Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-1068

Orden 432/38558/2000, de 26 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Científicos Superiores del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA).

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2001, páginas 1729 a 1737 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2001-1068

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 25, del 29),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000

y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la Administración General

del Estado, y en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990,

de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),

previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la

Escala de Científicos Superiores del Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas

por el sistema general de acceso libre, según la distribución por

áreas de especialización que figura en el anexo II. Dichas plazas

se encuentran ubicadas en la sede del Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial (carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, Torrejón

de Ardoz, 28850 Madrid).

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984 de 2 de agosto, ("Boletín Oficial del Estado" del 3),

modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" del 29), y por la Ley 22/1993 de 29 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 31), la Ley 17/1993, de 23 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del

10 de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema

de oposición con las pruebas y puntuaciones que se especifican

en el anexo I de la convocatoria.

1.4 Las Áreas de Especialización de las plazas convocadas,

así como las materias y contenido de las mismas, son los que

se indican en el anexo II.

Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de

especialización de las que se indican en el citado anexo.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará por áreas de especialización, de

acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos.

La duración máxima de las pruebas selectivas será de nueve

meses contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o tener la nacionalidad de un país miembro

de la Unión Europea; también podrán participar los nacionales

del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia.

También podrán participar, el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este

último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de

nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condición de obtener el título

de Ingeniero Superior, Licenciado, Arquitecto o equivalente, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto. Los estudios efectuados en centros españoles no

estatales o en el extranjero deberán estar homologados.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española,

no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.

Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de

las pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas,

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, y en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública

y en el INTA [carretera Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, Torrejón

de Ardoz (Madrid)], así como en las representaciones diplomáticas

o consulares de España en el extranjero.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que

se detallan a continuación:

INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO

A) Instrucciones generales:

Escribir solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.

Asegurarse de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evitar doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escribir en los espacios sombreados o reservados.

No olvidar firmar el impreso.

B) Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar:

Defensa.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar: Ministerio

y Subsecretaría, código 14001.

En el recuadro relativo a la tasa: derechos de examen, consignar

el código: 14.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria

indicar: 2000.

C) Instrucciones particulares:

En el recuadro 15, consignar: Escala de Científicos Superiores

del INTA, código 5301.

En el recuadro 16, consignar necesariamente el área de

especialización a la que opte el candidato. No es necesario indicar

código.

Recuadro 17, referido a forma de acceso, consignar la letra

mayúscula "L" (libre/nuevo ingreso).

En el recuadro 18, consignar: Ministerio de Defensa. No es

necesario señalar código.

El recuadro 20, referido a provincia de examen, no es necesaria

su cumplimentación.

En el recuadro 21, minusvalía: indicar, si procede, el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro 23, indicar, en caso de minusvalía, la adaptación

que se solicita.

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud), una vez validado por la entidad

colaboradora, se hará en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), o en la forma establecida en el

artícu

lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a

partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Director general

de Personal del Ministerio de Defensa. A la solicitud se

acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad o

pasaporte.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso,

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que no

está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho

de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y de

conformidad con lo dispuesto en la base 6.2 estén exentos de

la realización de la prueba previa de acreditación de conocimiento

del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada

del diploma superior de español como lengua extranjera, o del

certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por

las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en

consecuencia realizar la prueba a la que se refiere el apartado 6.2 de esta

convocatoria.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes remitirán seguidamente las mencionadas solicitudes

al Organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen

mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la

cuenta corriente abierta a nombre del Tesoro Público (Ministerio

de Defensa) número 13029148200011948609 de la Caja Postal.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas en que

esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañándolas a

la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de

la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social, modificado por la Ley 55/1999,

la tasa por derechos de examen será de 4.000 pesetas. Dicha

cantidad se ingresará mediante la presentación de la solicitud para

su validación, en cualquier Banco, Caja de Ahorros, o Cooperativa

de Crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

3.6 Según lo dispuesto en el mencionado artículo 18,

apartado cinco de la Ley 66/1997, modificado por la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, debiendo acompañar a la solicitud, a estos efectos,

certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

publicación de la convocatoria.

