Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-1029

Resolución de 15 de diciembre de 2000, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación al Centro de Adiestramiento de Seguridad Marítima de Sanlúcar de Barrameda, para impartir los cursos de lucha contraincendios, primer nivel y de supervivencia en la mar, primer nivel.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 2001, páginas 1674 a 1675 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2001-1029

TEXTO ORIGINAL

Efectuada solicitud de prórroga de homologación por el Centro de Adiestramiento de Seguridad Marítima de Sanlúcar de Barrameda y visto el informe favorable de la Capitanía Marítima de Sevilla, que obra en el expediente, esta Dirección General de conformidad con lo establecido en la Resolución de 6 de junio de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 19) y la Orden de 31 de julio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 200), ha resuelto:

Primero.

Prorrogar la homologación al Centro de Adiestramiento de Seguridad Marítima de Sanlúcar de Barrameda para impartir los cursos de especialidad en seguridad marítima de:

Lucha contraincendios, primer nivel.

Supervivencia en el mar, primer nivel.

Segundo.

Sin perjuicio de esta prórroga de homologación, la Subdirección General de Inspección Marítima comprobará que el desarrollo de los cursos impartidos reune los niveles de calidad y profesionalidad adecuados, mediante inspecciones no programadas durante la realización de los cursos.

Tercero.

Al personal marítimo que supere dichos cursos le será extendido por esta Dirección General el oportuno certificado de especialidad, a la vista del certificado expedido por el Centro de Adiestramiento, en el que se haga constar que el interesado ha recibido la formación teórico-práctica establecida en la normativa vigente.

Cuarto.

Quince días antes de la celebración de cada curso, el Centro de Adiestramiento solicitará autorización de la Dirección General de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima, acompañando a esta solicitud de autorización, fechas y horarios de los mismos, así como currículum profesional de los profesores que no consten en la autorización de homologación.

Quinto.

El Centro de Adiestramiento de Seguridad Marítima de Sanlúcar de Barrameda, a la finalización de cada curso, remitirá las actas del mismo, en las que se incluirá el documento nacional de identidad de los alumnos.

Sexto.

Esta prórroga de homologación tendrá validez por dos años, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo prorrogarse, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración y cumpla el Centro de Adiestramiento con los requisitos establecidos en la Orden de 31 de julio de 1992.

Séptimo.

El personal que participe en los cursos, deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos, contratado por el Centro de Adiestramiento de Seguridad Marítima de Sanlúcar de Barrameda.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 15 de diciembre de 2000.-El Director general, José Luis López-Sors González.

Ilmo. Sr Subdirector general de Inspección Marítima.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid