La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona,
por sentencia de fecha 22 de julio de 1999, declarada firme,
condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Luis San
José Delgado, con documento nacional de identidad, número
11.694.254, adscrito a la plantilla de Barcelona, como autor de
un delito de lesiones, previsto y penado en el artículo 147.1.odel
vigente Código Penal, además de otra, a la pena accesoria de
inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de Policía
durante dos años.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
37.2, párrafo segundo, del texto articulado de la Ley de
Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de
7 de febrero, según redacción dada por el artículo 105, dos, de
la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, "se pierde la condición de
funcionario cuando recaída pena principal o accesoria de inhabilitación
especial en el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto
de trabajo o empleo relacionado con esta condición, especificado
en la sentencia".
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la
condición de funcionario don José Luis San José Delgado, Policía
del Cuerpo Nacional de Policía.
Madrid, 20 de marzo de 2000.-El Secretario de Estado,
Ricardo Martí Fluxá.
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