Con motivo de la brillante actuación desde su creación y de manera particular en las operaciones "Deliberate Force" y "Allied Force", asumiendo en múltiples ocasiones situaciones de riesgo extraordinario, en las que quedó patente el distinguido valor y las virtudes militares y profesionales de quienes han formado dicha Unidad; de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición final primera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se consideran aplicables los artículos 44 y 45 de la Ley 15/1970, de 4 de agosto, General de Recompensas de las Fuerzas Armadas, contando con el parecer favorable del Consejo Superior del Ejército del Aire, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 2000,
Vengo en conceder la Medalla Aérea, con carácter colectivo, al Destacamento Ícaro del Ejército del Aire.
Dado en Madrid a 7 de abril de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
EDUARDO SERRA REXACH
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