Existiendo vacantes de plazas vinculadas incluidas en el
concierto Universidad de Lleida-Instituto Catalán de la Salud (Hospital
Universitario Arnau de Vilanova), subscrito el 18 de marzo
de 1996, y de acuerdo con lo establecido en la base octava del
Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio ("Boletín Oficial del
Estado" de 31 de julio), el Rectorado de la Universidad de Lleida y
la Gerencia del Hospital Arnau de Vilanova acuerdan convocar
dos plazas vinculadas. La indicación de las características se
relaciona en el anexo III de esta convocatoria.
1. Bases de la convocatoria
1.1 Este concurso se regirá por lo establecido en la
Ley 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
de 1 de septiembre) ; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado
por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" de 11 de julio) ; el Real Decreto 1558/1986, de 28
de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio) ; el concierto
firmado el 18 de marzo de 1996 entre la Universidad de Lleida
y el Instituto Catalán de la Salud, y, en lo no previsto, por la
legislación general de funcionarios civiles del Estado.
1.2 Para la evaluación de los méritos asistenciales se tendrá
en cuenta lo establecido en la Orden del Departamento de Sanidad
y Seguridad Social de 22 de mayo de 1996 ("Diario Oficial de
la Generalidad de Cataluña" número 2215, de 7 de junio).
1.3 El régimen jurídico de las plazas vinculadas será el
establecido por el Real Decreto 1558/1986, modificado por Real
Decreto 644/1988, de 3 de junio ("Boletín Oficial del Estado"
del 25) y el concierto firmado entre la Universidad de Lleida y
el Instituto Catalán de la Salud.
1.4 El sistema de selección de las plazas será el de acceso
(artículos 36 a 38 de la Ley de Reforma Universitaria).
Las plazas convocadas quedan vinculadas a la categoría
asistencial que se especifica en el anexo III.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos al citado concurso, los solicitantes
han de reunir los requisitos generales siguientes:
a) Ser español o ciudadano de alguno de los Estados
miembros de la Unión Europea según marca la Ley 17/1993, de 23
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), sobre el acceso
a determinados sectores de la función pública de los nacionales
de otros Estados miembros de la Comunidad Europea, y el Real
Decreto 800/1995, de 19 de mayo, que regula el acceso.
b) Tener un mínimo de dieciocho años y no haber cumplido
los setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado, de las Comunidades
Autónomas, de la local o de la institucional, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de las funciones docentes.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
incompatible con el ejercicio de las funciones docentes y el cargo
asistencial a desarrollar.
La documentación que acredite reunir estas condiciones deberá
ser presentada por aquellos candidatos que hayan superado las
pruebas, en el plazo de quince días hábiles después de hacerse
pública la propuesta de provisión de la Comisión.
2.2 Los solicitantes deberán reunir además las condiciones
académicas específicas que a continuación se señalan:
a) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,
tener título de Doctor y título de Especialista, expedido por el
Ministerio de Educación y Ciencia, que se especifica en el
anexo III de esta convocatoria y cumplir las condiciones señaladas
en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 1888/1984.
b) Para concursar a plazas de Titular de Universidad, tener
el título de Doctor y el título de Especialista, expedido por el
Ministerio de Educación y Cultura, que para cada plaza se
especifica en el anexo III de esta convocatoria.
2.3 Los requisitos académicos de titulación enumerados en
los apartados anteriores, obtenidos en los Estados miembros de
la Unión Europea, deberán estar acompañados de la
correspondiente Orden del Ministerio de Educación y Cultura de
reconocimiento del título expedido en dichos Estados, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 9 de la Orden del Ministerio de Educación
y Ciencia de 23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado"
del 28).
2.4 Si la titulación exigida para cada una de las plazas se
ha obtenido en algún Estado no comunitario, se deberá justificar
la correspondiente homologación en España, que se acreditará
mediante la credencial expedida por la Subdirección General de
Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
2.5 Los requisitos establecidos en la presente base deberán
cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Lleida,
por cualquiera de los procedimientos establecidos en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común), en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante
instancia según el modelo del anexo I, debidamente
cumplimentada, junto con los documentos originales o confrontados que
acrediten reunir los requisitos para participar en el concurso, así como
una fotocopia del documento nacional de identidad.
La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida
siempre a una fecha anterior a la de la expiración del plazo fijado
para presentación en el concurso.
3.2 El domicilio que figure en las instancias se considerará
el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación
del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho
domicilio.
3.3 Los derechos de inscripción a la convocatoria son
de 7.000 pesetas.
El pago se hará en la Sección de Formación y Concursos de
la Universidad de Lleida, o por giro postal o telegráfico a la cuenta
corriente número 0085-0560-04-0000028118 del Banco
Santander, avenida Francesc Macià, 47, 25007 Lleida (Universidad de
Lleida), haciendo constar el nombre y apellidos del aspirante, así
como el número de la plaza a la cual concursa. Deberá adjuntarse
a la instancia la copia del recibo del pago. Su ausencia determinará
la exclusión del aspirante.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes,
informado el Gerente del Hospital Arnau de Vilanova, el Rector de
la Universidad de Lleida enviará a todos los aspirantes, por
cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relación
completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de
exclusión.