En este caso será requisito para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación

relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos

previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina

del INEM. En cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará

con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante;

ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

En la solicitud deberá figurar la acreditación del pago de la

tasa correspondiente a los derechos de examen mediante

certificación mecánica o mediante el sello y firma autorizada de la

entidad colaboradora.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen,

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias

supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Director General de Personal del Ministerio de Defensa dictará

Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la

lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los

lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada

completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará

el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio. La mencionada

lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el Ministerio de Defensa

y en los centros establecidos en el artículo 20 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de

10 de abril). En la lista deberán constar los apellidos, nombre,

número del documento nacional de identidad o pasaporte, así

como la causa de la exclusión y plazo para subsanar los defectos.

4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto

de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no

figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus

nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Los aspirantes excluidos u omitidos de la relación de

admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles

contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución,

para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión

u omisión de la citada relación.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran

la exclusión o alegaran su omisión, justificando su derecho a estar

incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente

excluidos de la relación de las pruebas.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante el mismo

órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas será el que figura

en el anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Director general de Personal del Ministerio

de Defensa, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y con la mitad, al menos, de sus

miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación,

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

correspondiente o de quienes les sustituyan y de la mitad, al

menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Director general

de Personal del Ministerio de Defensa.

5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrán su sede en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91 520 13 11 ó 520 12 43.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios que sean escritos y no

deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se

conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos

aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18

de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o

cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría

de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado

el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de

plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B" de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" del 3 de marzo), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000. En el supuesto

de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience

por la letra "B", el orden de actuación se iniciará por aquellos

otros cuyo primer apellido comience por la letra "C" y así

sucesivamente.

6.2 Con carácter previo a la realización de las pruebas de

la oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante

la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen

un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en

esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1998, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera.

La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario

obtener la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas

de la oposición.

6.2.1 Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén

en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua

Extranjera, establecido por el Real Decreto 826/1998, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de

enero o del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

un único llamamiento siendo excluidos de la convocatoria quienes

no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo

ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya

celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada

en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios si se juzga

conveniente para facilitar su máxima difusión, con veinticuatro horas,

al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado

en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del

Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con

doce horas, al menos, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Director general de Personal del Ministerio de Defensa,

comunicándose, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante el mismo

órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas de la oposición, el Tribunal hará

pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,

así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en

aquellos otros que estime oportuno, una relación de los aspirantes

aprobados, con la puntuación total alcanzada en todo el proceso

selectivo y con indicación de su documento nacional de identidad

o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Director general de Personal del Ministerio de

Defensa. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado".

En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han

superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior

al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados

que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquél en que se hizo pública la lista de aprobados

en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán

presentar, en el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo

de la Castellana, 109, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar, asimismo, fotocopia compulsada de la credencial a que

se refiere la citada base.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

Los aspirantes de nacionalidad no española deberán presentar

fotocopia compulsada del documento que acredite su

nacionalidad, así como documentación certificada por las autoridades

competentes de su país de origen, en la que se acredite no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su

Estado, el acceso a la función pública.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la

hubieran aportado en el momento de presentar la solicitud de

participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor debidamente acreditados, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.4 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas

convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera, a propuesta

del Director general de Personal del Ministerio de Defensa,

mediante Resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con

indicación del destino adjudicado.

Los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino que

supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del

poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedan excluidos

de la posibilidad de ser elegidos u ocupados por aspirantes de

nacionalidad no española, siendo los Ministerios de Economía y

Hacienda y para las Administraciones Públicas, según se especifica

en el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 800/1995, de 19

de mayo, los competentes para determinar cuales serían esos

puestos de trabajo.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación de el Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la mencionada Ley.

