Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Osuna Aural, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 25 de Madrid, en sentencia de fecha 11 de marzo de 1997, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de marzo de 2000,
Vengo en indultar a don Juan Carlos Osuna Aural la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de marzo de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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