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Documento BOE-A-2000-6518

Resolución de 30 de marzo de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, por la que se amplía el plazo y se corrigen errores de la Resolución de 29 de febrero de 2000, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de proyectos de I + D.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 2000, páginas 14273 a 14274 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-6518

TEXTO ORIGINAL

La convocatoria de concesión de ayudas para la realización de proyectos de I + D, en ejecución y aplicación del nuevo Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003, ha introducido novedades y cambios muy importantes respecto a las convocatorias de años anteriores que están planteando en sus destinatarios dudas a la hora de prentender formalizar sus solicitudes.

Para facilitar la tarea formal de cumplimentar las solicitudes de ayuda se ha decidido elaborar unos nuevos formularios e impresos de solicitud, por lo que se ha considerado conveniente ampliar el plazo de presentación de solicitudes, previsto en el apartado 7.1 de la Resolución de 29 de febrero de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, antes citada («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo de 2000).

Asimismo, y advertidos algunos errores en el anexo de la citada Resolución, se procede a efectuar las correspondientes correcciones.

A la vista de lo anterior, he resuelto:

1. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes, previsto en el apartado 7.1 de la Resolución de 29 de febrero de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo) en quince días naturales para las cuatro modalidades de proyectos.

2. Efectuar las siguientes correcciones de los errores detectados en el anexo de la mencionada Resolución:

En el primer párrafo del Programa Nacional de Promoción General del Conocimiento (página 9625 del «Boletín Oficial del Estado»), donde dice: «fenómeno y consolidación de la investigación»; debe decir: «fomento y consolidación de la investigación».

En el segundo párrafo del Programa Nacional de Fusión Termonuclear (página 9626 del «Boletín Oficial del Estado»), donde dice: «y le conviene en un proyecto catalizador»; debe decir: «y le convierte en un proyecto catalizador».

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1998, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de marzo de 2000.–El Secretario de Estado, Jorge Fernández Díaz.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.

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