Madrid, 26 de diciembre de 2000.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

1.1 El Proceso de selección constará de cuatro ejercicios, de

los cuales los tres primeros serán obligatorios y el último

voluntario. Los ejercicios, de los que los tres primeros tendrán carácter

eliminatorio, serán los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito en idioma

castellano, un tema general relacionado con el área de

especialización elegida por el aspirante de los que figuran en el anexo II

de esta convocatoria, a escoger entre dos propuestos por el

Tribunal.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un período de tiempo de dos horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste disponga, que lo calificará valorando

los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de

expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Segundo ejercicio: Consistirá en la exposición oral en idioma

castellano ante el Tribunal de un tema de las materias generales

y dos temas de las materias específicas del área de especialización

elegida por el aspirante, del programa que figura en el anexo II

de esta convocatoria.

El aspirante, en presencia del Tribunal, extraerá al azar cinco

temas de los que dos corresponderán a las materias generales

y tres a las específicas del área de especialización elegida. De

entre los temas extraídos, el aspirante expondrá a su elección

un tema correspondiente a las materias generales y dos a las

materias específicas. Con carácter previo a la exposición el aspirante

dispondrá de quince minutos para hacer un guión que podrá ser

utilizado en la exposición. Durante este tiempo previo y durante

la exposición de los temas, los opositores no podrán consultar

textos ni documentación alguna.

El tiempo máximo para la exposición de este ejercicio ante

el Tribunal, será de cuarenta minutos, de los cuales diez se

emplearán para el tema de la parte general, y quince para cada uno

de los dos temas de la parte específica.

La calificación vendrá determinada por la claridad de la

exposición de ideas así como por la concreción y precisión en el

contenido de los temas expuestos.

Tercer ejercicio: Este ejercicio, de carácter práctico, consistirá

en la resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado

con las materias específicas del área de especialización elegida

por el aspirante, del programa que figura en el anexo II de esta

convocatoria. El Tribunal elaborará tres supuestos por cada área

de especialización, de los que el aspirante extraerá dos al azar

en presencia del Tribunal y resolverá uno, a su elección, de entre

los dos extraídos. Para la realización de este ejercicio el aspirante

podrá llevar consigo y consultar toda la documentación que estime

necesaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste disponga, con carácter previo a su

calificación.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de quince minutos formulará preguntas sobre el tema

desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

Cuarto ejercicio: Idioma inglés.

Este ejercicio, que tendrá carácter voluntario, constará de dos

partes:

A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos

traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre

dos textos redactados en lengua inglesa y española,

respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias

contenidas en el anexo II de esta convocatoria. La duración

máxima de esta parte del ejercicio, será de una hora.

B) Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en

idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de diez

minutos.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma

inglés, con preferencia de profesores de la Escuela Oficial de

Idiomas.

2. Valoración

2.1 Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo

con los siguientes criterios:

Primer ejercicio: La calificación máxima de este ejercicio será

de veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez

puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación de hasta diez

puntos por el tema de las materias generales y de hasta quince

puntos por cada por cada uno de los temas de las materias

específicas correspondientes al área de especialización elegida por el

aspirante, lo que supone una calificación máxima de cuarenta

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de veinte puntos para

superar el ejercicio.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de

cuarenta puntos, siendo necesario obtener veinte puntos para superar

el ejercicio.

Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de cinco

puntos.

En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el

Secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole

adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se

señala en los párrafos precedentes del presente apartado. El valor

medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación

del ejercicio. Para calcular este valor medio se excluirá del

cómputo de puntuaciones del aspirante en el ejercicio, la más alta

y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más

de una máxima y una mínima.

2.2 Calificación final.-La calificación final de las pruebas

selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en los cuatro ejercicios de la oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo

ejercicio, y, en su caso, en el tercero, primero y cuarto, sucesivamente.

