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Documento BOE-A-2000-8002

Resolución de 27 de marzo de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo de una cédula de carga, modelo 740, a favor de "Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2000, páginas 16594 a 16594 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-8002

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la empresa «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima», domiciliada en la calle Espronceda, números 176-180, 08018 Barcelona, en solicitud de aprobación de modelo de una cédula de carga, modelo 740, fabricada y comercializada por «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima».

De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d’Assagis i Investigacions, con referencia 20004667,

Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988 por la que se aprueba la Norma Metrológica de Células de Carga, ha resuelto:

Primero.

Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima», de una célula de carga, modelo 740.

Segundo.

El signo de aprobación de modelo será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/102/08002_10248868_image1.png

Tercero.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo, a que se refiere esta Resolución, llevarán las siguientes inscripciones de identificación en su placa de características:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/102/08002_10248868_image2.png

Cuarto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a la que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo número 00-02-06.

Quinto.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta aprobación de modelo, de acuerdo con el artículo 2.o del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 27 de marzo de 2000.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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