4.2 Contra esta resolución, que aprueba la relación de
admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación
ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles a contar desde
el siguiente al de la notificación.
5. Comisiones
5.1 Los integrantes de las Comisiones que han de resolver
los concursos serán designados de acuerdo con lo establecido
en la base 8.2.B del Real Decreto 1558/1986 y el Convenio antes
mencionado y estarán constituidas en la forma siguiente: Dos
Profesores pertenecientes al Cuerpo Docente Universitario que
proceda en función de la plaza convocada y del área de conocimiento
a que corresponda la plaza, designados y nombrados por la
Universidad convocante y de los cuales uno será el Presidente de
la Comisión y el otro actuará de Secretario.
Los tres Vocales restantes serán nombrados por la Universidad,
uno designado por el Consejo de Universidades, mediante sorteo
de entre Profesores pertenecientes a Cuerpos Docentes
Universitarios del área de conocimiento respectiva, que ocupen plaza
asistencial en cualquier institución sanitaria. Los dos restantes,
que serán Doctores, deberán estar en posesión del título de
Especialista que se exija como requisito para concursar a la plaza y
serán designados por el Hospital Arnau de Vilanova. Cada
miembro de la Comisión tendrá su correspondiente suplente, nombrado
de igual forma que para la designación del titular.
5.2 Las Comisiones deberán constituirse en un plazo no
superior a cuatro meses desde la publicación de la composición de
la misma en el "Boletín Oficial del Estado".
6. Desarrollo del concurso
6.1 Dentro del plazo anterior, el Presidente de la Comisión,
previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará
una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados
con una antelación mínima de quince días naturales de la fecha
del acto para el que se cita, convocando a todos los aspirantes
admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de
presentación de los concursantes y con señalamiento de lugar,
día y hora de celebración de dicho acto.
A estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto
de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto
de presentación no podrá exceder de dos días hábiles.
6.2 En el acto de presentación, que será público, los
concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la
documentación señalada en el apartado 1 de artículo 9 y en el apartado 1
del artículo 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,
modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio.
El modelo de currículum vitae a presentar será el que acompaña
a la presente convocatoria como anexo II. Además de lo
contemplado en los artículo 9 y 10.1.a) del Real
Decreto 1888/1984, los candidatos deberán reseñar en el currículum
los méritos y demás documentos acreditativos de su labor
asistencial.
Presentarán también una memoria organizativa de la plaza
asistencial vinculada.
El proyecto docente (en el caso de plazas de Profesor titular
de Universidad) y proyecto docente y de investigación (en el caso
de plazas de Catedrático de Universidad), así como la memoria
organizativa y el currículum vitae se entregarán por quintuplicado.
En el mismo acto de presentación se determinará, mediante
sorteo, el orden de actuación de los concursantes y se fijará el
lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas, las cuales deberán
comenzar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente al acto de presentación.
6.3 El concurso constará de las siguientes pruebas:
a) La primera prueba, que será pública, consistirá en la
exposición oral por el concursante, en el tiempo que estime oportuno,
de los méritos alegados y la defensa del proyecto docente y
asistencial presentado. La Comisión seguirá para la evaluación de
los méritos y el proyecto docente lo establecido en el Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y el Real Decreto 2166/1984,
de 28 de noviembre. Seguidamente la Comisión debatirá con el
concursante, durante un tiempo máximo de tres horas, sobre sus
méritos, historial académico e investigador y proyecto docente
y asistencial presentado. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio
para todos aquellos concursantes que no obtengan en la misma,
al menos, tres votos.
Previamente a la realización de la primera prueba, cada
miembro de la Comisión entregará al Secretario de la misma un informe
razonado sobre los méritos alegados por cada uno de los
aspirantes.
b) Para la segunda prueba, los concursantes entregarán a la
Comisión, una vez realizada la calificación de la primera, un
resumen del tema elegido o del trabajo original de investigación que
vaya a ser expuesto oralmente.
c) La segunda prueba, que será pública, consistirá:
Para Profesores titulares de Universidad: Exposición oral por
el aspirante, durante un tiempo mínimo de cuarenta y cinco
minutos y máximo de una hora y media, de un tema relativo a una
especialidad del área de conocimiento a que corresponda la
vacante, elegido libremente por él mismo, seguido de un debate con
la Comisión durante un máximo de tres horas, en los términos
establecidos en el artículo 9.5 del Real Decreto 1888/1984.
Para Catedráticos de Universidad: Consistirá en la exposición
oral por el aspirante, durante un tiempo máximo de dos horas,
de un trabajo original de investigación realizado por el aspirante
solo o en equipo, en este último caso como Director de la
investigación, lo que deberá quedar certificado por los miembros del
equipo, seguido de un debate con la Comisión, durante un tiempo
máximo de tres horas, sobre aquellos aspectos que considere
relevantes en relación con dicho trabajo.
Finalizadas las pruebas, y antes de su calificación, la Comisión
o cada uno de sus miembros elaborará un informe razonado sobre
la valoración que le merece cada concursante.