ANEXO II

Áreas de especialización

Las cinco plazas de la Escala de Científicos Superiores del INTA

convocadas, lo serán según las áreas de especialización, número

y materias del programa que respectivamente se indican a

continuación:

Áreadeespecialización

Número

de

plazas

Ingeniería Aeroespacial ............................... 3

Física Experimental .................................. 1

Astrobiología ........................................ 1

PROGRAMA

Primera parte

Materias comunes

1. La Administración General del Estado. Órganos superiores

de la Administración General del Estado. Órganos territoriales de

la Administración General del Estado.

2. El ordenamiento jurídico administrativo (I). Fuentes. La

Constitución. La Ley. Sus clases. Los tratados internacionales.

3. El ordenamiento jurídico administrativo (II). Los principios

de reserva de Ley, de jerarquía normativa y de competencia.

Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. Los Estatutos de

Autonomía.

4. El ordenamiento jurídico administrativo (III). El

Reglamento: concepto y clases. Naturaleza. Fundamento de la potestad

reglamentaria. Límites.

5. Los actos jurídicos de la Administración Pública: públicos

y privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

6. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad.

La ejecución forzosa por la Administración. Nulidad de pleno

derecho y anulabilidad. Revisión de oficio.

7. El procedimiento administrativo. Concepto, naturaleza y

caracterización. El procedimiento administrativo común. Sus

clases.

8. Régimen jurídico de los funcionarios públicos. Derechos

y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de

incompatibilidades.

9. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones

en vía judicial. Recursos administrativos. La jurisdicción

contencioso-administrativa. Naturaleza. Cuestiones a las que se extiende.

Cuestiones excluidas. El recurso contencioso-administrativo.

10. La administración institucional. Los organismo públicos.

Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales.

Régimen jurídico. Entidades excluidas de la regulación general.

11. Los Organismos Públicos de Investigación. Misiones y

estructura. El INTA: Disposiciones reguladoras. Misiones,

estructura, organización y funcionamiento.

12. El servicio público. Formas de gestión de los servicios

públicos: La gestión directa e indirecta.

13. El control de las Administraciones Públicas. Principios

comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los

contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos.

Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los

contratos.

14. Los contratos regulados por la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas. Tipos. Características generales.

15. Régimen de la propiedad industrial y de la propiedad

intelectual.

Segunda parte

Materias específicas

Área de especialización: "Ingeniería Aeroespacial"

1. Aerodinámica Genera. Régimen Subsónico.

2. Aerodinámica General. Regímenes Supersónico y

Transónico.

3. Aerodinámica General. Alas Rotatorias.

4. Aerodinámica General. Aeronaves de Colchón de Aire.

5. Mecánica de Vuelo. Actuaciones.

6. Mecánica de Vuelo. Estabilidad y Mando.

7. Condiciones de carga. Cargas en Vuelo.

8. Condiciones de carga. Cargas en Tierra y Especiales.

9. Motores Aeronáuticos. Alternativos.

10. Motores Aeronáuticos. Turborreactores y, Turbinas de

gas y Turbohélices.

11. Elementos de Propulsión. Hélices y Reductores.

12. Sistemas de Potencia Auxiliar.

13. Sistemas Auxiliares. Tren y Mandos.

14. Sistemas Auxiliares. Salvamento y Transparencias.

15. Sistemas Auxiliares. Hidráulico y Combustible.

16. Materiales Estructurales Metálicos. Aceros.

17. Materiales Estructurales Metálicos. Aleaciones Ligeras.

18. Materiales Estructurales Compuestos y No metálicos.

19. Estructuras. Estática.

20. Estructuras. Dinámica.

21. Estructuras. Fatiga y Tolerancia al daño.

22. Estructuras. Ensayos Estructurales.

23. Aviónica. Sistemas de Cabina y Navegación.

24. Aviónica. Comunicaciones.

25. Aviónica. Identificación.

26. Compatibilidad Electromagnética. Ensayos en Cámara.

27. Compatibilidad Electromagnética. Ensayos en Campo

Abierto.

