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Documento BOE-A-2000-6570

Resolución 432/38118/2000, de 30 de marzo, de la Dirección General de Personal, por la que se elevan a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA).

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2000, páginas 14355 a 14356 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2000-6570

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de esta Dirección General de Personal de fecha

24 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" número 58,

de 8 de marzo), se aprobó la relación provisional de aspirantes

admitidos y se publicó la relación de opositores excluidos a las

pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Técnicos

Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial

"Esteban Terradas" (INTA), convocadas por Orden 432/38529/1999,

de 27 de diciembre, de este Ministerio de Defensa.

Expirado el plazo de reclamaciones, examinadas las mismas

e introducidas las modificaciones oportunas sobre los listados

provisionales,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitivas las listas de aspirantes admitidos

que se encuentran expuestas al público en los siguientes Centros

Directivos de Madrid: Dirección General de la Función Pública

y Centro de Información Administrativa (ambos en la calle María

de Molina, 50), así como en el Ministerio de Defensa (paseo de

la Castellana, 109), en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial "Esteban Terradas", carretera de Ajalvir, sin número,

kilómetro 4 (Torrejón de Ardoz), y en todas las sedes de las

Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas y en las

Subdelegaciones del Gobierno en las provincias.

Segundo.-Elevar asimismo a definitivas las listas de aspirantes

excluidos que figuran como anexo a esta Resolución, con expresión

de las causas de no admisión.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo

dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder

Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante el mismo

órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo 1.o números 31 y 32 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de marzo de 2000.-El Director general, Joaquín

Pita Da Veiga Jáudenes.

ANEXO

Lista de excluidos

Motivo

exclusión Apellidos y nombre DNI/pasaporte

Especialidad: Certificación de sistemas

de combustible y potencia auxiliar

Gil Vázquez, José Florencio ............ 50.210.749-R (2, 3,

5 y 7)

Especialidad: Ingeniería de sistemas

de satélites y del segmento

terreno asociado

Carcelén Garrido, Pedro José .......... 22.974.700-T (1)

Sevillano Rubio, Nuria ................. 44.402.444-R (4 y 5)

Especialidad: Gestión de sistemas

de calidad

Abad Sanz, Carlos ...................... 45.424.343-X (3 y 6)

Gutiérrez Morancho, Luis .............. 31.825.513-E (3)

Pozo Salmerón, Rubén del ............. 50.100.007-G (4)

Notas aclaratorias (motivo de exclusión):

(1): No acompaña a la instancia fotocopia del documento

nacional de identidad o pasaporte.

(2): No adjunta a la instancia currículum vitae.

(3): No presenta Declaración Jurada de los Proyectos y

Programas, contratos o convenios de desarrollo tecnológico en los

que haya participado.

(4): No presenta certificación acreditativa de demandante de

empleo, con antigüedad mínima de un mes anterior a la fecha

de publicación de la convocatoria.

(5): No presenta certificación del INEM de no haber rechazado

ofertas de empleo.

(6): No presenta a la instancia declaración jurada de carecer

de rentas mensuales superiores al Salario Mínimo Interprofesional.

(7): Presenta solicitud fuera de plazo.

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