A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, y en el artículo 59 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, modificado por el artículo 40 del citado Real Decreto 2717/1998,
Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del cuarto trimestre de 1999 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión | Fecha de subasta |
Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado – Porcentaje |
---|---|---|
Bonos del Estado a tres años al 3,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2003. | 2-12-99 | 4,549 |
Bonos del Estado a cinco años al 3,25 por 100, vencimiento 31 de enero de 2005. | 1-12-99 | 4,916 |
Obligaciones del Estado a diez años al 4,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2010. | 2-12-99 | 5,371 |
Obligaciones del Estado a quince años al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio de 2014. | 1-12-99 | 5,666 |
Obligaciones del Estado a treinta años al 6,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2029. | 4-11-99 | 5,879 |
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 59 y 18 de los Reales Decretos 537/1997 y 2717/1998, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el primer trimestre natural de 2000 son el 3,639 por 100 para activos financieros con plazo igual o superior a cuatro años; el 3,933 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete, y si se tratara de activos con plazo superior, el 4,297 por 100 para el plazo de diez años; el 4,533 por 100 para el de quince años, y el 4,703 por 100 para el de treinta años, siendo de aplicación, en cada caso, el tipo de referencia correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
Madrid, 3 de enero de 2000.–La Directora general, Gloria Hernández García.
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