En los concursos de méritos las pruebas se desarrollarán de
acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 1888/1984.
6.4 La propuesta de provisión de plaza o plazas se realizará
por el sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días,
a partir de la fecha de comienzo de las pruebas. A estos efectos,
la Comisión hará pública una resolución formulando su propuesta
y el voto de cada uno de sus miembros.
Para la formulación de la propuesta, la Comisión tendrá en
cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto
1888/1984.
6.5 Finalizada la actuación de la Comisión, el Secretario de
la misma, en el plazo de los siete días hábiles siguientes, entregará
a la Secretaría General de la Universidad el expediente
administrativo del concurso, que incluirá los documentos que se citan
en el artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.
6.6 Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos
podrán presentar reclamación en el plazo máximo de quince días
hábiles ante el Rector de la Universidad, excepto en el supuesto
de que no exista propuesta de provisión de plaza.
7. Presentación de documentos y nombramientos
7.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas
deberán presentar en el Registro General de la Universidad, en
el plazo de los quince días hábiles siguientes al de concluir la
actuación de la Comisión, los siguientes documentos:
Fotocopia del documento nacional de identidad.
Certificación médica oficial que acredite lo que se especifica
en el apartado d) de la base 2.1.
Declaración jurada que acredite el requisito especificado en
el apartado c) de la base 2.1.
7.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos
de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y
requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio y organismo
del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios
y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
7.3 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán
efectuadas por el Rector de la Universidad de Lleida y por el
Gerente del Instituto Catalán de la Salud.
7.4 En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del nombramiento en el "Boletín
Oficial del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión
de su destino.
8. Norma final
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
al de su publicación, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
Con carácter potestativo, previamente a la interposición del
recurso contencioso-administrativo, se puede presentar recurso
de reposición contra esta Resolución, ante el órgano que la ha
dictado, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de
su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
Lleida, 11 de abril de 2000.-El Rector, Jaume Porta
Casanellas.-El Gerente del Hospital Arnau de Vilanova, Ramón Pau
Pla Illa.
ANEXO I (Ver imágenes páginas 17516 a 17517)
ANEXO II
Currículum vitae
Datos personales:
Apellidos y nombre ..............................................
número documento nacional de identidad ..........................
lugar y fecha de expedición .........................................
nacimiento: Localidad y provincia ..................................
fecha ............... domicilio: Calle ...............................
número ........... código postal ........... localidad ...........
provincia ............... teléfono ............... Facultad o Escuela
donde presta servicio actualmente ..................................
departamento o unidad docente actual .............................
categoría docente actual ............................................
categoría asistencial actual .........................................
Criterios académicos:
1. Títulos académicos (clase, organismo y centro de
expedición, fecha de expedición, calificación).
2. Puestos docentes desempeñados (categoría, organismo
o centro, régimen de dedicación, fecha de nombramiento o
contrato, fecha de cese o finalización).
3. Puestos asistenciales desempeñados (categoría,
organismo o centro, régimen de dedicación, fecha de nombramiento o
contrato, fecha de cese o finalización).
4. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo
y centro, fecha).
5. Actividad asistencial realizada.
6. Actividad investigadora desempeñada.
7. Publicaciones: Libros y capítulos de libros* (título, fecha
de publicación, editorial).
8. Publicaciones: Artículos* (título, revista, fecha de
publicación, número de páginas).
9. Otras publicaciones.
10. Otros trabajos de investigación.
11. Proyectos de investigación subvencionados.
12. Comunicaciones y ponencias presentadas a Congresos
(indicando título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter
nacional o internacional).
13. Patentes.
14. Cursos y seminarios impartidos (con indicación de centro,
organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).
15. Cursos y seminarios recibidos (con indicación de centro
y organismo, materia y fecha de celebración).
16. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a
la licenciatura).
17. Actividad en empresas y profesión libre.
18. Otros méritos docentes y de investigación.
19. Otros méritos.
-----------
* Si está en curso de publicación, justificar la aceptación por el consejo editorial.
ANEXO III
Referencia de la plaza: TU-V4.
Cuerpo al que pertenece: Profesores Titulares de Universidad.
Número de plazas: Una.
Tipo de concurso: Acceso.
Departamento: Cirugía.
Área de conocimiento: "Cirugía".
Materia: Anestesiología y tratamiento del dolor.
Categoría asistencial: Médico adjunto.
Especialidad: Anestesiología y tratamiento del dolor.
Institución sanitaria: Instituto Catalán de la Salud. Hospital
Universitario Arnau de Vilanova.
Referencia de la plaza: TU-V5.
Cuerpo al que pertenece: Profesores Titulares de Universidad.
Número de plazas: Una.
Tipo de concurso: Acceso.
Departamento: Medicina.
Área de conocimiento: "Dermatología".
Materia: Dermatología.
Categoría asistencial: Médico adjunto.
Especialidad: Dermatología.
Institución sanitaria: Instituto Catalán de la Salud. Hospital
Universitario Arnau de Vilanova.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid