Visto el expediente de indulto de don Domingo Ibáñez Gamonal, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Tarragona, en sentencia de fecha 22 de septiembre de 1997, como autor de un delito de hurto, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensiónde todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de lacondena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta de la Ministrade Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunióndel día 31 de marzo de 2000,
Vengo en indultar a don Domingo Ibáñez Gamonal la pena privativade libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva acometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación delpresente Real Decreto.
Dado en Madrid a 31 de marzo de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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