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Documento BOE-A-2001-10158

Resolución de 7 de marzo de 2001, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección del Castillo de Monterrei, en el Ayuntamiento de Monterrei, provincia de Ourense.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2001, páginas 18914 a 18915 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2001-10158

TEXTO ORIGINAL

Por Decreto de 3 de junio de 1931 (publicado en la «Gaceta de Marid» de 4 de junio) fue declarado monumento histórico-artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional el Castillo de Monterrei, situado en el Ayuntamiento de Monterrei, en la provincia de Ourense.

Siendo dicha declaración anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que confiere la condición de bien de interés cultural a aquellos bienes que, con anterioridad a su promulgación, fueran declarados histórico-artísticos o incluidos en el Inventario del Patrimonio Artístico y Arqueológico de España,

Y en virtud de lo preceptuado por el expresado texto legal, así como por la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, es necesario en la actualidad concretar la delimitación de su entorno de protección.

En consecuencia, y vistos los informes de los servicios técnicos y los órganos consultivos de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, favorables a la incoación del oportuno expediente,

Esta Dirección General del Patrimonio Cultural resuelve:

Primero.

Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del Castillo de Monterrei, situado en el Concello de Monterrei.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por dicha incoación, de manera que se especifica literal y gráficamente en los anexos I y II de esta Resolución.

Tercero.

Notificar esta resolución al Ayuntamiento, al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia y a los demás interesados.

Cuarto.

Por tratarse de un bien inmueble, y de conformidad con el artículo 35 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, quedan en suspenso las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como los efectos de las ya otorgadas. La suspensión dependerá de la resolución o caducidad del expediente incoado.

Las obras que, por causa de fuerza mayor, interés general o urgencia, debieran realizarse con carácter inaplazable precisarán, en todo caso, de autorización de los órganos competentes de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Quinto.

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado», abriéndose un período de información pública de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2001.–El Director general, Ángel Sicart Giménez.

ANEXO I

El punto 1 se sitúa en la carretera de acceso al Parador de Turismo, a 900 metros de su inicio en la N-525.

1-2. Camino peatonal que parte a la derecha y lleva a Pazos, unos 450 metros, hasta coincidir con el límite del suelo urbano del núcleo de Pazos (señalado en el PGOM de Verín).

2-3. Línea coincidente con el límite del suelo urbano del núcleo de Pazos y del núcleo de Verín hasta encontrar el ámbito marcado en el PGOM de Verín para la redacción del Plan Especial de Protección del Casco Antiguo.

3-4. Línea coincidente con el límite de dicho Plan Especial dejando el ámbito fuera.

4-5. Línea en dirección norte paralela a la carretera Verín-Mixos una franja de 40 metros desde el eje de la misma, coincidente en su principio con el límite del suelo urbano del núcleo de Verín, hasta encontrar el linde norte de la parcela catastral número 191.

5-6. Línea coincidente con el linde norte de las parcelas catastrales números 191 y 204 hasta encontrar la carretera que desde el castillo conduce a Mixos.

6-7. Línea recta, en dirección oeste hasta encontrar el camino de Monterrei.

7-1. Camino que discurre, en dirección sur, hasta encontrar el límite del Ayuntamiento y sigue hasta llegar a la carretera de acceso al Parador de Turismo y cerrar la delimitación.

ANEXO II

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