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Documento BOE-A-2000-7695

Resolución de 3 de abril de 2000, de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, por la que se concede una beca de formación, dentro de las acciones de movilidad de investigadores y tecnólogos (acciones MIT).

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2000, páginas 16141 a 16141 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-7695

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 15 de enero de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de febrero), de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocan becas de formación, dentro de las acciones de movilidad de investigadores y tecnólogos (acciones MIT), en el marco del Programa Nacional de Fomento de la Articulación del Sistema Ciencia-Tecnología-Industria, del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

Una vez evaluadas las solicitudes de la modalidad F2 presentadas hasta el 30 de septiembre de 1999 y examinada la propuesta de la Comisión de Selección, he acordado:

Primero.-

Conceder una beca de modalidad F2 a don José Ramón Gil García.

Segundo.-

La concesión de esta beca se realiza con efectos del 1 de marzo de 2000, y su duración no podrá exceder del 31 de diciembre de 2000.

Tercero.-

El beneficiario está obligado a cumplir las normas establecidas en la resolución de convocatoria y su concesión queda, asimismo, condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en dichas disposiciones.

Cuarto.-

En caso de que proceda, si desea extender el seguro de asistencia médica a cónyuges e hijos deberá solicitarlo por escrito a la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (Servicio de Formación de Personal Investigador en España, calle Serrano, 150, 28071 Madrid), en el plazo de quince días a partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", acreditando, mediante certificación expedida por la Seguridad Social, su no inclusión en la misma.

Quinto.-

El gasto resultante de las concesiones será imputado a la aplicación presupuestaria 18-07-541A-781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

Sexto.-

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación que establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 3 de abril de 2000.-El Director general, Tomás García-Cuenca Ariati.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad de Investigadores.

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