De conformidad con lo establecido en los artículos 145 y 146
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
reformada por la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, y
como resultado del concurso de méritos para la provisión de un
puesto de trabajo en los órganos técnicos del Consejo General
del Poder Judicial, entre funcionarios del grupo C de las
Administraciones Públicas, con destino en el Gabinete Técnico,
convocado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial, en su reunión del día 23 de febrero de 2000 (publicado en
el "Boletín Oficial del Estado" número 63, de 14 de marzo),
La Comisión Permanente de este Consejo, en su reunión del
día 23 de mayo de 2000, acuerda resolver dicho concurso, por
delegación del Pleno, en los términos de la propuesta de la
Comisión de Valoración designada al efecto, adjudicando el puesto de
trabajo de Administrativo, atendiendo al orden de puntuación total
obtenida, al siguiente concursante:
Don Jesús Gabriel Rabadán Cañada, con número de Registro
de Personal 5094165046A1188.
A los efectos previstos en la norma octava de las bases de
la convocatoria, se aprueba la relación complementaria a que se
refiere la misma, compresiva de los concursantes que han superado
la puntuación mínima exigida en las dos fases de la convocatoria,
a fin de que el puesto quede cubierto en el caso de que no llegue
a tomar posesión el funcionario al que inicialmente se adjudica
el puesto convocado:
1. Doña Montserrat Rodríguez Fernández.
2. Doña Luisa Mayo Álvarez.
3. Doña Carmen Montejo Torrecilla.
4. Doña María del Carmen Cabellos Olegario-Écija.
5. Don Pedro María Río Oryabide.
6. Doña Milagros Sánchez Martín.
7. Doña Esmeralda Díaz Hernández.
El plazo de toma de posesión en el destino obtenido será de
tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes
a la publicación de este Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".
El funcionario nombrado quedará en la situación de servicios
especiales mientras preste sus servicios en el Consejo General del
Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el
artículo 146.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, desempeñando sus funciones durante el plazo de dos años,
prorrogables por períodos anuales, de acuerdo con lo señalado
en el artículo 146.1 de la citada norma, y estará sometido al
Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Contra el presente Acuerdo, que se adopta por delegación del
Pleno del Consejo, cabe recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses,
contado, de fecha a fecha, desde su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado".
Madrid, 23 de mayo de 2000.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
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