De conformidad a lo establecido en el artículo 10 del Real
Decreto 2397/1998, de 6 de noviembre, sobre sustitución en la
Carrera Fiscal, a propuesta del Fiscal general del Estado y en
atención a las necesidades existentes,
Este Ministerio ha resuelto convocar concurso público para
nombrar dos Fiscales sustitutos en la Fiscalía del Tribunal Supremo
para el año judicial 2000-2001, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Podrán tomar parte en el concurso quienes, a la fecha
de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan
los siguientes requisitos:
1.1 Ser español, mayor de edad y Licenciado en Derecho.
1.2 Reunir las condiciones exigidas para el ingreso en la
Carrera Fiscal contenidas en los artículos 43 y 44 de su Estatuto
Orgánico y tener, como mínimo, quince años de experiencia
jurídica.
1.3 Tener residencia habitual o comprometerse a adquirirla
y mantenerla durante el ejercicio de la función en Madrid.
1.4 No haber cumplido la edad de 72 años, antes del
comienzo del próximo año judicial.
Segunda.-Los interesados presentarán la solicitud en la
Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4, 28071 Madrid) en la
forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, en el plazo
de diez días a contar desde el siguiente al de la publicación de
la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Tercera.-Las instancias se ajustarán necesariamente al modelo
incluido en el anexo I de esta Orden.
Cuarta.-A la instancia se acompañarán fotocopias del
documento nacional de identidad, del título de Licenciado en Derecho
o del justificante de pago del mismo, de la certificación del
expediente académico de la indicada licenciatura y los documentos
o copia autenticada de los mismos que resulten acreditativos de
los méritos alegados por el concursante. El Ministerio de Justicia
recabará del Registro Central de Penados y Rebeldes el certificado
de antecedentes penales de quien resulte seleccionado.
Quinta.-Tendrán preferencia para optar a estas plazas quienes
hayan pertenecido a la Carrera Fiscal o Judicial por un período
no inferior a diez años. El orden de selección será fijado por los
méritos de cada aspirante de acuerdo con el baremo previsto en
el artículo 3.2 del Real Decreto 2397/1998, de 6 de noviembre.
Sexta.-Los nombramientos serán aprobados por el Ministerio
de Justicia, a propuesta del Fiscal general del Estado, con
audiencia del Consejo Fiscal.
Séptima.-Los nombramientos se publicarán en el "Boletín
Oficial del Estado". Quienes resulten nombrados para las plazas
convocadas, prestarán, de no haberlo hecho con anterioridad por
haber ejercido funciones similares, juramento o promesa de
guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y desempeñar
fielmente las funciones fiscales ante el Teniente Fiscal del Tribunal
Supremo de los tres días siguientes a la publicación de su
nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado". El plazo posesorio
será de tres día a contar desde el juramento o promesa y tendrá
lugar en la Fiscalía del Tribunal Supremo. Los efectos económicos
se computarán desde la incorporación al puesto de trabajo. Se
entenderá que renuncia al cargo quien no comparezca a prestar
el juramento o promesa, de serle exigido, o no tomaran posesión
en el plazo previsto.
Octava.-Los Fiscales sustitutos nombrados estarán sujetos al
régimen de incompatibilidades y prohibiciones regulado en el
capítulo VI del Título III del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Si en el momento de su nombramiento vinieren ejerciendo empleo,
cargo o profesión incompatible, deberán optar por uno u otro
cargo y cesar en la actividad incompatible.
Novena.-Será motivo de cese cualquiera de los establecidos
en el artículo 5 del Real Decreto 2397/1998, de 6 de noviembre.
Décima.-En todo lo que no se disponga en la presente Orden,
se aplicará el Real Decreto 2397/1998, de 6 de noviembre, sobre
sustitución en la Carrera Fiscal, el Estatuto Orgánico del Ministerio
Fiscal y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Madrid, 29 de febrero de 2000.-P. D. (Orden de 29 de octubre
de 1996), el Director general de Relaciones con la Administración
de Justicia, Juan Ignacio Zoido Álvarez.
ANEXO: (Ver imagen página 16104).
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