28. Ensayos Ambientales. Vibración y Climáticos.

29. Armamento Aeronáutico. Motores Cohete.

30. Armamento Aeronáutico. Guiado y Control.

31. Experimentación en Vuelo. Procedimientos de Ensayos

de Aeronaves.

32. Experimentación en Vuelo. Trayectografía y

Telecomando.

33. Experimentación en Vuelo. Adquisición, Proceso y

Reducción de Datos.

34. Metrología y Calibración. Patrones Primario y

Secundario.

35. Certificación Aeronáutica. Civil y Militar.

36. Mecánica celeste y orbital. Determinación de órbitas.

37. Mecánica celeste y orbital. Maniobras y perturbaciones

orbitales.

38. Sistemas de satélites. Entorno espacial.

39. Satélites de comunicaciones. Misiones y cargas útiles.

40. Satélites de observación. Misiones y cargas útiles.

41. Plataformas espaciales. Estructuras y mecanismos.

42. Plataformas espaciales. Control térmico.

43. Plataformas espaciales. Propulsión, guiado y control.

44. Plataformas espaciales. Sistema eléctrico y generación

de potencia.

45. Plataformas espaciales. Telemetría y telecomando.

46. Plataformas espaciales. Gestión de datos a bordo.

47. Plataformas espaciales. Integración y ensayos de

calificación.

48. Lanzadores. Tipos, aplicaciones e integración con

plataformas.

49. Sistemas espaciales. Centros de control y operación.

50. Sistemas espaciales. Estaciones de tierra.

Área de especialización: "Física Experimental"

1. El método científico. Características. Fases. Necesidad de

métodos estadísticos para su análisis.

2. Teorías físicas. Modelos. Experimentaciones y

observaciones. Atributos. Magnitudes.

3. Sistema internacional de unidades. Magnitudes

fundamentales. Magnitudes derivadas. Sistema coherente de unidades.

Necesidad de las constantes fundamentales de la física. Aplicación de

los criterios de Maxwell y Planck.

4. Medición. Magnitud. Mensurando. Patrón. Indefinición.

Magnitudes de influencia. Resultado de medida. Concepto de

incertidumbre de medida.

5. Estadística aplicada a experimentación y certificación.

Expresión de las incertidumbres de medida. Tipos de

contribuciones. Incertidumbre combinada. Incertidumbre expandida.

6. Cinemática. Cinemática de partículas. Movimiento en una

dimensión. Patrón de longitud. Evolución del patrón de longitud.

Aplicación del estado del arte a las medidas de longitud.

7. Movimiento relativo. Movimiento en el plano. Movimiento

en el espacio. Movimiento angular. Mediciones angulares,

unidades, generadores de ángulos. Aplicación de la aceleración de

Coreolis a las medidas másicas.

8. Sistemas en equilibrio. Cuerpos rígidos. Equilibrio de

cuerpos rígidos, centro de gravedad, momentos de inercia. Aplicación

del teorema de Papus-Goulding para la determinación del c.g.

en los patrones de masa.

9. Dinámica de partículas. Mecánica clásica. Leyes de

Newton. Momento lineal. Fuerza, peso. Unidad de masa, patrones.

Determinación de la masa a través de las balanzas. Interaciones

y perturbaciones.

10. Fuerza y momento. Fuerza de rozamiento. Rugosidad,

coeficiente de rozamiento. Rugosímetros, parámetros

característicos. Distinción entre defecto de forma y rugosidad. Seudofuerzas.

Trabajo.

11. Oscilaciones. Movimiento armónico simple,

consideraciones energéticas. Movimiento armónico amortiguado. Series de

Fourier y su aplicación al análisis del movimiento armónico simple

en la medida de masa.

12. Gravitación. Fundamentos. Ley de la gravitación

universal. Determinación de la constante universal. Masa inercial y

gravitacional. Efecto gravitacional de la distribución de masa esférica.

Movimiento de planetas y satélites. Determinación del campo

gravitatorio.

13. Presión. Concepto. Presión absoluta, relativa y diferencia.

Realización de la magnitud. Unidades. Medidas hidráulicas y

neumáticas, magnitudes de influencia. Incidencia de su medida en

los distintos campos de la ciencia y tecnología.

14. Densidad. Leyes de estática de los fluidos. Determinación

a través de pesaje hidrostático; fuentes de error y minimización

de los mismos. Patrones de densidad de sólidos. Densidad de

líquidos; método de Cuckow, instrumentación.

15. Estática de fluidos. Barómetro de Torricelli. Evolución

histórica. Análisis comparativo de los diversos métodos de

determinación de la columna hidrostática. Factores de influencia,

incertidumbre.

16. Dinámica de fluidos. Ecuación de continuidad. Ecuación

de Bernoulli. Medidas de flujo y caudal en volumen. Caudal másico.

Patrones e implementación industrial.

17. Propiedades de fluidos. Viscosidad de líquidos

newtonianos. Viscosidad dinámica y cinemática. Tensión superficial.

Ecuación de Young. Determinación de la energía libre superficial.

Instrumentación y métodos de determinación de densidad y

viscosidad en fluidos estáticos y dinámicos.

18. Física del estado sólido. Conductores, semiconductores

y aislantes. Mecanismos de transporte. Movilidad. Influencias de

la temperatura y presión.

19. Dispositivos de estado sólido: Diodos P-i-N, Schottky,

heteroestructuras. Caracterización optoelectrónica de materiales

y componentes semiconductores.

20. Ondas sonoras. Ondas audibles, infrasónicas y

ultrasónicas. Efecto Doppler. Sonómetros. Calibradores sonoros.

Ensayos, calibraciones. Aislamiento acústico. Medidas de la

contaminación acústica.

21. Oscilaciones electromagnéticas. Líneas de transmisión.

Cable coaxial. Guía de onda. Alta frecuencia. Patrones e

instrumentación de atenuación, potencia, impedancia y ruido en alta

frecuencia. Métodos y precisiones de medida.

22. Temperatura. Descripción macroscópica y microscópica.

Equilibrio térmico, medición de la temperatura. Escalas de

temperatura. Patrones de interpolación. Incertidumbres.

23. Propiedades termofísicas. Efectos debidos a la variación

de la temperatura. Dilatación térmica, capacidad calorífica

específica y molar. Calores latentes. Transiciones de fase.

24. Transmisión de calor. Conducción, convección y

radicación. Velocidad de transmisión de calor; factores que lo

determinan. Mecanismos de convección en los fluidos. Pirometría de

radiación. Medidas e incertidumbres. Cuerpo negro. Pirómetros

ópticos. Instrumentación.

25. Cinética de gases. Recorrido libre medio. Gas ideal,

definición microscópica y macroscópica. Determinación de la presión

a través de un flujo de gas controlado. Distintas propiedades físicas

de los gases como medios de medida de la presión. Método de

expansión en serie.

26. Instrumentación industrial. Sensores de temperatura.

Aplicaciones prácticas de medida de temperatura en procesos

industriales. Instrumentación, principios de funcionamiento,

trazabilidad e incertidumbres.

27. Compatibilidad electromagnética. Compatibilidad

electromagnética (EMC). Sensores de campo eléctrico. Caracterización

y ensayos de EMC. Interferencias radiadas y conducidas.

Normativa aplicable. Calibraciones. Perturbaciones electromagnéticas y

efectos biológicos.

28. Circuitos. Circuitos de dos terminales. Cuadripolos.

Componentes. Resistencia. Condensadores. Inductancias.

Instrumentación, sistemas de medida. Incertidumbres.

