Visto el expediente de indulto de don Juan Berrojo Femenia, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, en sentencia de fecha 24 de septiembre de 1996, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Valencia, de fecha 6 de febrero de 1996, y por el Juzgado de lo Penal número 5 de Valencia, de fecha 13 de diciembre de 1996, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de tres años y seis meses de prisión, y un delito de robo con violencia, a la pena de dos años de prisión, y una falta de apropiación indebida, a la pena de arresto de dos fines de semana, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 1994 y 1995, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de abril de 2000,
Vengo en indultar a don Juan Berrojo Femenia las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 14 de abril de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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