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Documento BOE-A-2000-986

Orden de 17 de diciembre de 1999 por la que se modifica el concierto educativo del centro "Amor de Dios", de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2000, páginas 2015 a 2015 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-986

TEXTO ORIGINAL

El centro denominado "Amor de Dios" tenía suscrito concierto educativo para ocho unidades de Educación Secundaria Obligatoria (cinco para el primer ciclo y tres para el segundo ciclo), conforme a lo establecido en la Orden de fecha 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"de 2 de junio), por la que se resolvieron los expedientes de modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados, para el curso 1998-1999.

Por Orden de fecha 18 de mayo de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de junio), modificada por la de 28 de junio de 1999, por la que se resuelve la modificación de los conciertos educativos para el curso 1999/2000, se aprobó concierto educativo al centro, para diez unidades de Educación Secundaria Obligatoria (cinco para el primer ciclo y cinco para el segundo ciclo).

Vista la solicitud de la titularidad del centro y conforme a los datos de escolarización enviados por el Servicio de Inspección de Educación de la Dirección Provincial del Departamento de Valladolid, en el que se refleja que se han puesto en funcionamiento cuatro unidades del primer ciclo y seis unidades del segundo ciclo, Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito con el centro "Amor de Dios", con domicilio en la calle Real de Burgos, número 5, de Valladolid, quedando establecido un concierto educativo para diez unidades de Educación Secundaria Obligatoria, conforme a la siguiente distribución:

Cuatro: Primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Seis: Segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Valladolid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada. Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso 1999/2000.

Quinto.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de diciembre de 1999.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19),

el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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