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Documento BOE-A-2000-9216

Resolución de 7 de abril de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se habilita a la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial como organismo autorizado para que, a través del Instituto Universitario de Investigación del Automóvil (INSIA), de la ETSII de Madrid, ejecute diversas actuaciones en materia de metrología legal en el ámbito metrológico de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2000, páginas 18205 a 18206 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2000-9216

TEXTO ORIGINAL

Vistos la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 16 de diciembre de 1998 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible,

Considerando que en la documentación presentada se acredita que cumple con las exigencias generales establecidas en la citada Orden;

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios;

Teniendo en cuenta que la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial dispone de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de estos controles, además de una amplia experiencia en la colaboración con la Administración;

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el Decreto 312/1999, de 28 de octubre, de estructura de la Consejería de Economía y Empleo, por el que se atribuye a dicha Consejería el ejercicio de las competencias sobre esta materia,

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.

Habilitar a la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial como organismo autorizado para la ejecución de las fases de control metrológico de verificación primitiva, verificación después de reparación o modificación y verificación periódica para instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible.

Segundo.

Los ensayos de verificación serán realizados por el Instituto Universitario de Investigación del Automóvil (INSIA), de la ETSII de Madrid, laboratorio concertado con la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial que se encuentra ubicado en el Campus Sur UPM, carretera de Valencia, kilómetro 7 (28031 Madrid).

Tercero.

La etiqueta de verificación primitiva será de color blanco y la marca asignada a este organismo autorizado será la siguiente:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/118/09216_10276434_image1.png

Las dos cifras exteriores al círculo, simbolizadas como «XX», son variables y se corresponden con los dos últimos dígitos del año en que se efectúa la verificación primitiva. Las dimensiones de dicha etiqueta deberán ajustarse a las definidas en el anexo II del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.

Cuarto.

Los precintos asignados a este organismo autorizado se colocarán, una vez superadas las pruebas de verificación, en los lugares que se establecen en el anexo de aprobación de modelo. Estos precintos tendrán la siguiente forma:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/118/09216_10276434_image2.png

Las dos cifras interiores al círculo, simbolizadas como «XX», son variables y se corresponden con los dos últimos dígitos del año en que se efectúa la verificación primitiva.

Estos precintos serán etiquetas de color amarillo, de tipo adhesivo y de naturaleza autodestructiva. La circunstancia exterior tendrá un diámetro máximo de 30 milímetros y la inscripción que figura en su interior será de tipo letra negrilla con caracteres legibles.

Quinto.

El organismo autorizado tendrá como responsable técnico ante la Administración a un Jefe y un Subjefe que serán nombrados por la Dirección General de Industria, Energía y Minas a propuesta de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial.

La solicitud de nombramiento será desestimada cuando la persona propuesta para ocupar el cargo de Jefe o Subjefe no ofrezca la garantía de imparcialidad o no pueda justificar los conocimientos específicos necesarios.

Para desempeñar la jefatura del laboratorio, la persona propuesta deberá estar en posesión de un título superior afín con la especialidad del laboratorio; para ocupar el cargo de Subjefe se exigirá una titulación de grado medio.

Sexto.

Esta habilitación no tiene carácter excluyente y se hace sin menoscabo de la superior vigilancia y control por parte de esta Dirección General, que velará por el cumplimiento de la normativa vigente y ejercerá la potestad sancionadora.

Séptimo.

Las tarifas a aplicar por la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial serán comunicadas anualmente a esta Dirección General.

Octavo.

Las discrepancias y reclamaciones que se produjeran en sus actuaciones con terceros en materia de metrología legal serán resueltas por esta Dirección General.

Noveno.

La presente habilitación tiene validez hasta el próximo 7 de abril de 2002, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de cinco años, previa solicitud presentada por su titular tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Décimo.

Esta Dirección General podrá proceder a la cancelación de esta autorización cuando en virtud de revisiones de oficio o por cualquier otro medio se compruebe que se ha producido falseamiento, declaración inexacta o modificación de los datos y circunstancias que sirvieron de base a aquélla, sin perjuicio de la sanción a que hubiere lugar.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 7 de abril de 2000.‒El Director general, José Eugenio Martínez Falero.

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