes de los
alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha. Acceso y
permanencia. Convalidaciones. Traslado de expedientes. Títulos.
Becas.
Tema 8. Técnicas de comunicación oral y escrita. Gestión
de calidad en la Administración Pública: Concepto y herramientas.
V. Informática
Tema 1. Concepto de Informática. Unidad central de proceso,
memoria y unidad aritmeticológica. Soportes de información.
Periféricos.
Tema 2. "Software" de sistemas: Sistema operativo. Lenguajes
de programación. "Software" de aplicación: Tratamiento de textos,
hoja de cálculo y bases de datos, correo y agenda electrónica.
Tema 3. Organización de la información: Estructuras y tipos
de datos. Métodos de acceso. Bases de datos. Lenguajes de
consulta: (SQL).
Tema 4. Definición de sistemas de información de oficinas.
Flujos de datos. Trabajo en grupos. Etapas de informatización.
Redes informáticas. Legislación de protección de datos.
3. ESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA (GRUPOD)
Tema 1. La participación de España en Organizaciones
Internacionales. Especial consideración a las Naciones Unidas. La
integración de España a las Comunidades Europeas.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido.
Tema 3. La organización territorial del Estado. Las
Comunidades Autónomas y la Administración Local.
Tema 4. Organización administrativa española: Ministros,
Secretarios de Estado y Subsecretarios. Los Directores generales.
La Administración periférica del Estado. Los organismos
autónomos.
Tema 5. El procedimiento administrativo. Concepto e
importancia. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y
ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación,
instrucción y terminación del procedimiento administrativo.
Tema 6. Los procedimientos administrativos en vía de
recursos administrativos. Clases y regulación actual.
Tema 7. El personal funcionario de las Administraciones
Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción
profesional de los funcionarios. Adquisición y pérdida de la
condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos
y efectos de cada uno de ellos.
Tema 8. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas
de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades.
Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.
Tema 9. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. El contrato laboral: Contenido, duración y
suspensión.
Tema 10. El régimen de Seguridad Social de los funcionarios.
La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
Tema 11. El presupuesto del Estado. Características y
estructura. Ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios. Gastos
plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos.
Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Anticipos de
tesorería. Ingresos que generan créditos.
Tema 12. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Órganos competentes. Fase del procedimiento y documentos contables
que intervienen. El Tribunal de Cuentas.
Tema 13. Retribuciones de los funcionarios públicos:
Sueldos, trienios, pagas extraordinarias, complementos,
indemnizaciones por residencia y otras remuneraciones. Devengo y
liquidación de derechos económicos.
Tema 14. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por
obligaciones presupuestadas. Pagos "en firme" y "a justificar".
Justificación de libramientos.
Tema 15. La Administración universitaria. Competencias del
Estado y de las Comunidades Autónomas. El Consejo de
Universidades.
I. Tema 16. Las Universidades: Su naturaleza jurídica. El
Estatuto de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobado por
Decreto 205/1999, de 28 de septiembre ("Diario Oficial de
Castilla-La Mancha" de 1 de octubre): Estructura y contenido. Órganos
de gobierno de la Universidad.
Tema 17. Régimen económico-financiero de la Universidad.
Presupuesto universitario.
Tema 18. Clases y régimen jurídico de profesorado
universitario.
Tema 19. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios.
Tema 20. Régimen del alumnado. Derechos y deberes de los
alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha. Acceso y
permanencia. Convalidaciones. Traslado de expedientes. Títulos.
Becas.
Tema 21. Atención a los usuarios de los servicios en la
Administración Pública. Técnicas de comunicación oral y escrita. Los
archivos y registros públicos. Gestión de calidad en la
Administración Pública: Concepto y herramientas.
Tema 22. Concepto de informática. Unidad central de
proceso, memoria y unidad aritmeticológica. Soportes de información.
Periféricos.
Tema 23. "Software" de sistemas: Sistema operativo.
Lenguajes de programación. "Software" de aplicación: Tratamiento de
textos, hoja de cálculo y bases de datos, correo y agenda
electrónica.
4. ESCALA SUBALTERNA (GRUPO E)
II. Test. Psicotécnicos.
III. Cultura general.
IV. Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de septiembre ("Diario Oficial
de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre)
V. Convenio Colectivo de personal laboral de Universidades
estatales, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 6 de
octubre de 1990.
5. ESCALA TÉCNICA DE SERVICIOS(GRUPO C)
Tema 1. Estructura administrativa y de servicios de la
Universidad de Castilla-La Mancha. Estatutos de la Universidad de
Castilla-La Mancha, aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de
septiembre ("Diario Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre).
Tema 2. Especial referencia a los órganos de gobierno
colegiados y unipersonales de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Tema 3. Las unidades de servicios generales. Organización
y competencias.
Tema 4. Gestión de almacén. Organización. Control de
suministros y existencias. Obligaciones de las empresas
suministradoras.
Tema 5. Gestión de compras de pequeño material.
Justificación de gastos.
Tema 6. Comunicación verbal y escrita. Organización del
trabajo e instrucciones al personal. Derechos y deberes del personal
de las unidades de servicios generales
Tema 7. Seguridad e higiene en las unidades de servicios
generales. Prevención de riesgos y señalización.
6. ESCALA DE LABORATORIOS.PERSONAL DE OFICIOS (GRUPO D)
Tema 1. Material básico de laboratorio. Descripción y
utilización.
Tema 2. Magnitudes y unidades. Sistema internacional de
unidades.
Tema 3. Formulación y nomenclatura básica de química
orgánica e inorgánica, según normativa I.U.P.A.C.
Tema 4. La energía. Trabajo y calor.
Tema 5. Estructura y estado de la materia. Enlace químico.
Tema 6. Mezclas y disoluciones.
Tema 7. Reacciones químicas. Tipos.
Tema 8. Química orgánica básica.
7. PLAZASDE MANTENIMIENTO.ESCALA TÉCNICOAUXILIAR (GRUPO C)
Temario general
Tema 1. Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de septiembre ("Diario
Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre).
Tema 2. Seguridad e higiene en las unidades de
mantenimiento. Prevención de riesgos y señalización.
Temario especialidad electricidad
Tema 1. Unidades eléctricas. Medidas de tensión. Lámparas:
Sus diferentes tipos y formas de instalación.
Tema 2. Normas de reglamento electrónico de baja tensión
sobre instalaciones de alumbrado.
Tema 3. Alimentación de las instalaciones. Sistemas de
alimentación, distribución y lineas.
Tema 4. Instalaciones eléctricas en locales de pública
concurrencia y en locales con riesgo de incendio y explosión.
Tema 5. Obra civil en instalaciones eléctricas urbanas y
edificios administrativos o de vivienda.
Tema 6. Elementos de protección para instalación de
alumbrado exterior. Aislamiento.
Tema 7. Sistemas de iluminación de emergencia y
señalización autónomos.
Tema 8. Materiales, útiles y herramientas utilizadas
habitualmente.
Tema 9. Instalaciones. Instalación de saneamiento:
Constitución y funcionamiento. Instalación de fontanería: Constitución
y funcionamiento. Materiales empleados. Colaboración de
albañilería a los distintos oficios.
Temario especialidad fontanería
Tema 1. Trabajos de fontanería con materiales de hojalata,
cinc, plomo, hierro, cobre y plásticos. Herramientas y accesorios
utilizados.
Tema 2. Soldadura: Tipos de soldadura. Sus accesorios.
Soldaduras especiales. Injertos y uniones.
Tema 3. Canalizaciones y tuberías: Clases. Corte de tuberías,
curvado y enderezado de tubos. Codos en tuberías de plomo.
Tema 4. Grifería y aparatos. Clases. Accesorios para
colocación de grifos.
Tema 5. Distribución de agua en el interior de edificios.
Reductor de presión. Aparatos elevadores de agua. Canalizaciones
interiores. Determinación del diámetro de las cañerías.
Tema 6. Canalizaciones de desagüe. Determinación de su
diámetro. Sifones. Condiciones para su buen funcionamiento.
Tema 7. Aparatos sanitarios: Clases, instalación y
conservación. Depósitos de descarga de inodoros.
Tema 8. Conocimientos sobre instalaciones de calefacción.
Tema 9. Instalaciones. Instalación eléctrica: Constitución y
funcionamiento. Colaboración de albañilería a los distintos oficios.
Temario especialidad carpintería
Tema 1. La madera y los aglomerados: Clases, propiedades
y aplicaciones.
Tema 2. El trabajo de la madera: Desecación. Cubicación.
Troceado. Tratamientos especiales de protección de la madera.
Tema 3. Herramientas, útiles y maquinaria de carpinteria.
Tema 4. Trabajos preliminares. Clavado de puntas.
Atornillado. Cuñas, clavijas y tacos.
Tema 5. Ensamblajes y empalme: Clases y aplicaciones
técnicas.
Tema 6. Escuadras de la madera: Elaboración, medición y
clasificación.
Tema 7. Colas, pegamentos y lijas: Clases y aplicaciones.
Encolado de tableros y tablas: Acoplamientos.
Tema 8. Lista de despiece: Trazado y hermanado de las
piezas. Sistemas de unión para paneles, zócalos y molduras.
Tema 9. Sistema métrico decimal. Unidades principales.
Múltiplos y submultiplos. Equivalencias entre medidas. Unidades
básicas del Sistema Internacional de Unidades.
8. ESCALA DE DISEÑO Y ARTES GRÁFICAS. PERSONAL DE OFICIO (GRUPO D)
Temario general
Tema 1. Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de septiembre ("Diario
Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre)
Temario específico
Tema 1. Impresión planográfica.
Tema 2. Fotocopiadores: Partes, funcionamiento y clases.
Multicopistas: Clases. Calcadora de clichés.
Tema 3. Tipos de papel: Gramaje y tamaños. Transparencias.
Plástico.
Tema 4. Guillotina: Manuales y mecánicas.
Tema 5. Encuadernación mecánica. Diferentes tipos de
máquinas. Tipos de encuadernación.
Tema 6. Alzadora: Funcionamiento.
Tema 7. Conocimiento general de la organización
administrativa y de servicio de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Tema 8. Seguridad e higiene en el trabajo de reprografía.
ANEXO IV
Tribunales
Para todas las Escalas (a excepción de Gestor Técnico de
Biblioteca):
Tribunal titular:
Presidente: Don Joaquín Gómez-Pantoja Cumplido, Director
de Asesoría Jurídica de Ciudad Real.
Vocales: Don Juan Rodríguez de Guzmán Ruiz-Valdepeñas,
Subdirector de Unidad de Gestión Económica de Ciudad Real;
doña Isabel María Herrero Morejudo, Subdirectora de la Unidad
de Recursos Humanos; don Francisco Javier Gómez-Pantoja
Cumplido, Subdirector de la Dirección Económica y Patrimonio de
Ciudad Real, que actuará a su vez como Secretario, y don Ramón
Caballero Klink, en representación de la Junta del Personal de
Administración y Servicios.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Juan Francisco Martínez Tirado, Inspector de
Servicios de la UCLM.
Vocales: Don Javier López Carreto, Director de la Unidad de
Control Interno; don Juan Tomás Antequera Piña, Responsable
de Gabinete de Gerencia; doña Rosa Molina Velarde, Subdirectora
de la Unidad de Gestión Administrativa y Servicios del campus
de Ciudad Real, que actuará a su vez como Secretaria; doña María
Teresa Cárdenas Rebollo, en representación de la Junta del
Personal de Administración y Servicios.
Escala Gestor Técnico de Biblioteca:
Tribunal titular:
Presidente: Don Francisco Alia Miranda, Director de la
Biblioteca universitaria.
Vocales: Doña Marta Navascues Palacios, Directora de la
Biblioteca de campus de Toledo; doña Luisa Rincón Atienza,
Subdirectora Área Técnica de Biblioteca; doña María Muñoz Buitrago,
que actuará a su vez como Secretaria; don Ramón Caballero Klink,
en representación de la Junta del Personal de Administración y
Servicios.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Prado Ramirez Rodrigo, Subdirector Área
Administrativa Biblioteca.
Vocales: Doña Paloma Alfaro Torres, Directora Biblioteca
campus de Cuenca; don Ángel Aguilar Bañón, Director Biblioteca
campus de Albacete; don Ángel Martín-Consuegra Ruiz, que actuará
a su vez como Secretario; don Manuel Pino López, en
representación de la Junta del Personal de Administración y Servicios.
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