Por Orden de 19 de noviembre de 1999, del Ministerio del
Interior ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de diciembre), se convocó
concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo
adscritos a los grupos C, D y E, vacantes en el Organismo
Autónomo Jefatura Central de Tráfico.
De conformidad con lo dispuesto en la base VI.4, a), de dicha
convocatoria, se publicó Resolución de 17 de febrero de 2000, de
la Dirección General de Tráfico ("Boletín Oficial del Estado" del 26),
por la que se hizo pública la adjudicación provisional de las plazas
convocadas.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la
convocatoria, vista la valoración provisional de méritos alegados,
examinadas y solventadas las reclamaciones interpuestas contra la
citada adjudicación provisional y de acuerdo con la propuesta
elaborada por la Comisión de Valoración,
Este Ministerio resuelve:
Primero.-Hacer pública la adjudicación definitiva de destinos
de los funcionarios que han participado en el concurso y que
figuran en el anexo de la presente Orden.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo.
Tercero.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino será
de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un
mes, si comporta cambio de residencia o supone el reingreso al
servicio activo, de acuerdo con lo establecido en la base VII.3
de la Orden de la convocatoria.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Resolución
comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación.
Las disposiciones de este punto se entenderán sin perjuicio
de las facultades otorgadas a los Subsecretarios y a la Secretaría
de Estado para la Administración Pública, por el apartado 2 del
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los
interesados, salvo que, por razones justificadas, el órgano convocante
acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa según lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio
del potestativo, y con carácter previo, recurso de reposición ante
este Ministerio en el plazo de un mes desde la publicación de
esta Orden, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada
Ley 30/1992, según redacción dada a los mismos por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 28 de marzo de 2000.-P. D. (Orden de 30 de noviembre
de 1998), el Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Tráfico.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 15060 a 15082).
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