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Documento BOE-A-2000-8297

Resolución de 5 de abril de 2000, de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, por la que se prorroga una beca del subprograma "Estancias de científicos y tecnólogos extranjeros en España".

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2000, páginas 16897 a 16897 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-8297

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 19 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1998), de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocaron ayudas para estancias de investigadores, científicos y tecnólogos extranjeros en España.

De conformidad con las atribuciones que dicha Resolución concede al Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica, he resuelto:

Primero.-

Renovar la beca de "Estancias de científicos y tecnólogos extranjeros en España", correspondiente a la convocatoria de 19 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1998), del Doctor Xingian Xu, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2000.

Segundo.-

El beneficiario de esta prórroga queda obligado al cumplimiento de la normativa fijada en la Resolución de 23 de abril de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de mayo), de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo. Contra la presente Resolución cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y al artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Lo que pongo en conocimiento de V. I. a los efectos oportunos.

Madrid, 5 de abril de 2000.-El Director general, Toma García-Cuenca Ariati. Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad de Investigadores.

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