Visto el expediente de indulto de don Pedro Antonio Escudero Seoane, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santander, en sentencia de fecha 16 de septiembre de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de toda cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de marzo de 2000,
Vengo en conmutar a don Pedro Antonio Escudero Seoane la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 24 de marzo de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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