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Documento BOE-A-2000-8319

Resolución de 18 de abril de 2000, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve concurso para la provisión de puestos de trabajo (grupo A) en el área de Inspección Financiera y Tributaria (C. A. 4/1999).

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 5 de mayo de 2000, páginas 16988 a 16989 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-8319

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de octubre de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" del 30) se convocó concurso para la provisión de

puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las

solicitudes presentadas, valorados los méritos alegados por los

concursantes y previa propuesta elaborada por la correspondiente

Comisión de Valoración a la que hace referencia la base séptima

de la citada Resolución, este Departamento, en virtud de la

Resolución de 24 de junio de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de

9 de julio), sobre delegación de competencias del Presidente de

la Agencia Estatal de Administración Tributaria, acuerda:

Primero.-Aprobar la adjudicación de los puestos de trabajo

contenidos en el anexo I de esta Resolución, correspondientes

al anexo I de la convocatoria, haciendo constar que el anexo I

de la misma queda ampliado, por resultas, en los puestos

convenidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de

conformidad con lo establecido en la base tercera, apartado 2,

párrafo segundo.

Segundo.-Los destinos adjudicados, de conformidad con el

artículo 49 del Reglamento General de Provisión de Puestos de

Trabajo, tendrán la consideración de voluntarios y, en

consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.

Asimismo, serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el

plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino,

bien por el procedimiento de libre designación o por concursos

convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas,

en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, estarán obligados

a comunicar por escrito la renuncia al puesto adjudicado y la

opción ejercida, con indicación del Departamento en el que

hubieren obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de

nombramiento.

Tercero.-El plazo de posesión del nuevo destino obtenido será

de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de

los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta

Resolución.

Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución

se encuentren disfrutando licencias o permisos, les será de

aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento

General de Provisión de Puestos de Trabajo, por lo que se refiere

al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos

preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese

y/o incorporación al nuevo destino.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo

de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, ante

el Presidente de la Agencia Tributaria, o recurso

contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente

al de su publicación, ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente

ambos recursos.

Madrid, 18 de abril de 2000.-P. D. (Resolución de 24 de junio

de 1999), el Director del Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica, Roberto Serrano López.

ANEXO: (Ver imagen página 16989).

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