29. Campo eléctrico. La intensidad de campo eléctrico.

Potencial eléctrico. Intensidad de corriente eléctrica. Instrumentación,

sistemas de medida. Incertidumbres.

30. Campo magnético. Definición. Fuerza magnética sobre

una corriente. Efecto Hall. Aplicaciones en la caracterización

eléctrica de materiales.

31. Susceptibilidad magnética. Definición. Determinación de

la susceptibilidad magnética y magnetismo residual en materiales

para magnéticos.

32. Generación y análisis de señal. Análisis Espectral. Series

de Fourier. Densidad de potencia espectral. Transformada de

Fourier. Instrumentación, principios de funcionamiento,

caracterización, incertidumbres.

33. Modulación. Teoría, tipos de modulación. Ruido en

sistemas modulados. Umbral en modulación en frecuencia. Análisis

de modulación. Instrumentos. Técnicas de medida.

Caracterización. Incertidumbres.

34. Naturaleza y propagación de la luz. La luz y el espectro

electromagnético. La velocidad de la luz. Fuentes y observadores

en movimiento. Radiometría y Fotometría. Magnitudes. Unidad

de intensidad luminosa, realización primaria. Instrumentación.

Medida e incertidumbres.

35. Astrofísica. Luminosidad y temperatura superficial de las

estrellas. Diagrama de Nertzsprung-Russel. Técnica de medición

de distancias. Corrimiento hacia el rojo de los espectros galácticos.

Leyes de Hubbles. Modelos cosmológicos.

36. Patrón nacional de humedad. Marco legal.

Materialización. Principios de funcionamiento. Parámetros físicos. Factores

de influencia. Validación y caracterización experimental.

Reconocimiento internacional. Capacidad óptima de medida.

37. La medida de trazas de humedad. Necesidad. Técnica

de generación. Métodos de medida. Instrumentación. Trazabilidad.

38. Tiempo y frecuencia. Definición. Realizaciones primarias.

Diseminación. Instrumentación de generación y medida.

Incertidumbres.

39. Métodos de medida y ensayo. Principios y métodos.

Propiedades de los sistemas. Reproducibilidad y repetibilidad.

Definiciones y caracterización. Contenido de los procedimientos.

40. Metrología eléctrica: Aplicación de la física cuántica a

la realización primaria de magnitudes físicas. Efecto Josephson.

Efecto Hall cuántico. Diseminación.

41. Trazabilidad. Cadenas de calibración.

Intercomparaciones.

42. Materiales de referencia. Intercomparaciones. Ensayos.

Incertidumbres. Su aplicación al análisis químico.

43. Ensayos ambientales. Aplicaciones. Diseño y

optimización del laboratorio de ensayos ambientales. Instalaciones

específicas.

44. Bancos de ensayos de turborreactores. Infraestructura.

Instrumentación. Parámetros físicos. Calibración, mantenimiento

y validación.

45. Laboratorios de ensayos de materiales. Infraestructura.

Instrumentación. Parámetros físicos. Validación.

46. Teoría de errores en los ensayos. Métodos de detección

de errores. Propagación. Especificación del proceso. Tolerancias.

Análisis y modelización matemática.

47. Laboratorios de experimentación y certificación.

Validación. Reconocimiento internacional de los resultados. Auditorías.

Cálculos, interpretación y análisis de resultados.

48. Sistemas de calidad en laboratorios. Objetivos.

Evaluación. Manual de calidad. Criterios básicos.

49. Acreditación de laboratorios. Requisitos técnicos y

administrativos. Procedimientos. Actuaciones. Normativa.

50. Normalización y certificación. Concepto. Estructura.

Funcionamiento. Normas aplicables.

Área de especialización: "Astrobiología"

1. Marcadores radiactivos de poblaciones microbianas.

Métodos de análisis.

2. Protocolos generales de obtención de vacunas

antimicrobianas.

3. Métodos de determinación y análisis de proteínas.

4. Aplicaciones de transformaciones morfológicas para el

análisis de material biológico en dos dimensiones en geles de

poliacrilamida.

5. Autodepuración.

6. Interacción de la radiación con la atmósfera.

7. Fundamentos de climatología.

8. Desertificación y cambios en los usos del suelo.

9. Climatología de la superficie.

10. Aplicación de oxígeno puro en tratamientos biológicos

de media carga.

11. Ciclo vital de la población bacteriana en reactores

biológicos de media carga.

12. Producción de fango en reactores biológicos con alto

tiempo de retención celular.

13. Conducción del calor en el suelo y temperatura de la

superficie.

14. Técnicas de detección de contaminación de las aguas.

15. Mecanismos de patogenecidad microbiana en

vertebrados.

16. Modelos de vida terrestre exportables a otros mundos.

17. Radiometría de campo.

18. Características de la radiación electromagnética.

19. Interacción de la radiación con la superficie terrestre.

20. Nuevas tendencias para el estudio de ecosistemas.

21. Nuevas tecnologías aplicadas a la gestión de recursos

hídricos.

22. Técnicas analíticas de cantidad de materia orgánica en

aguas depuradas.

23. Nuevos métodos de diagnóstico por imagen.

24. Características generales de bacterias. Gram positivas.

25. Entrada del antígeno. Primeras barreras.

26. Fagocitosis.

27. Exotoxinas.

28. Endotoxinas.

29. Definición del concepto de inmunidad frente a

microorganismos.

30. Clasificación de antígenos.

31. Inmunodeficiencias. Efectos sobre timocitos B.

32. Organismos unicelulares resistentes a condiciones

extremas.

33. Teorías actuales sobre la posible existencia de vida en

otros planetas.

34. Corrección de desequilibrios medioambientales. Política

industrial.

35. Aplicaciones del conocimiento de la secuencia genética.

Identificación de genes imprescindibles para la vida.

36. Clasificación celular.

37. Uso y abuso de los antibióticos.

38. Aguas residuales. Tratamiento y asimilación por el medio.

39. La ingeniería genética y la inocuidad en los alimentos.

40. Cromatografías de intercambio ionizo filtración en gel y

afinidad.

41. Enumeración de células secretoras de anticuerpos.

42. Identificación morfológica de virus: Tinción negativa

directa (ME).

43. Absorción de fósforo en zonas anaerobias en tratamientos

con Iodos activos.

44. Relación de DQO/DBO en aguas urbanas.

45. Desnitrificación en afluentes con baja DQO soluble

rápidamente biodegradable.

46. Caracterización de la DQO en afluentes urbanas.

47. Ciclo del nitrógeno en tratamientos con la eliminación

de nutrientes.

48. Variación del PH en reactores biológicos con

nitrificación-desnitrificación.

49. Coadyuvantes para tratamientos físico-químicos de agua

de consumo.

50. Análisis de muestras en digestores anaerobios.

ANEXO III

Tribunales

Presidente: Don Eduardo Zamarripa Martínez, General de

Brigada del Ejército del Aire, Escala Superior.

Secretario: Don Juan Pozo Vilches, Comandante del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales: Don Bartolomé Marqués Balaguer, funcionario de

carrera de la Escala de Científicos Especializados del INTA; don

Juan Pérez Mercader, funcionario de carrera de la Escala de

Investigadores Científicos del CSIC, y doña Alicia Fernández-Renau

González-Anleo, funcionaria de carrera de la Escala de Científicos

Superiores del INTA.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Ángel Moratilla Ramos, de la Escala de

Científicos Superior del INTA.

Secretario: Don Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales: Don Luis Pablo Ruiz Calavera, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Superiores del INTA; doña María

Dolores Sabau Graziati, funcionaria de carrera de la Escala de

Científicos Superiores del INTA, y don Manuel Losada Villasante,

funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

ANEXO IV

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad/pasaporte ...............,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala de Científicos Superiores que no

ha sido separado del servicio en ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid